III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2575)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Aldea de San Miguel de 69 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
b.6)
Sec. III. Pág. 13704
Atmósfera y cambio climático.
Según el EsIA, en fase de construcción, podrá producirse una alteración de la calidad
del aire por las emisiones de partículas y contaminantes atmosféricos y por el incremento
de los niveles sonoros, derivados del desbroce del material vegetal, movimientos de
tierras, tráfico de vehículos y uso de maquinaria, así como apertura y cierre de zanjas de
instalación del tendido eléctrico y de las demás infraestructuras asociadas. Estas
afecciones son consideradas como moderadas; no obstante, para disminuir los efectos
no deseados, se han previsto medidas preventivas y correctoras, específicas, que se
recogen en las páginas 464 y 465 del EsIA.
En fase de explotación no se consideran emisiones significativas derivadas de la
operación, por lo que no se han desarrollado medidas particulares para esta fase. Por
otro lado, se identifica como impacto positivo sobre la calidad del aire y niveles sonoros
el cese de actividad agrícola en el ámbito del proyecto la cantidad. Asimismo, la cantidad
de GEI (CO2) que se dejará de emitir debido a la instalación fotovoltaica resulta
relevante, contribuyendo, por lo tanto, a la reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero. Según cálculos del promotor, la implantación de la planta supondrá una
reducción en las emisiones contaminantes a la atmósfera y un ahorro de petróleo
equivalente de, aproximadamente, 2.864.520,8 t de CO2 a lo largo de sus 35 años de
vida útil.
La Oficina Española del Cambio Climático (OECC), informa que el proyecto reduce el
factor de emisión de gases de efecto invernadero, por lo que el impacto sobre el factor
clima en la vertiente de mitigación es positivo. En este sentido, el proyecto incluye en
particular una evaluación adecuada de la huella de carbono asociada al proyecto. En
cuanto al impacto sobre el factor clima en la vertiente de adaptación, el proyecto incluye
un análisis adecuado de su vulnerabilidad frente al cambio climático y la introducción de
medidas pertinentes, por lo que se valora positivamente.
Según indica el EsIA, el proyecto se emplaza en la zona central de la Cuenca
Hidrográfica del Duero. En el entorno de la actuación aparecen numerosos arroyos,
algunos de los cuales serán cruzados por las líneas de evacuación. Por otro lado, el
proyecto se asienta sobre tres masas de agua subterráneas; bajo las parcelas de la
planta, hay dos superpuestas: en el horizonte superior la denominada «Páramo de
Cuellar» y, en el inferior, la masa «Terciario detrítico bajo los Páramos». El resto de la
superficie del proyecto se encuentra sobre la masa de agua subterránea «Los Arenales».
En fase de construcción, el EsIA indica que la afección a la red de drenaje se considera
un impacto temporal y compatible dadas las reducidas dimensiones de los arroyos
afectados (arroyo de la Aldea y uno innominado). Si bien el vallado de la instalación respeta
la zona de servidumbre de los arroyos circundantes, no puede descartarse que, durante los
movimientos de tierras, puedan producirse trombas a agua que depositen algunos
sedimentos en los cauces; este impacto se considera compatible en el EsIA. Se
mantendrán los flujos de escorrentía, dado que los movimientos de tierras son mínimos.
Otro posible impacto sería el riesgo de contaminación de aguas superficiales o subterráneas
debido a algún tipo de derrame accidental de la maquinaria e infiltración en el terreno. Por
otra parte, en lo concerniente a la calidad de las aguas, el área está clasificada como zona
vulnerable por contaminación por nitratos. El cese de la actividad agrícola, intensiva en la
utilización de fertilizantes nitrogenados, evitará, según el EsIA, el aporte de más nitratos al
sistema, lo que evita la contaminación por esta sustancia.
Para paliar estos posibles efectos, se contemplan medidas de buenas prácticas en
obra y de cumplimiento normativo, recogidas entre las páginas 467 y 468 del EsIA.
En fase de explotación, el EsIA no considera que vaya a producirse ninguna
modificación importante en la recarga de acuíferos con respecto a la situación actual.
Respecto a la red de drenaje, la formación de nuevas escorrentías se prevé poco
significativa o inexistente, puesto que no se van a alterar superficies ni pendientes. Sin
cve: BOE-A-2023-2575
Verificable en https://www.boe.es
b.7) Agua.
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
b.6)
Sec. III. Pág. 13704
Atmósfera y cambio climático.
Según el EsIA, en fase de construcción, podrá producirse una alteración de la calidad
del aire por las emisiones de partículas y contaminantes atmosféricos y por el incremento
de los niveles sonoros, derivados del desbroce del material vegetal, movimientos de
tierras, tráfico de vehículos y uso de maquinaria, así como apertura y cierre de zanjas de
instalación del tendido eléctrico y de las demás infraestructuras asociadas. Estas
afecciones son consideradas como moderadas; no obstante, para disminuir los efectos
no deseados, se han previsto medidas preventivas y correctoras, específicas, que se
recogen en las páginas 464 y 465 del EsIA.
En fase de explotación no se consideran emisiones significativas derivadas de la
operación, por lo que no se han desarrollado medidas particulares para esta fase. Por
otro lado, se identifica como impacto positivo sobre la calidad del aire y niveles sonoros
el cese de actividad agrícola en el ámbito del proyecto la cantidad. Asimismo, la cantidad
de GEI (CO2) que se dejará de emitir debido a la instalación fotovoltaica resulta
relevante, contribuyendo, por lo tanto, a la reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero. Según cálculos del promotor, la implantación de la planta supondrá una
reducción en las emisiones contaminantes a la atmósfera y un ahorro de petróleo
equivalente de, aproximadamente, 2.864.520,8 t de CO2 a lo largo de sus 35 años de
vida útil.
La Oficina Española del Cambio Climático (OECC), informa que el proyecto reduce el
factor de emisión de gases de efecto invernadero, por lo que el impacto sobre el factor
clima en la vertiente de mitigación es positivo. En este sentido, el proyecto incluye en
particular una evaluación adecuada de la huella de carbono asociada al proyecto. En
cuanto al impacto sobre el factor clima en la vertiente de adaptación, el proyecto incluye
un análisis adecuado de su vulnerabilidad frente al cambio climático y la introducción de
medidas pertinentes, por lo que se valora positivamente.
Según indica el EsIA, el proyecto se emplaza en la zona central de la Cuenca
Hidrográfica del Duero. En el entorno de la actuación aparecen numerosos arroyos,
algunos de los cuales serán cruzados por las líneas de evacuación. Por otro lado, el
proyecto se asienta sobre tres masas de agua subterráneas; bajo las parcelas de la
planta, hay dos superpuestas: en el horizonte superior la denominada «Páramo de
Cuellar» y, en el inferior, la masa «Terciario detrítico bajo los Páramos». El resto de la
superficie del proyecto se encuentra sobre la masa de agua subterránea «Los Arenales».
En fase de construcción, el EsIA indica que la afección a la red de drenaje se considera
un impacto temporal y compatible dadas las reducidas dimensiones de los arroyos
afectados (arroyo de la Aldea y uno innominado). Si bien el vallado de la instalación respeta
la zona de servidumbre de los arroyos circundantes, no puede descartarse que, durante los
movimientos de tierras, puedan producirse trombas a agua que depositen algunos
sedimentos en los cauces; este impacto se considera compatible en el EsIA. Se
mantendrán los flujos de escorrentía, dado que los movimientos de tierras son mínimos.
Otro posible impacto sería el riesgo de contaminación de aguas superficiales o subterráneas
debido a algún tipo de derrame accidental de la maquinaria e infiltración en el terreno. Por
otra parte, en lo concerniente a la calidad de las aguas, el área está clasificada como zona
vulnerable por contaminación por nitratos. El cese de la actividad agrícola, intensiva en la
utilización de fertilizantes nitrogenados, evitará, según el EsIA, el aporte de más nitratos al
sistema, lo que evita la contaminación por esta sustancia.
Para paliar estos posibles efectos, se contemplan medidas de buenas prácticas en
obra y de cumplimiento normativo, recogidas entre las páginas 467 y 468 del EsIA.
En fase de explotación, el EsIA no considera que vaya a producirse ninguna
modificación importante en la recarga de acuíferos con respecto a la situación actual.
Respecto a la red de drenaje, la formación de nuevas escorrentías se prevé poco
significativa o inexistente, puesto que no se van a alterar superficies ni pendientes. Sin
cve: BOE-A-2023-2575
Verificable en https://www.boe.es
b.7) Agua.