III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2581)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "FV Sancho de 200 MWp en San Roque (Cádiz) y sus infraestructuras de evacuación asociadas".
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13843
urbano de Castellar, no hay suficiente espacio libre para mantener la zona de dominio
público ferroviario y la de protección.
El promotor indica que todas las alternativas afectarían al Plan de Recuperación de
Aves Necrófagas para el alimoche, pues ocupa el 50 % de la provincia de Cádiz. Incide
en que se han tenido en cuenta los HIC para plantear el proyecto optimizado, aunque en
concreto el de tomillares, sólo en el caso de la LAT. En cuanto al paisaje, considera que
las afecciones de todas las alternativas son similares. También señala haber valorado la
afección al parque natural, incluida ampliación.
Como respuesta a la solicitud de informe en virtud del artículo 40.5, la Delegación
Provincial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
insiste en que no se ha tenido en cuenta la indicación de necesidad de soterramiento de
otra LAT aérea del entorno, en la misma longitud de la LAT aérea planteada, como se
solicitó durante el periodo de información pública. El organismo la considera una medida
compensatoria necesaria para que pueda desarrollarse el proyecto y se ha recogido en
la condición núm. 13 de esta resolución.
b.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
A la vista del EsIA y del resultado de la información pública y de las consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, se reflejan a continuación
los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.
Población y salud humana.
En fase de ejecución, según el EsIA se podría producir la alteración de la salud
humana por la generación de emisiones atmosféricas y polvo, impacto que se ha
recogido en punto dedicado a atmósfera, al igual que las medidas para paliar este efecto.
También se detecta la afección directa por ocupación temporal o permanente del
proyecto en superficies agrícolas y cotos de caza, así como la afección temporal a
infraestructuras viarias y otras, varias de ellas interceptadas por la LAT.
En fase de explotación, el EsIA señala que se podrían generar campos
electromagnéticos relacionados con la infraestructura de evacuación; sin embargo, se
considera que las distancias a las que se encuentran las viviendas permiten el
cumplimiento de la legislación en la materia sobradamente. Asimismo, podrían generarse
molestias por ruidos y emisiones que no se prevén importantes y que están recogidas en
el apartado de atmósfera. Por otra parte, también existirá una afección permanente por
la ocupación de tierras de labor y cotos de caza.
El promotor destaca que la realización del proyecto tendrá efectos positivos sobre el
empleo y la actividad económica de la zona.
Durante el período de información pública, la Dirección General de Salud Pública y
Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía, muestra conformidad con la
autorización solicitada, siempre y cuando no exista oposición ciudadana al proyecto.
La Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental del Ministerio de
Transportes Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) informa desfavorablemente el
proyecto, pues señala que no ha contemplado la reserva viaria necesaria para la posible
construcción de la autovía de nuevo trazado según EI-1-CA-12 «Autovía del
Mediterráneo A-7. Variante de trazado. Tramo: Algeciras-San Roque», ni las limitaciones
asociadas según la legislación vigente. Señala que se debe modificar la documentación
presentada y realiza una serie de indicaciones técnicas. La Dirección General de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía también señala la
posible afección al tramo de la A-7. La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio
Climático de la Junta de Andalucía indica que el canal de la margen izquierda del
Guadarranque es cruzado por la LAT y realiza observaciones técnicas para su cruce. La
Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía informa de la
existencia de varias autorizaciones de explotación de derechos mineros y una solicitud
cve: BOE-A-2023-2581
Verificable en https://www.boe.es
b.1)
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13843
urbano de Castellar, no hay suficiente espacio libre para mantener la zona de dominio
público ferroviario y la de protección.
El promotor indica que todas las alternativas afectarían al Plan de Recuperación de
Aves Necrófagas para el alimoche, pues ocupa el 50 % de la provincia de Cádiz. Incide
en que se han tenido en cuenta los HIC para plantear el proyecto optimizado, aunque en
concreto el de tomillares, sólo en el caso de la LAT. En cuanto al paisaje, considera que
las afecciones de todas las alternativas son similares. También señala haber valorado la
afección al parque natural, incluida ampliación.
Como respuesta a la solicitud de informe en virtud del artículo 40.5, la Delegación
Provincial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
insiste en que no se ha tenido en cuenta la indicación de necesidad de soterramiento de
otra LAT aérea del entorno, en la misma longitud de la LAT aérea planteada, como se
solicitó durante el periodo de información pública. El organismo la considera una medida
compensatoria necesaria para que pueda desarrollarse el proyecto y se ha recogido en
la condición núm. 13 de esta resolución.
b.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
A la vista del EsIA y del resultado de la información pública y de las consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, se reflejan a continuación
los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.
Población y salud humana.
En fase de ejecución, según el EsIA se podría producir la alteración de la salud
humana por la generación de emisiones atmosféricas y polvo, impacto que se ha
recogido en punto dedicado a atmósfera, al igual que las medidas para paliar este efecto.
También se detecta la afección directa por ocupación temporal o permanente del
proyecto en superficies agrícolas y cotos de caza, así como la afección temporal a
infraestructuras viarias y otras, varias de ellas interceptadas por la LAT.
En fase de explotación, el EsIA señala que se podrían generar campos
electromagnéticos relacionados con la infraestructura de evacuación; sin embargo, se
considera que las distancias a las que se encuentran las viviendas permiten el
cumplimiento de la legislación en la materia sobradamente. Asimismo, podrían generarse
molestias por ruidos y emisiones que no se prevén importantes y que están recogidas en
el apartado de atmósfera. Por otra parte, también existirá una afección permanente por
la ocupación de tierras de labor y cotos de caza.
El promotor destaca que la realización del proyecto tendrá efectos positivos sobre el
empleo y la actividad económica de la zona.
Durante el período de información pública, la Dirección General de Salud Pública y
Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía, muestra conformidad con la
autorización solicitada, siempre y cuando no exista oposición ciudadana al proyecto.
La Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental del Ministerio de
Transportes Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) informa desfavorablemente el
proyecto, pues señala que no ha contemplado la reserva viaria necesaria para la posible
construcción de la autovía de nuevo trazado según EI-1-CA-12 «Autovía del
Mediterráneo A-7. Variante de trazado. Tramo: Algeciras-San Roque», ni las limitaciones
asociadas según la legislación vigente. Señala que se debe modificar la documentación
presentada y realiza una serie de indicaciones técnicas. La Dirección General de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía también señala la
posible afección al tramo de la A-7. La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio
Climático de la Junta de Andalucía indica que el canal de la margen izquierda del
Guadarranque es cruzado por la LAT y realiza observaciones técnicas para su cruce. La
Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía informa de la
existencia de varias autorizaciones de explotación de derechos mineros y una solicitud
cve: BOE-A-2023-2581
Verificable en https://www.boe.es
b.1)