III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2582)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "PF Los Silos de 50,10 MWp/42,50 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Almenara de Adaja, Bocigas y Olmedo (Valladolid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13882
1.5 De manera general en el proyecto, se tendrán en cuenta las condiciones
establecidas en la Instrucción 4/FYM/2020, de 15 de junio, de la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, sobre los contenidos
mínimos exigibles a los estudios de EsIA de instalaciones de energía renovables para su
compatibilidad con hábitats naturales, la flora y la fauna.
2.
Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos
A continuación, se indican aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que
deben ser modificadas, las medidas adicionales derivadas de las alegaciones e informes
recibidos en el procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección
del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el
órgano ambiental.
Suelo y residuos.
2.1.1 Los movimientos de tierra se reducirán a los volúmenes y superficies
estrictamente necesarias para ejecutar viales y accesos, y excavar las zanjas de
cableado, drenajes y cimentación de edificios, subestación y centros de transformación.
En estas áreas, se retirará la capa vegetal del suelo (primeros 25 cm) y se acopiará
adecuadamente de cara a su posterior empleo en las labores de revegetación a las que
hace referencia la condición 2.7.1.
2.1.2 No se llevarán a cabo desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones
de las zonas que no vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones fijas y
definitivas o por las áreas auxiliares de obra. La disposición de zonas de acopios en fase
de obras se situará dentro de la propia parcela en una zona sin valores ambientales
destacables y alejados de cursos de agua, zonas forestales y/o vías pecuarias.
2.1.3 Se mantendrán intactos los horizontes edáficos en las áreas que quedarán
bajo los seguidores y módulos fotovoltaicos, no pudiendo llevar a cabo la retirada de la
capa fértil de suelo en esta área, como máxima garantía de conservación del capital
suelo. Los módulos fotovoltaicos se instalarán mediante hincado en el terreno y
únicamente se admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de
informe de afección al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.
2.1.4 Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los
módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Los caminos principales
que deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno.
2.1.5 El proyecto constructivo contendrá un Estudio de Gestión de Residuos de
Construcción y Demolición, que deberá considerar la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para
su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se
generaron, de forma que se prime en la medida de lo posible la valorización de todos los
residuos. En caso de emplear préstamos de áridos o tierras, éstos se efectuarán desde
explotaciones autorizadas. En el caso de que se produzca material excedentario que no
pueda reutilizarse en la propia obra o en labores de restauración y revegetación, se
destinaran para el relleno o restauración de espacios degradados. Se deberán identificar
el gestor y el destino para cada tipo de residuo, debiendo garantizar el adecuado
tratamiento de cada tipo de residuo por parte del promotor del proyecto.
2.1.6 El mantenimiento de la maquinaria (cambios de aceite, filtros, batería, etc.) se
llevará a cabo fuera de obra en establecimientos autorizados o en lugares
adecuadamente habilitados con solera impermeabilizada y cubetos de retención de
efluentes. El lavado de las hormigoneras se llevará a cabo siempre en sus plantas de
origen o en dichos lugares impermeabilizados, no estando permitido el lavado en obra
mediante apertura de hoyos adicionales cubiertos con geotextil.
cve: BOE-A-2023-2582
Verificable en https://www.boe.es
2.1
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13882
1.5 De manera general en el proyecto, se tendrán en cuenta las condiciones
establecidas en la Instrucción 4/FYM/2020, de 15 de junio, de la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, sobre los contenidos
mínimos exigibles a los estudios de EsIA de instalaciones de energía renovables para su
compatibilidad con hábitats naturales, la flora y la fauna.
2.
Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos
A continuación, se indican aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que
deben ser modificadas, las medidas adicionales derivadas de las alegaciones e informes
recibidos en el procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección
del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el
órgano ambiental.
Suelo y residuos.
2.1.1 Los movimientos de tierra se reducirán a los volúmenes y superficies
estrictamente necesarias para ejecutar viales y accesos, y excavar las zanjas de
cableado, drenajes y cimentación de edificios, subestación y centros de transformación.
En estas áreas, se retirará la capa vegetal del suelo (primeros 25 cm) y se acopiará
adecuadamente de cara a su posterior empleo en las labores de revegetación a las que
hace referencia la condición 2.7.1.
2.1.2 No se llevarán a cabo desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones
de las zonas que no vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones fijas y
definitivas o por las áreas auxiliares de obra. La disposición de zonas de acopios en fase
de obras se situará dentro de la propia parcela en una zona sin valores ambientales
destacables y alejados de cursos de agua, zonas forestales y/o vías pecuarias.
2.1.3 Se mantendrán intactos los horizontes edáficos en las áreas que quedarán
bajo los seguidores y módulos fotovoltaicos, no pudiendo llevar a cabo la retirada de la
capa fértil de suelo en esta área, como máxima garantía de conservación del capital
suelo. Los módulos fotovoltaicos se instalarán mediante hincado en el terreno y
únicamente se admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de
informe de afección al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.
2.1.4 Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los
módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Los caminos principales
que deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno.
2.1.5 El proyecto constructivo contendrá un Estudio de Gestión de Residuos de
Construcción y Demolición, que deberá considerar la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para
su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se
generaron, de forma que se prime en la medida de lo posible la valorización de todos los
residuos. En caso de emplear préstamos de áridos o tierras, éstos se efectuarán desde
explotaciones autorizadas. En el caso de que se produzca material excedentario que no
pueda reutilizarse en la propia obra o en labores de restauración y revegetación, se
destinaran para el relleno o restauración de espacios degradados. Se deberán identificar
el gestor y el destino para cada tipo de residuo, debiendo garantizar el adecuado
tratamiento de cada tipo de residuo por parte del promotor del proyecto.
2.1.6 El mantenimiento de la maquinaria (cambios de aceite, filtros, batería, etc.) se
llevará a cabo fuera de obra en establecimientos autorizados o en lugares
adecuadamente habilitados con solera impermeabilizada y cubetos de retención de
efluentes. El lavado de las hormigoneras se llevará a cabo siempre en sus plantas de
origen o en dichos lugares impermeabilizados, no estando permitido el lavado en obra
mediante apertura de hoyos adicionales cubiertos con geotextil.
cve: BOE-A-2023-2582
Verificable en https://www.boe.es
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