III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2581)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "FV Sancho de 200 MWp en San Roque (Cádiz) y sus infraestructuras de evacuación asociadas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13844
de Permiso de Investigación, todas ellas en estado de tramitación de «vigente»; añade
que el promotor debe alcanzar acuerdos con los titulares que deben trasladarse al
competente. Posteriormente, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de
Andalucía, señala que sobre la superficie donde se pretende ubicar la PFV, existe un
Permiso de Investigación en trámite de Caducidad. El ayuntamiento de Castellar de la
Frontera destaca también la posible afección sobre una explotación minera. La
Diputación Provincial de Cádiz señala que la actuación afecta a dos carreteras
provinciales e informa desfavorablemente la actuación. Solicita que se entregue al
Servicio de Vías y Obras de la Diputación un estudio de necesidad de posibles
adecuaciones de tramos o elementos de las carreteras afectadas por el tráfico de obra y
por el de futuro mantenimiento. Ecologistas en Acción Verdemar y los ayuntamientos de
Castellar de la Frontera y San Roque, así como la Asociación de Ganaderos y
Agricultores de Cádiz informan sobre la afección a explotaciones agrícolas y ganaderas y
manifiestan su oposición. En los informes de los dos primeros, se señalan además
incompatibilidades urbanísticas.
En este sentido, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la
Junta de Andalucía informa que San Roque y Castellar de la Frontera están afectados
por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y por el Plan de
Ordenación del Territorio del Campo de Gibraltar (POTCG). La LAT, transcurre tanto en
su tramo aéreo como subterráneo por suelos identificados por el POTCG como Zonas de
Protección Territorial (ZPT), y en concreto por Zonas de Interés Territorial (ZIT) y no
estaría entre los usos compatibles con estas zonas. En relación con el resto de las ZPT
que puedan verse afectadas, deberá justificarse la necesidad de atravesarlas por la
ausencia de alternativas técnica, económica o ambientalmente viables; en este sentido
deberá aportarse un análisis de alternativas de trazado que concluya con la selección del
corredor de mínimo impacto ambiental y paisajístico que contemple medidas de
integración. Ecologistas en Acción, el Grupo Podemos Los Barrios y otros alegantes,
también recalcan incompatibilidades con el POTA. El ayuntamiento de Castellar de la
Frontera destaca la posible afección sobre ciertas zonas no compatibles de su
planeamiento.
Por último, consta la alegación del promotor del parque fotovoltaico «Arraez» en
desacuerdo con el proyecto en evaluación por interferencia con infraestructuras de su
propiedad; considera que no se ha tenido en cuenta en la evaluación realizada por el
promotor.
Las respuestas a estos informes y alegaciones se encuentran en la adenda
presentada por el promotor en respuesta al requerimiento de este órgano ambiental.
Detalla que el proyecto optimizado supone la pérdida de 160,87 ha de tierras de labor. La
mayor parte corresponde a pastos (63 %) y cultivos forestales (37 %); la afección a
superficies agrícolas de secano y frutales/cítricos será puntual. Por la tipología de
cultivos afectados, la pérdida de jornales por la eliminación de la actividad agrícola se
considera no relevante; además, es un efecto temporal y recuperable a la finalización de
la actividad, transcurrida su vida útil, de entre 25 y 40 años. Los tramos soterrados de la
LAT transcurrirán en paralelo durante la mayor parte de su trazado a la carreteras, pistas
y caminos existentes, para minimizar la invasión de zonas cultivadas. También detalla los
cotos de caza afectados por las infraestructuras.
En cuanto a la incidencia sobre la A-7, la adenda afirma que el proyecto optimizado
ha adecuado las infraestructuras de manera que se han incluido las limitaciones
impuestas en la Ley de Carreteras, así como en el Reglamento General de Carreteras,
tal y como requería la Demarcación Carreteras Andalucía Occidental en su escrito.
Además, la LAT en su parte aérea intercepta a las carreteras A-405R1 y A-2100 y a la
vía de ferrocarril de alta velocidad BIF420; esta última se encuentra a 16 m de la LAT en
su parte soterrada. También se enumeran las vías que se encuentran próximas a las
actuaciones. El promotor se muestra de acuerdo con todas las consideraciones técnicas
cve: BOE-A-2023-2581
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13844
de Permiso de Investigación, todas ellas en estado de tramitación de «vigente»; añade
que el promotor debe alcanzar acuerdos con los titulares que deben trasladarse al
competente. Posteriormente, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de
Andalucía, señala que sobre la superficie donde se pretende ubicar la PFV, existe un
Permiso de Investigación en trámite de Caducidad. El ayuntamiento de Castellar de la
Frontera destaca también la posible afección sobre una explotación minera. La
Diputación Provincial de Cádiz señala que la actuación afecta a dos carreteras
provinciales e informa desfavorablemente la actuación. Solicita que se entregue al
Servicio de Vías y Obras de la Diputación un estudio de necesidad de posibles
adecuaciones de tramos o elementos de las carreteras afectadas por el tráfico de obra y
por el de futuro mantenimiento. Ecologistas en Acción Verdemar y los ayuntamientos de
Castellar de la Frontera y San Roque, así como la Asociación de Ganaderos y
Agricultores de Cádiz informan sobre la afección a explotaciones agrícolas y ganaderas y
manifiestan su oposición. En los informes de los dos primeros, se señalan además
incompatibilidades urbanísticas.
En este sentido, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la
Junta de Andalucía informa que San Roque y Castellar de la Frontera están afectados
por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y por el Plan de
Ordenación del Territorio del Campo de Gibraltar (POTCG). La LAT, transcurre tanto en
su tramo aéreo como subterráneo por suelos identificados por el POTCG como Zonas de
Protección Territorial (ZPT), y en concreto por Zonas de Interés Territorial (ZIT) y no
estaría entre los usos compatibles con estas zonas. En relación con el resto de las ZPT
que puedan verse afectadas, deberá justificarse la necesidad de atravesarlas por la
ausencia de alternativas técnica, económica o ambientalmente viables; en este sentido
deberá aportarse un análisis de alternativas de trazado que concluya con la selección del
corredor de mínimo impacto ambiental y paisajístico que contemple medidas de
integración. Ecologistas en Acción, el Grupo Podemos Los Barrios y otros alegantes,
también recalcan incompatibilidades con el POTA. El ayuntamiento de Castellar de la
Frontera destaca la posible afección sobre ciertas zonas no compatibles de su
planeamiento.
Por último, consta la alegación del promotor del parque fotovoltaico «Arraez» en
desacuerdo con el proyecto en evaluación por interferencia con infraestructuras de su
propiedad; considera que no se ha tenido en cuenta en la evaluación realizada por el
promotor.
Las respuestas a estos informes y alegaciones se encuentran en la adenda
presentada por el promotor en respuesta al requerimiento de este órgano ambiental.
Detalla que el proyecto optimizado supone la pérdida de 160,87 ha de tierras de labor. La
mayor parte corresponde a pastos (63 %) y cultivos forestales (37 %); la afección a
superficies agrícolas de secano y frutales/cítricos será puntual. Por la tipología de
cultivos afectados, la pérdida de jornales por la eliminación de la actividad agrícola se
considera no relevante; además, es un efecto temporal y recuperable a la finalización de
la actividad, transcurrida su vida útil, de entre 25 y 40 años. Los tramos soterrados de la
LAT transcurrirán en paralelo durante la mayor parte de su trazado a la carreteras, pistas
y caminos existentes, para minimizar la invasión de zonas cultivadas. También detalla los
cotos de caza afectados por las infraestructuras.
En cuanto a la incidencia sobre la A-7, la adenda afirma que el proyecto optimizado
ha adecuado las infraestructuras de manera que se han incluido las limitaciones
impuestas en la Ley de Carreteras, así como en el Reglamento General de Carreteras,
tal y como requería la Demarcación Carreteras Andalucía Occidental en su escrito.
Además, la LAT en su parte aérea intercepta a las carreteras A-405R1 y A-2100 y a la
vía de ferrocarril de alta velocidad BIF420; esta última se encuentra a 16 m de la LAT en
su parte soterrada. También se enumeran las vías que se encuentran próximas a las
actuaciones. El promotor se muestra de acuerdo con todas las consideraciones técnicas
cve: BOE-A-2023-2581
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Núm. 26