III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2577)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Natera Solar de 41,38 MWp, Orla Solar de 78 MWp y Orla Solar II de 54,86 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Coín, Casarabonela y Pizarra (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023
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Sec. III. Pág. 13753

Efectos sinérgicos y acumulativos.

El EsIA incluye un estudio de efectos sinérgicos y acumulativos, en el que se
recogen las tres agrupaciones fotovoltaicas (AF) y la LAAT, que evacuarán al nudo
Cártama 220-400. Esta agrupación comprende un total de 5 PFVs con una ocupación de
en torno a 909,4 ha. En dicho estudio se incluyen también otras infraestructuras entre las
que destacan las carreteras autonómicas, líneas de ferrocarril, un oleoducto, un
gasoducto, así como otras dos PFVs y un parque eólico pertenecientes a otros
promotores. De esta forma se evalúan los posibles efectos sinérgicos y acumulativos
sobre los diferentes factores ambientales causados por estas infraestructuras.
El promotor considera que se producirán impactos sinérgicos sobre la vegetación
natural presente en las zonas de implantación de las PFVs, principalmente como
resultado de la ocupación del terreno y la posibilidad de desbroce y tala. Por otro lado,
en lo relativo a los efectos sinérgicos sobre la fauna, el promotor resalta los asociados a
la alteración del comportamiento y la mortalidad, así como a la modificación de los
biotopos existentes. En cuanto a los impactos generados por las LAAT, el promotor los
considera severos, ya que estas infraestructuras atraviesan diversas zonas relevantes
para la avifauna caracterizadas por la abundancia y diversidad de aves rapaces. El
promotor deberá seguir las consideraciones incluidas en el apartado «Condiciones al
programa de vigilancia ambiental» de la presente resolución.
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Infraestructuras y otros aspectos.

El promotor señala que se prevén desplazamientos de caminos, siempre que se
cuente con la autorización del ayuntamiento. A este respecto, el Ayuntamiento de Coín
se posiciona no conforme con la instalación eléctrica, señalando que se encuentra en
proceso de formulación y tramitación de su PGOU, modificando los usos del suelo que
asignados a las parcelas afectadas por el proyecto. Asimismo, la actualización del PGOU
de Coín se traducirá, según el informe emitido por el Ayuntamiento, en una paralización
de cualquier autorización o concesión de permisos.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad de los
proyectos.

d)

Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (en adelante PVA), que tiene
como objeto la comprobación del grado de cumplimiento de las medidas preventivas y
correctoras incluidas en el EsIA, para la fase de construcción y de operación, así como la
evaluación de los impactos residuales, de modo que se puedan tomar medidas en caso
de detectarse impactos no previstos. En el EsIA se indica que el PVA contendrá, junto a
las medidas de mitigación de los efectos derivados de la ejecución del proyecto, todas
las prescripciones establecidas en el condicionado de la presente resolución. A este

cve: BOE-A-2023-2577
Verificable en https://www.boe.es

El EsIA incluye un apartado en el que se analizan los efectos derivados de la
vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o de catástrofes, donde
se incluye una identificación y caracterización de los riesgos sísmicos, erosivos, así
como aquellos ligados a la geodinámica externa, de inundación, meteorológicos, y los
asociados a riesgos de incendios y tecnológicos, basándose en fenómenos descritos por
la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, así
como en otras fuentes oficiales de información al respecto.
En el EsIA se concluye que el proyecto solo es vulnerable frente a accidentes graves
que conlleven fallos en equipos, y que supongan incendio o explosión. Así pues, en
dicho supuesto, se prevén daños para el proyecto y para la vegetación circundante, así
como la potencial fauna asociada.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
emite informe favorable al respecto sin aportar alegaciones.