III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2577)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Natera Solar de 41,38 MWp, Orla Solar de 78 MWp y Orla Solar II de 54,86 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Coín, Casarabonela y Pizarra (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13760

firefly o libélula) al tresbolillo. Asimismo, se emplearán cadenas de aisladores suspendidos,
evitándose la disposición horizontal de los mismos, excepto los apoyos de ángulo, anclaje y
fin de línea o cuando no sea posible por otra circunstancia técnica.
– En relación a las medidas compensatorias propuestas por el promotor, y en concreto,
las orientadas a paliar la pérdida de hábitat para especies esteparias, la superficie
compensada deberá ser equivalente al 100% de la ocupada por las plantas fotovoltaicas. A
este respecto, las parcelas a mantener serán determinadas por la Delegación Territorial de
Málaga de la Junta de Andalucía, en función de su importancia en la conservación de las
especies esteparias amenazadas, y podrán estar repartidas en superficies menores y en
diferentes localidades. Los acuerdos deberán hacerse efectivos en el plazo de un año a partir
de la comunicación al promotor por la citada Delegación Territorial de las parcelas
designadas. Esta obligación comienza en el momento del inicio de la construcción de la
planta y estará vigente durante la totalidad de la duración de la misma.
Este programa de medidas concretará los diferentes aspectos y prescripciones
técnicas que permitan describir y desarrollar las diferentes acciones previstas, así como
el seguimiento de las mismas. Entre ellas, cabe destacar las medidas de compensación
por la pérdida y deterioro del hábitat de la población de aves esteparias, provocado por
la ocupación del suelo y por las molestias generadas en el funcionamiento de las
instalaciones que pueden ocasionar el abandono del territorio y el desplazamiento de los
ejemplares a otras zonas. Principalmente se centrará en actuaciones agroambientales
(implantación y mejora de barbechos, franjas multifuncionales periféricas, fomento de
leguminosas, etc.). Tanto la elección de las zonas donde se aplicarán las medidas como
la gestión de las mismas se coordinarán con el Servicio de Gestión de Medio Natural de
la Delegación Territorial en Málaga de la Junta de Andalucía.
– La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITECO,
propone que se amplíe el programa de medidas destinado al fomento de la
biodiversidad, tales como estudiar el número y ubicación de cajas nido en función del
objetivo de mejora esperable según las especie, número de balsas adecuado al territorio
y especies detectadas, etc.
– Toda la PSF se ubica dentro del coto deportivo de caza «Coín» (MA-10237). En
todos los casos, salvo en el caso de los cerramientos de seguridad, el vallado deberá
cumplir las especificaciones del artículo 70 del Reglamento de Ordenación de la Caza
(Decreto 126/2017), que no han sido totalmente incluidas en el proyecto. Los cercados
en los que el vallado no cuente con pantalla vegetal, deberán estar señalizados de modo
que se minimice el riesgo de colisión de la avifauna.
En relación con los terrenos cinegéticos se deber a cumplir con lo establecido en la
«Instrucción relativa al tratamiento y consideración de los terrenos incluidos en proyectos
de instalaciones fotovoltaicas que afectan a terrenos cinegéticos, de la Dirección General
de Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía.
Paisaje.

– Se deberá realizar una integración paisajística de la SET Lomas 220/30 kV,
mediante acabados exteriores de los edificios previstos con un tratamiento de color,
textura y acabados acorde al entorno, teniendo especialmente en cuenta la cubierta y
paredes exteriores de las edificaciones. Asimismo, las zanjas de cableado y los viales
internos entre los seguidores y los módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava
o zahorra. Aquellos caminos principales que sí deban pavimentarse, se realizarán con
zahorras de la misma tonalidad que el entorno.
– El promotor implantará setos de 2,5 metros alrededor de todo el perímetro vallado
de las plantas fotovoltaicas. A este respecto, y en línea con lo indicado por el Servicio de
Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga de
la Junta de Andalucía, el promotor deberá seguir las siguientes condiciones:
• En cada tramo del seto deberá haber presencia de vegetación arbustiva de porte
medio-alto, con objeto de constituir una barrera visual eficaz. Las especies adecuadas

cve: BOE-A-2023-2577
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