III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2576)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico FV Monòver de 116,36 MWp y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13729
Tras la presentación de la modificación del proyecto y el segundo trámite de
información pública, SEO/BirdLife no presenta alegaciones.
c.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El análisis de la vulnerabilidad del proyecto determina los siguientes riesgos
considerando su probabilidad de ocurrencia, así como su severidad:
– Catástrofes naturales:
● Fenómenos meteorológicos adversos: Riesgo medio para nevadas, heladas y
nieblas y bajo para lluvias, viento y tormentas.
● Inundaciones: Riesgo medio-bajo.
● Riesgo sísmico: Moderado.
● Movimiento de tierras, hundimiento y subsidencias: Riesgo bajo a moderado.
– Accidentes graves:
La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, atendiendo al
informe del promotor en el que se indica que según el Plan de Acción Territorial de
carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad
Valenciana (PATRICOVA), el ámbito de la planta solar fotovoltaica está afectado
parcialmente por la peligrosidad de inundaciones de niveles 4, 6 y geomorfológica y que
el trazado de la línea de evacuación atraviesa zonas afectadas por la peligrosidad de
inundaciones de niveles 4 y 6, señala que en las zonas afectadas se asumirán los
condicionantes y limitaciones que establecen al efecto el PATRICOVA y el Reglamento
del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII
del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio.
Por otra parte, al estar la PSFV muy cercana a terreno forestal y atravesar la LAT
de 220 kV en algunos puntos terreno forestal, según se deprende del PATFOR, será de
aplicación el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual
aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios
forestales.
El promotor muestra conformidad con el informe emitido y tendrá en cuenta todas las
consideraciones frente a los diferentes riesgos, sin embargo, considera que a tenor de lo
expuesto en el anexo II, Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, este tipo de
instalaciones no están sometidas a lo indicado en dicho anexo.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana, de
fecha 6 de noviembre de 2022, informa que «el estudio de inundabilidad realizado por el
promotor no contempla cómo pueden afectar las infraestructuras del proyecto sobre la
salud de las poblaciones cercanas en caso de inundación». Ello, junto con otras
consideraciones, implica la emisión de informe no favorable.
El promotor alega que ha realizado un estudio un estudio hidrológico y de
inundabilidad de la zona y que el área de actuación se encuentra fuera de las áreas
marcadas como suelos de interés para la recarga de acuíferos tal y como se puede
observar en la capa correspondiente del Institut Cartogràfic Valencià.
Dicho estudio de inundabilidad ha establecido áreas restringidas para la instalación
de paneles solares, habiéndose considerado aquellas áreas catalogadas con
peligrosidad 4 o peligrosidad geomorfológica de acuerdo a lo indicado en el artículo 18.4
del PATRICOVA, eliminando cualquier actuación sobre dichas zonas. Por tanto, se
considera poco probable que, en caso de inundación, pueda afectarse a poblaciones
cercanas.
cve: BOE-A-2023-2576
Verificable en https://www.boe.es
● Emisiones, vertidos y escapes: Riesgo bajo.
● Incendios: riesgo de incendio es bajo. Por su parte, las líneas de evacuación
atraviesan algunas zonas de riesgo medio-alto.
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13729
Tras la presentación de la modificación del proyecto y el segundo trámite de
información pública, SEO/BirdLife no presenta alegaciones.
c.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El análisis de la vulnerabilidad del proyecto determina los siguientes riesgos
considerando su probabilidad de ocurrencia, así como su severidad:
– Catástrofes naturales:
● Fenómenos meteorológicos adversos: Riesgo medio para nevadas, heladas y
nieblas y bajo para lluvias, viento y tormentas.
● Inundaciones: Riesgo medio-bajo.
● Riesgo sísmico: Moderado.
● Movimiento de tierras, hundimiento y subsidencias: Riesgo bajo a moderado.
– Accidentes graves:
La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, atendiendo al
informe del promotor en el que se indica que según el Plan de Acción Territorial de
carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad
Valenciana (PATRICOVA), el ámbito de la planta solar fotovoltaica está afectado
parcialmente por la peligrosidad de inundaciones de niveles 4, 6 y geomorfológica y que
el trazado de la línea de evacuación atraviesa zonas afectadas por la peligrosidad de
inundaciones de niveles 4 y 6, señala que en las zonas afectadas se asumirán los
condicionantes y limitaciones que establecen al efecto el PATRICOVA y el Reglamento
del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII
del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio.
Por otra parte, al estar la PSFV muy cercana a terreno forestal y atravesar la LAT
de 220 kV en algunos puntos terreno forestal, según se deprende del PATFOR, será de
aplicación el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual
aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios
forestales.
El promotor muestra conformidad con el informe emitido y tendrá en cuenta todas las
consideraciones frente a los diferentes riesgos, sin embargo, considera que a tenor de lo
expuesto en el anexo II, Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, este tipo de
instalaciones no están sometidas a lo indicado en dicho anexo.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana, de
fecha 6 de noviembre de 2022, informa que «el estudio de inundabilidad realizado por el
promotor no contempla cómo pueden afectar las infraestructuras del proyecto sobre la
salud de las poblaciones cercanas en caso de inundación». Ello, junto con otras
consideraciones, implica la emisión de informe no favorable.
El promotor alega que ha realizado un estudio un estudio hidrológico y de
inundabilidad de la zona y que el área de actuación se encuentra fuera de las áreas
marcadas como suelos de interés para la recarga de acuíferos tal y como se puede
observar en la capa correspondiente del Institut Cartogràfic Valencià.
Dicho estudio de inundabilidad ha establecido áreas restringidas para la instalación
de paneles solares, habiéndose considerado aquellas áreas catalogadas con
peligrosidad 4 o peligrosidad geomorfológica de acuerdo a lo indicado en el artículo 18.4
del PATRICOVA, eliminando cualquier actuación sobre dichas zonas. Por tanto, se
considera poco probable que, en caso de inundación, pueda afectarse a poblaciones
cercanas.
cve: BOE-A-2023-2576
Verificable en https://www.boe.es
● Emisiones, vertidos y escapes: Riesgo bajo.
● Incendios: riesgo de incendio es bajo. Por su parte, las líneas de evacuación
atraviesan algunas zonas de riesgo medio-alto.