III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2575)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Aldea de San Miguel de 69 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023
Paisaje.

Según el Atlas de los Paisajes de España, en la zona de estudio se diferencian dos
tipos de paisajes. Por una parte, la Unidad de Paisaje «Páramo al sur del Duero entre
Portillo y Peñafiel» y, por otra, la Unidad de Paisaje «Campiñas Pinariegas del sur
de Valladolid».
En fase de construcción, dada la temporalidad de las obras, el EsIA estima el
impacto como de carácter indirecto, temporal, local, reversible, simple, recuperable, y de
nivel compatible. En fase de explotación, la presencia de los paneles solares y
edificaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, dicho impacto se
considera permanente, directo y recuperable a largo plazo por lo que se considera de
nivel moderado.
Para paliar estos efectos, el promotor prevé que, al finalizar las obras, se lleve a cabo
una limpieza final del área afectada, retirando las instalaciones temporales, desechos,
restos de maquinaria, escombros, etc.; depositándolos en vertederos controlados e
instalaciones adecuadas para su tratamiento. Las zahorras utilizadas en el afirmado de
caminos deberán presentar tonalidades acordes con el entorno, minimizando la
generación de impactos visuales.
Como medida correctora, en la mayor parte del perímetro de la PFV, se plantará un
cerramiento arbustivo con un total de 14.147 plantas, de forma que oculten la instalación,
pero no den sombra a las placas. Para ello se ha establecido una separación mínima
de 5 m entre la valla y los seguidores. Las especies seleccionadas serán: Rosa
gr.silvestre (Rosa canina), Aliaga (Genista scorpius) y Romero (Rosmarinus officinalis)
dividida a partes iguales por cada especie seleccionada. Se prevé una distancia entre
plantas de 1,5 m, con una reposición de marras del 10 %.
El informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de
Castilla y León considera que la pantalla perimetral vegetal debe ser obligatoria en todos
los laterales de las parcelas que se encuentran mirando al borde del páramo. Con ello se
conseguirá ocultar la instalación de manera más eficaz, así como evitar posibles reflejos
metálicos del vallado, de los paneles y la contaminación lumínica. Por su parte, la LASAT
discurre en gran parte en aéreo lo que repercute en un mayor impacto paisajístico que
además es agravado por la presencia de otras líneas a lo largo del trazado. Por ello, se
debe realizar el soterramiento íntegro de la línea de evacuación. Por último, añade, se
debe realizar una integración paisajística de la SE Aldea San Miguel 66/30 kV y la
Subestación SE 2 Aldea San Miguel 220/66 kV, así como del Centro de Seccionamiento,
con un tratamiento de color, textura y acabados acorde al entorno, teniendo
especialmente en cuenta la cubierta y paredes exteriores de las edificaciones.
Además, el Ayuntamiento de Aldea de San Miguel señala que la SET Aldea San
Miguel 66/30 kV deberá estar rodeada de vegetación de alto porte, de más de 10 m o
hasta cubrir la altura de las torretas, cumpliendo las medidas de separación pertinente.
Como respuesta, en la adenda presentada por el promotor, se indica que se realizará
un cerramiento perimetral de la SE Aldea de San Miguel 66/30 kV de la siguiente
manera: a 5 m del perímetro de la SE se prevé una plantación lineal de pino piñonero
(Pinus pinea), que sirva de pantalla visual. Se realizará con ejemplares de 1,25 m,
plantados a 3 m de distancia. En una segunda fila, al tresbolillo con los pinos, se
plantarán retamas (Retama sphaerocarpa), para cerrar visualmente el interior de la
instalación. Entre la fila del arbolado y el vallado de la SE se dejarán una franja
perimetral libre de 5 m, desprovista de vegetación arbórea o arbustiva, para la protección
contra incendios.
Además, con el fin de cumplir con las condiciones propuestas por la Dirección
General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León, en la adenda se
rediseña el cerramiento perimetral de la planta. La plantación perimetral alrededor de
parte de las instalaciones será obligatoria en todos los laterales de las parcelas que se
encuentren mirando al borde del páramo. Para hacer más efectivo su ocultamiento la
pantalla será discontinua en algunos puntos. Las especies seleccionadas están
adaptadas a suelos calizos, pertenecen a la serie de vegetación 22 a y/o pueden

cve: BOE-A-2023-2575
Verificable en https://www.boe.es

b.8)

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