III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2584)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Alcocero de Mola de 102 MW y su infraestructura de evacuación, en Alcocero de Mola, Arraya de Oca, Cerratón de Juarros, Espinosa del Camino, Valle de Oca y Villafranca Montes de Oca (Burgos)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023
3.2
3.2.1

Sec. III. Pág. 13920

Tratamiento de los principales impactos del proyecto
Suelo, subsuelo, geodiversidad.

La zona del proyecto está situada entre el borde de la Cuenca Cantábrica, al Norte, y
los fuertes relieves de la Sierra de la Demanda, al Sur. Se caracteriza por relieves
suaves, sin formas orográficas relevantes debido al predominio de depósitos terciarios
de materiales poco coherentes. La alineación noreste presenta proximidad con la zona
propuesta como Lugar Geológico o Paleontológico de Interés Especial RE-EB-20 «Karst
en yesos de Carrias: Los Torcos».
El promotor en el nuevo EsIA indica que el volumen estimado de movimientos de
tierras necesario para la construcción del Parque Eólico «Alcocero de Mola» será
de 193.998 m3 para los desmontes y 219.998 m3 para los terraplenes; y un total
de 3.359,7 m3 para la SET «Promotores Alcocero».
El EsIA cita que la ejecución del proyecto podría conllevar alteraciones a la geología
y a la topografía, alteración y pérdida de suelos, compactación, riesgo de contaminación
de suelos y riesgo de erosión. Entre las medidas preventivas propuestas en el EsIA, se
encuentran las siguientes: se delimitarán las áreas de afección estrictamente necesarias,
supervisando las operaciones de movimientos de tierra y evitando el tránsito de
vehículos fuera de las zonas autorizadas; se utilizarán preferentemente caminos y pistas
existentes; el material sobrante procedente de movimientos de tierra y desbroces de
vegetación se depositará en vertederos autorizados, utilizando preferentemente los
restos procedentes de las excavaciones para las cimentaciones de los aerogeneradores,
el firme de los caminos y las plataformas, y valorando sus excedentes en la mejora,
recuperación y restauración de zonas degradadas en las proximidades de las obras
previo acuerdo de los posibles propietarios afectados; se almacenará la capa de tierra
vegetal existente en montículos o cordones y, una vez concluidas las obras, se realizará
un relleno con tierra vegetal de al menos 20 cm de las zanjas y de todas aquellas zonas
donde la capa superficial haya sido eliminada; y se restituirán, en la medida de lo
posible, las formas originales del terreno mediante la inhabilitación y recuperación
ambiental de aquellos accesos que no sean imprescindibles para el mantenimiento de
las instalaciones, así como mediante la restauración de los taludes con especies
autóctonas y de crecimiento rápido, y la instalación de mallas de contención para evitar
el riesgo de deslizamiento y la erosión.
Agua.

Toda la superficie del proyecto se enmarca en la Cuenca Hidrográfica del Ebro. La
red hidrológica superficial está representada por numerosos cauces y arroyos. El
promotor señala que las infraestructuras del parque eólico y su línea de evacuación
cruzan los siguientes cursos de agua: un arroyo innominado en las inmediaciones del
vial de la alineación A1 (cruzado por vial y zanja), el río Oca (cruzado por dos viales y la
línea subterránea de media tensión), y los ríos Romancho y Cerratón (cruzados por
zanjas, entre las alineaciones A1 y A2). Tal y como se indica en el EsIA, estos
cruzamientos se efectuarán con los permisos pertinentes y tomando las medidas
preventivas y de seguridad necesarias para no afectar a la integridad de los cauces ni a
la calidad de sus aguas.
En cuanto a las aguas subterráneas, el proyecto se asienta sobre la masa «Bureba»
y la masa «Aluvial del Oca», descritas en el Plan Hidrológico del Ebro 2015-2021, donde
se destaca la existencia de posibles focos contaminantes de origen industrial, así como
el vertido de aguas residuales sin tratamiento previo en la masa «Aluvial del Oca».
Según el EsIA, las actuaciones proyectadas podrían suponer la pérdida de calidad de las
aguas superficiales y subterráneas debido al aumento de sólidos en suspensión y al
vertido accidental de aceites y combustibles. Además, se producirán alteraciones en el
régimen de escorrentía, como consecuencia del movimiento de tierras. Se incluyen en el
EsIA varias medidas de protección, como el mantenimiento de la red hídrica minimizando

cve: BOE-A-2023-2584
Verificable en https://www.boe.es

3.2.2