III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2578)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Posets Solar de 106,97 MWp y Faballones Solar de 92,49 MWp, y AAP, AAC y DUP de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Málaga".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13783
Aire:
(1) Con el objetivo de no generar molestias en la población de «Las Mellizas» todos
los trabajos de las fases de obras y desmantelamiento se realizarán en periodo diurno
(siete a diecinueve horas). Toda la maquinaria deberá contar con un adecuado
mantenimiento preventivo.
(2) La emisión de ruido de la actividad debe limitarse de acuerdo con lo establecido
al artículo 29 del Decreto 6/2012, de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento
de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.
(3) Durante la fase de obras se realizarán riegos sistemáticos con la frecuencia
adecuada de tal manera que permanezcan las superficies afectadas regularmente
húmedas. La circulación de caminos se realizará con la carga completamente cubierta.
Cuando las condiciones meteorológicas reinantes sean desfavorables y pudieran dar
lugar a la dispersión de polvo en el entorno circundante se aumentará la periodicidad de
riego, se reducirá la velocidad de los vehículos a 10 km/h, y se paralizará o reducirá el
ritmo de trabajo.
(4) Deberá realizarse un ensayo acústico in situ en el plazo y condiciones
establecidos por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga en su
informe.
(1) Se procederá a la descompactación de todos los terrenos afectados por acopios
temporales, estructuras auxiliares o las propias rodadas de la maquinaria pesada.
(2) La instalación de la planta deberá realizarse en la medida de lo posible
adaptándose a la pendiente del terreno para evitar al máximo los movimientos de tierra,
las zonas con pendientes no adecuadas (superiores al 10 %) deberán quedar fuera del
proyecto.
(3) Se deberá prestar especial atención a no alterar las vaguadas presentes en la
zona. El promotor deberá informar a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Málaga del volumen real de tierra movilizada previamente al inicio de las obras.
(4) Se llevarán a cabo actuaciones para implementar medidas preventivas de
laminación para evitar la erosión y el desarrollo de cárcavas por acción de aguas de
escorrentía.
(5) La instalación de los paneles fotovoltaicos se realizará mediante hincado. Si, en
fases posteriores del proyecto, se determinara la necesidad de instalar los seguidores
mediante cimentaciones de hormigón, se deberá valorar la necesidad de realizar un
procedimiento de evaluación ambiental simplificada de las modificaciones del proyecto,
por el mayor impacto que este método constructivo origina sobre el suelo, el agua y la
biodiversidad.
(6) Se reducirá al mínimo posible el uso de hormigón en la instalación del cableado
interior de las PFVs y en la infraestructura de evacuación subterránea.
(7) La red de caminos deberá tener la anchura y longitud imprescindible para
cumplir su cometido y quedará perfectamente detallada y cartografiada.
(8) En la zona incluida dentro de la ZPP, los soportes de las placas irán
directamente anclados sobre el suelo, siendo incompatible la construcción de
plataformas elevadas de fijación. La instalación deberá ajustarse al relieve natural del
terreno y en ningún caso implicarán la destrucción de los sistemas tradicionales de
bancales u otras obras tradicionales.
(9) Deberá aplicarse el protocolo de movimiento de tierras establecido en el anexo
XV del EsIA para la conservación de reptiles y anfibios.
Agua:
(1) Respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se generen con
motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
cve: BOE-A-2023-2578
Verificable en https://www.boe.es
Geología y suelo:
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13783
Aire:
(1) Con el objetivo de no generar molestias en la población de «Las Mellizas» todos
los trabajos de las fases de obras y desmantelamiento se realizarán en periodo diurno
(siete a diecinueve horas). Toda la maquinaria deberá contar con un adecuado
mantenimiento preventivo.
(2) La emisión de ruido de la actividad debe limitarse de acuerdo con lo establecido
al artículo 29 del Decreto 6/2012, de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento
de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.
(3) Durante la fase de obras se realizarán riegos sistemáticos con la frecuencia
adecuada de tal manera que permanezcan las superficies afectadas regularmente
húmedas. La circulación de caminos se realizará con la carga completamente cubierta.
Cuando las condiciones meteorológicas reinantes sean desfavorables y pudieran dar
lugar a la dispersión de polvo en el entorno circundante se aumentará la periodicidad de
riego, se reducirá la velocidad de los vehículos a 10 km/h, y se paralizará o reducirá el
ritmo de trabajo.
(4) Deberá realizarse un ensayo acústico in situ en el plazo y condiciones
establecidos por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga en su
informe.
(1) Se procederá a la descompactación de todos los terrenos afectados por acopios
temporales, estructuras auxiliares o las propias rodadas de la maquinaria pesada.
(2) La instalación de la planta deberá realizarse en la medida de lo posible
adaptándose a la pendiente del terreno para evitar al máximo los movimientos de tierra,
las zonas con pendientes no adecuadas (superiores al 10 %) deberán quedar fuera del
proyecto.
(3) Se deberá prestar especial atención a no alterar las vaguadas presentes en la
zona. El promotor deberá informar a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Málaga del volumen real de tierra movilizada previamente al inicio de las obras.
(4) Se llevarán a cabo actuaciones para implementar medidas preventivas de
laminación para evitar la erosión y el desarrollo de cárcavas por acción de aguas de
escorrentía.
(5) La instalación de los paneles fotovoltaicos se realizará mediante hincado. Si, en
fases posteriores del proyecto, se determinara la necesidad de instalar los seguidores
mediante cimentaciones de hormigón, se deberá valorar la necesidad de realizar un
procedimiento de evaluación ambiental simplificada de las modificaciones del proyecto,
por el mayor impacto que este método constructivo origina sobre el suelo, el agua y la
biodiversidad.
(6) Se reducirá al mínimo posible el uso de hormigón en la instalación del cableado
interior de las PFVs y en la infraestructura de evacuación subterránea.
(7) La red de caminos deberá tener la anchura y longitud imprescindible para
cumplir su cometido y quedará perfectamente detallada y cartografiada.
(8) En la zona incluida dentro de la ZPP, los soportes de las placas irán
directamente anclados sobre el suelo, siendo incompatible la construcción de
plataformas elevadas de fijación. La instalación deberá ajustarse al relieve natural del
terreno y en ningún caso implicarán la destrucción de los sistemas tradicionales de
bancales u otras obras tradicionales.
(9) Deberá aplicarse el protocolo de movimiento de tierras establecido en el anexo
XV del EsIA para la conservación de reptiles y anfibios.
Agua:
(1) Respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se generen con
motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
cve: BOE-A-2023-2578
Verificable en https://www.boe.es
Geología y suelo: