III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2583)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación fotovoltaica Ququima de 250 MWp, subestación eléctrica transformadora Ququima 30/220 KV, y sus infraestructuras de evacuación, en Baza y Caniles (Granada)".
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13895
La anterior subestación evacúa la energía en la línea eléctrica de 220 kV que
discurre entre la SET «Límite» y la SET «Baza renovables» 220/400 kV. Esta última
conecta mediante una línea de 400 kV con la SET «Baza» de 400 kV de Red Eléctrica
de España (REE). La línea de evacuación y sus correspondientes SET no son objeto de
este proyecto e, indica el EsIA, que ya dispone de Autorización Ambiental Unificada
favorable de la Junta de Andalucía.
2.
Tramitación del procedimiento
Con fechas 16 y 30 de marzo de 2021, respectivamente, se publica el anuncio por el
que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y
el estudio de impacto ambiental (EsIA) del proyecto en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada». Durante el trámite de información
pública se reciben 1.280 alegaciones, tanto de personas físicas como jurídicas, según el
informe de la Subdelegación del Gobierno en Granada. Se resumen las anteriores en el
anexo I.
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de evaluación ambiental, el
órgano sustantivo trasladó consultas a las administraciones públicas afectadas y
personas interesadas recogidas en el anexo I y remitió la documentación recibida al
promotor para su consideración.
Una vez recibida la solicitud de inicio del procedimiento en el órgano ambiental, se
traslada requerimiento de informe preceptivo en materia de medio ambiente al órgano
competente de la Junta de Andalucía con fecha 15 de marzo de 2021. En contestación,
el 14 de julio de 2021, se recibe informe de la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Granada, acompañado de documentación adicional del promotor, entre
ella la relativa a la modificación del proyecto como consecuencia del informe anterior de
la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada.
Posteriormente, en aplicación del artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental, se
traslada, con fecha 28 de noviembre de 2022, consulta a la Administración ambiental
regional sobre la nueva documentación del promotor, que se recibe en fecha 9 de enero
de 2023.
3.
Análisis de alternativas.
El análisis de alternativas tiene en cuenta diversos criterios para la selección del
emplazamiento de la planta, entre ellos la cantidad de radiación solar, la presencia de
infraestructuras y la disponibilidad de punto de acceso a la red de transporte. Así mismo
considera aspectos ambientales como el medio hídrico, las especies de flora y de fauna,
los espacios naturales de la Red Natura 2000, el patrimonio cultural y otros. Plantea una
evaluación multicriterio en la que se asigna valores de importancia a los diversos
factores y se excluyen determinadas figuras. La ponderación de los factores y su
integración mediante un SIG zonifica el territorio en áreas con diferente capacidad de
acogida.
El EsIA contempla tres opciones de emplazamiento para la planta en áreas con
capacidad de acogida alta o muy alta con superficies de 524, 576 y 495 ha. La
alternativa seleccionada es la número 3, la de menor superficie, la cual reduce la
afección a las aves esteparias, a la red hidrológica, al paisaje y el uso del suelo.
Respecto de la evacuación, todas las alternativas plantean utilizar una línea de alta
tensión en construcción y, por tanto, no se originan impactos asociados a una nueva
línea de evacuación.
cve: BOE-A-2023-2583
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13895
La anterior subestación evacúa la energía en la línea eléctrica de 220 kV que
discurre entre la SET «Límite» y la SET «Baza renovables» 220/400 kV. Esta última
conecta mediante una línea de 400 kV con la SET «Baza» de 400 kV de Red Eléctrica
de España (REE). La línea de evacuación y sus correspondientes SET no son objeto de
este proyecto e, indica el EsIA, que ya dispone de Autorización Ambiental Unificada
favorable de la Junta de Andalucía.
2.
Tramitación del procedimiento
Con fechas 16 y 30 de marzo de 2021, respectivamente, se publica el anuncio por el
que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y
el estudio de impacto ambiental (EsIA) del proyecto en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada». Durante el trámite de información
pública se reciben 1.280 alegaciones, tanto de personas físicas como jurídicas, según el
informe de la Subdelegación del Gobierno en Granada. Se resumen las anteriores en el
anexo I.
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de evaluación ambiental, el
órgano sustantivo trasladó consultas a las administraciones públicas afectadas y
personas interesadas recogidas en el anexo I y remitió la documentación recibida al
promotor para su consideración.
Una vez recibida la solicitud de inicio del procedimiento en el órgano ambiental, se
traslada requerimiento de informe preceptivo en materia de medio ambiente al órgano
competente de la Junta de Andalucía con fecha 15 de marzo de 2021. En contestación,
el 14 de julio de 2021, se recibe informe de la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Granada, acompañado de documentación adicional del promotor, entre
ella la relativa a la modificación del proyecto como consecuencia del informe anterior de
la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada.
Posteriormente, en aplicación del artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental, se
traslada, con fecha 28 de noviembre de 2022, consulta a la Administración ambiental
regional sobre la nueva documentación del promotor, que se recibe en fecha 9 de enero
de 2023.
3.
Análisis de alternativas.
El análisis de alternativas tiene en cuenta diversos criterios para la selección del
emplazamiento de la planta, entre ellos la cantidad de radiación solar, la presencia de
infraestructuras y la disponibilidad de punto de acceso a la red de transporte. Así mismo
considera aspectos ambientales como el medio hídrico, las especies de flora y de fauna,
los espacios naturales de la Red Natura 2000, el patrimonio cultural y otros. Plantea una
evaluación multicriterio en la que se asigna valores de importancia a los diversos
factores y se excluyen determinadas figuras. La ponderación de los factores y su
integración mediante un SIG zonifica el territorio en áreas con diferente capacidad de
acogida.
El EsIA contempla tres opciones de emplazamiento para la planta en áreas con
capacidad de acogida alta o muy alta con superficies de 524, 576 y 495 ha. La
alternativa seleccionada es la número 3, la de menor superficie, la cual reduce la
afección a las aves esteparias, a la red hidrológica, al paisaje y el uso del suelo.
Respecto de la evacuación, todas las alternativas plantean utilizar una línea de alta
tensión en construcción y, por tanto, no se originan impactos asociados a una nueva
línea de evacuación.
cve: BOE-A-2023-2583
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente