III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2581)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "FV Sancho de 200 MWp en San Roque (Cádiz) y sus infraestructuras de evacuación asociadas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13854
Para paliar la incidencia sobre el espacio protegido, se desarrollarán las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias que se han descrito en los apartados de
vegetación y fauna de esta resolución.
Como resultado de la aplicación del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, se recibe en
este órgano ambiental dos informes autonómicos procedentes de la Dirección General
de Espacios Naturales Protegidos y de la Delegación Provincial en Cádiz de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
En ambos, en primer lugar, se indica que la información presentada en el EsIA y en
la adenda del promotor en cuanto a espacios protegidos y Red Natura 2000, está
desactualizada. Esto es debido a que el Decreto 150/2017, de 19 de septiembre, por el
que se aprueba el PORN del ámbito «Los Alcornocales», se amplía su ámbito territorial,
así como el de la ZEPA homónima, y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión
(PRUG) del PN, ha sido anulado en julio de 2022, por la aplicación de dos sentencias
judiciales. La LAT del proyecto en evaluación se situaría sobre esta área de ampliación,
ahora inexistente. Además, cobra una notable trascendencia el hecho de que la
anulación del Decreto 150/2017 y, por tanto, del PORN y PRUG del PN, ha tenido como
consecuencia que esta zona no cuenta en la actualidad con Plan de Gestión vigente.
Cabe destacar que la ampliación del PN, sin embargo, no altera los límites de la ZEC
«Los Alcornocales», ya que, conforme a los procedimientos establecidos, se requiere la
ampliación previa del espacio como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). Mediante la
Orden de 15 de noviembre de 2018, la Junta de Andalucía aprueba la propuesta de
ampliación del LIC «Los Alcornocales» (ES0000049), para hacerlo coincidir con los
límites del PN y de la ZEPA homónimos. Los órganos correspondientes del Estado
Español y de la Unión Europea aceptan esta propuesta. Así, este espacio, que se
denomina ahora LIC «Área de ampliación de Los Alcornocales», forma parte de pleno
derecho de la Red Natura 2000 y las sentencias judiciales que anulan el
Decreto 150/2017, no lo afectan. Este LIC incorpora el área de adecuación de los límites
del LIC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta».
Por tanto, la LAT del proyecto en evaluación, cruzará, de forma soterrada, el espacio
de Red Natura 2000 LIC «Área de ampliación de Los Alcornocales» y, tanto el resto de la
LAT como la PFV, serán limítrofes con el mismo en varios puntos.
Los dos organismos autonómicos, recalcan que los tramos subterráneos de la LAT
se han trazado siguiendo las infraestructuras viarias y cortafuegos existentes en su
interior por lo que no debería verse comprometida la conservación de ninguno de los HIC
identificados, especialmente los considerados prioritarios. Los organismos recalcan la
importante función que desempeña el LIC para la conexión ecológica entre las extensas
zonas forestales del PN Los Alcornocales con los espacios costeros, en tanto que se
trata del único espacio no urbanizado que queda entre las urbanizaciones de
Sotogrande, al norte, y La Alcaidesa, al sur. En tal sentido, la ubicación de las SE, unida
a la elevada demanda de instalaciones fotovoltaicas en el territorio y el aumento LAT con
necesidad de evacuación de energía, podrían suponer un impacto elevado respecto a la
conectividad ecológica y la funcionalidad de los ecosistemas del entorno. No obstante, la
instalación de la LAT se planifica de manera soterrada al atravesar los terrenos del LIC
«Área de ampliación de Los Alcornocales» por lo que, desde el ámbito de las
competencias de esos organismos y en el contexto del proyecto, se considera
compatible su desarrollo. En cuanto a las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias propuestas por el promotor, destacan que se ha diseñado un Plan de
Restauración en el que se definen los trabajos correspondientes a las labores de
restauración y revegetación tras las obras e instalaciones del proyecto.
Concluyen que, analizada la documentación presentada, de acuerdo con las
valoraciones efectuadas, en virtud del artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y habida cuenta de las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias presentadas por el promotor, se considera
que el proyecto no debe suponer una transformación sensible de la realidad física o
biológica del lugar Natura 2000 definida en términos de mantenimiento de la coherencia
cve: BOE-A-2023-2581
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13854
Para paliar la incidencia sobre el espacio protegido, se desarrollarán las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias que se han descrito en los apartados de
vegetación y fauna de esta resolución.
Como resultado de la aplicación del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, se recibe en
este órgano ambiental dos informes autonómicos procedentes de la Dirección General
de Espacios Naturales Protegidos y de la Delegación Provincial en Cádiz de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
En ambos, en primer lugar, se indica que la información presentada en el EsIA y en
la adenda del promotor en cuanto a espacios protegidos y Red Natura 2000, está
desactualizada. Esto es debido a que el Decreto 150/2017, de 19 de septiembre, por el
que se aprueba el PORN del ámbito «Los Alcornocales», se amplía su ámbito territorial,
así como el de la ZEPA homónima, y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión
(PRUG) del PN, ha sido anulado en julio de 2022, por la aplicación de dos sentencias
judiciales. La LAT del proyecto en evaluación se situaría sobre esta área de ampliación,
ahora inexistente. Además, cobra una notable trascendencia el hecho de que la
anulación del Decreto 150/2017 y, por tanto, del PORN y PRUG del PN, ha tenido como
consecuencia que esta zona no cuenta en la actualidad con Plan de Gestión vigente.
Cabe destacar que la ampliación del PN, sin embargo, no altera los límites de la ZEC
«Los Alcornocales», ya que, conforme a los procedimientos establecidos, se requiere la
ampliación previa del espacio como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). Mediante la
Orden de 15 de noviembre de 2018, la Junta de Andalucía aprueba la propuesta de
ampliación del LIC «Los Alcornocales» (ES0000049), para hacerlo coincidir con los
límites del PN y de la ZEPA homónimos. Los órganos correspondientes del Estado
Español y de la Unión Europea aceptan esta propuesta. Así, este espacio, que se
denomina ahora LIC «Área de ampliación de Los Alcornocales», forma parte de pleno
derecho de la Red Natura 2000 y las sentencias judiciales que anulan el
Decreto 150/2017, no lo afectan. Este LIC incorpora el área de adecuación de los límites
del LIC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta».
Por tanto, la LAT del proyecto en evaluación, cruzará, de forma soterrada, el espacio
de Red Natura 2000 LIC «Área de ampliación de Los Alcornocales» y, tanto el resto de la
LAT como la PFV, serán limítrofes con el mismo en varios puntos.
Los dos organismos autonómicos, recalcan que los tramos subterráneos de la LAT
se han trazado siguiendo las infraestructuras viarias y cortafuegos existentes en su
interior por lo que no debería verse comprometida la conservación de ninguno de los HIC
identificados, especialmente los considerados prioritarios. Los organismos recalcan la
importante función que desempeña el LIC para la conexión ecológica entre las extensas
zonas forestales del PN Los Alcornocales con los espacios costeros, en tanto que se
trata del único espacio no urbanizado que queda entre las urbanizaciones de
Sotogrande, al norte, y La Alcaidesa, al sur. En tal sentido, la ubicación de las SE, unida
a la elevada demanda de instalaciones fotovoltaicas en el territorio y el aumento LAT con
necesidad de evacuación de energía, podrían suponer un impacto elevado respecto a la
conectividad ecológica y la funcionalidad de los ecosistemas del entorno. No obstante, la
instalación de la LAT se planifica de manera soterrada al atravesar los terrenos del LIC
«Área de ampliación de Los Alcornocales» por lo que, desde el ámbito de las
competencias de esos organismos y en el contexto del proyecto, se considera
compatible su desarrollo. En cuanto a las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias propuestas por el promotor, destacan que se ha diseñado un Plan de
Restauración en el que se definen los trabajos correspondientes a las labores de
restauración y revegetación tras las obras e instalaciones del proyecto.
Concluyen que, analizada la documentación presentada, de acuerdo con las
valoraciones efectuadas, en virtud del artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y habida cuenta de las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias presentadas por el promotor, se considera
que el proyecto no debe suponer una transformación sensible de la realidad física o
biológica del lugar Natura 2000 definida en términos de mantenimiento de la coherencia
cve: BOE-A-2023-2581
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26