III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2577)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Natera Solar de 41,38 MWp, Orla Solar de 78 MWp y Orla Solar II de 54,86 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Coín, Casarabonela y Pizarra (Málaga)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13744
establece el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, y remitirlo a mencionado organismo.
Asimismo, señala que se deberán cumplir las consideraciones indicadas en el EsIA, así
como las condiciones de funcionamiento que se dicten en las resoluciones sectoriales
correspondientes. En relación con el tratamiento de residuos, se deberán seguir las
condiciones establecidas por el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, entre las que destacan las incluidas en el
apartado «Condiciones al proyecto» de la presente Resolución.
Por otro lado, en relación con el trazado soterrado propuesto para la línea de
evacuación (LSAT) en la ZPP del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, el promotor
señala que se requiere movilizar un volumen de material de 3.283,20 m3. Los
principales impactos que se generarán sobre el suelo serán aquellos que se den sobre la
morfología del terreno y sobre los niveles de erosión del mismo. A este respecto, dado
que el soterramiento de la línea se realizará principalmente a lo largo de caminos ya
existentes, el promotor considera que la alteración de la morfología será mínima,
planteando una serie de medidas tanto preventivas como correctoras. En relación con
este factor, el promotor indica que todos los movimientos de tierra se ajustarán a lo
estipulado en el proyecto técnico, y que el material resultante se acumulará en
caballones de altura no superior a 1,5 m. Asimismo, el promotor indica que al finalizar los
trabajos de construcción se estabilizará el terreno para dejarlo de acuerdo a su estado
previo al inicio de las obras.
Agua e hidrología.
El ámbito de estudio de las PFVs se sitúa en la Demarcación Hidrográfica de las
Cuencas Mediterráneas Andaluzas. En relación a la red hidrológica superficial, el curso
fluvial más cercano a la zona de implantación es la masa de agua denominada «AltoMedio Grande Guadalhorce» (código: 0614140A), ubicada a aproximadamente, 270 m al
sur al sur de la PFV Orla Solar, con un estado ecológico y químico bueno, y un estado
global bueno, o mejor. En la zona de estudio también se encuentra la masa de agua
superficial denominada «Casarabonela» (código de masa: 0614130), ubicada
aproximadamente a 3,1 km al norte de la planta Orla Solar. Ambas zonas están
declaradas como vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario.
Asimismo, en el EsIA se indica que en la zona de actuación existen dos cauces
inventariados, según la cartografía de la Red de Información Ambiental de Andalucía
(REDIAM), que transcurren entre las PFVs. Concretamente, los arroyos de Cazalla y de
las Piedras. Por otro lado, el ámbito de estudio no se encuentra sobre ninguna unidad
hidrogeológica. A este respecto, la más próxima «Bajo Guadalhorce» (código 060.037)
se sitúa a, aproximadamente, 1,2 km, al este de la zona de implantación.
Entre los impactos considerados en el EsIA, se incluyen los derivados de
movimientos de tierra y el depósito y acopio de materiales, que podrían afectar a cauces
de la red hidrológica torrencial. Asimismo, en el EsIA se considera que la probabilidad de
vertidos accidentales sobre cauces es baja. En relación a los impactos derivados de la
construcción de las PFVs, el promotor plantea medidas generales de protección, como
son, el control de los desbroces innecesarios, así como la reducción al mínimo
indispensable de la circulación de vehículos. Asimismo, el promotor indica que se
instalarán parques de maquinaria y zonas de acopio fuera de zonas sensibles y siempre
dentro de la obra.
El Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la D. G. de Planificación y
Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible (Junta de Andalucía) indica que, de acuerdo con la legislación sectorial en
materia de aguas, el proyecto presenta una afección significativa a una serie de cauces
públicos, al ubicarse en la zona de policía del río Grande y de varios arroyos de su
cuenca. A este respecto señala que no se presenta un estudio de inundabilidad, al
menos del cauce principal, por lo que no pueden valorarse las incidencias de las
avenidas en las instalaciones. El organismo detalla una serie de consideraciones en su
informe, que el promotor deberá cumplir para llevar a cabo la ejecución del proyecto,
cve: BOE-A-2023-2577
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13744
establece el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, y remitirlo a mencionado organismo.
Asimismo, señala que se deberán cumplir las consideraciones indicadas en el EsIA, así
como las condiciones de funcionamiento que se dicten en las resoluciones sectoriales
correspondientes. En relación con el tratamiento de residuos, se deberán seguir las
condiciones establecidas por el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, entre las que destacan las incluidas en el
apartado «Condiciones al proyecto» de la presente Resolución.
Por otro lado, en relación con el trazado soterrado propuesto para la línea de
evacuación (LSAT) en la ZPP del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, el promotor
señala que se requiere movilizar un volumen de material de 3.283,20 m3. Los
principales impactos que se generarán sobre el suelo serán aquellos que se den sobre la
morfología del terreno y sobre los niveles de erosión del mismo. A este respecto, dado
que el soterramiento de la línea se realizará principalmente a lo largo de caminos ya
existentes, el promotor considera que la alteración de la morfología será mínima,
planteando una serie de medidas tanto preventivas como correctoras. En relación con
este factor, el promotor indica que todos los movimientos de tierra se ajustarán a lo
estipulado en el proyecto técnico, y que el material resultante se acumulará en
caballones de altura no superior a 1,5 m. Asimismo, el promotor indica que al finalizar los
trabajos de construcción se estabilizará el terreno para dejarlo de acuerdo a su estado
previo al inicio de las obras.
Agua e hidrología.
El ámbito de estudio de las PFVs se sitúa en la Demarcación Hidrográfica de las
Cuencas Mediterráneas Andaluzas. En relación a la red hidrológica superficial, el curso
fluvial más cercano a la zona de implantación es la masa de agua denominada «AltoMedio Grande Guadalhorce» (código: 0614140A), ubicada a aproximadamente, 270 m al
sur al sur de la PFV Orla Solar, con un estado ecológico y químico bueno, y un estado
global bueno, o mejor. En la zona de estudio también se encuentra la masa de agua
superficial denominada «Casarabonela» (código de masa: 0614130), ubicada
aproximadamente a 3,1 km al norte de la planta Orla Solar. Ambas zonas están
declaradas como vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario.
Asimismo, en el EsIA se indica que en la zona de actuación existen dos cauces
inventariados, según la cartografía de la Red de Información Ambiental de Andalucía
(REDIAM), que transcurren entre las PFVs. Concretamente, los arroyos de Cazalla y de
las Piedras. Por otro lado, el ámbito de estudio no se encuentra sobre ninguna unidad
hidrogeológica. A este respecto, la más próxima «Bajo Guadalhorce» (código 060.037)
se sitúa a, aproximadamente, 1,2 km, al este de la zona de implantación.
Entre los impactos considerados en el EsIA, se incluyen los derivados de
movimientos de tierra y el depósito y acopio de materiales, que podrían afectar a cauces
de la red hidrológica torrencial. Asimismo, en el EsIA se considera que la probabilidad de
vertidos accidentales sobre cauces es baja. En relación a los impactos derivados de la
construcción de las PFVs, el promotor plantea medidas generales de protección, como
son, el control de los desbroces innecesarios, así como la reducción al mínimo
indispensable de la circulación de vehículos. Asimismo, el promotor indica que se
instalarán parques de maquinaria y zonas de acopio fuera de zonas sensibles y siempre
dentro de la obra.
El Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la D. G. de Planificación y
Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible (Junta de Andalucía) indica que, de acuerdo con la legislación sectorial en
materia de aguas, el proyecto presenta una afección significativa a una serie de cauces
públicos, al ubicarse en la zona de policía del río Grande y de varios arroyos de su
cuenca. A este respecto señala que no se presenta un estudio de inundabilidad, al
menos del cauce principal, por lo que no pueden valorarse las incidencias de las
avenidas en las instalaciones. El organismo detalla una serie de consideraciones en su
informe, que el promotor deberá cumplir para llevar a cabo la ejecución del proyecto,
cve: BOE-A-2023-2577
Verificable en https://www.boe.es
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