III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2573)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Villameca Solar 1-2 de 98,79 MWp/82 MWn, y Villameca Solar 3 de 51 MWp/41 MWn y de sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de León".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13645
En base a visitas efectuadas en el terreno, el promotor argumenta que dicho HIC no
aparece en la parcela, que la repoblación se encuentra abandonada y que no se
aprecian zonas de encharcamiento debido a la antropización y presencia de surcos. En
relación con la ocupación de superficie forestal, el promotor indica que no existen
terrenos alternativos que cumplan sus requerimientos técnicos y de rentabilidad
económica en los municipios cercanos. En su segundo informe, el Servicio Territorial de
Medio Ambiente de León de la Junta de Castilla y León se ratifica en el contenido del
informe anterior. Independientemente de la presencia o no del HIC prioritario 3170* en
las referidas parcelas, esta Dirección General coincide con el Servicio Territorial de
Medio Ambiente de León de la Junta de Castilla y León en el criterio de no afección a
masas forestales con presencia de vegetación natural, considerando su valor como
hábitat faunístico y sus servicios ecosistémicos como el sumidero de carbono, no
considerando justificada la eliminación de dicha vegetación en base a los argumentos
económicos y de disponibilidad de terreno esgrimidos por el promotor.
Por otro lado, la superficie de implantación de la PSFV 3 afectará a unas 44,4 ha de
cultivo de secano en las que se observan abundantes pies de arbolado (encina, melojo)
que serán eliminados, no habiéndose previsto como medida preventiva la adaptación de
módulos y seguidores para evitar su tala, a diferencia de las áreas de implantación de las
PSFV 1-2. Por ello, se considera apropiado mantener los pies de arbolado y bosquetes
de mayores dimensiones, adaptando la disposición de módulos y seguidores en la
parcela o eliminándolos, de forma que se mejore la integración paisajística de la
instalación y se mantengan las funciones de refugio y cría de fauna, de acuerdo con el
criterio indicado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León de la Junta de
Castilla y León en su informe. En la siguiente figura se muestra, al margen de los
recintos clasificados como pradera (PR) que deben excluirse, los pies y bosquetes que
deberán respetarse:
Figura 1. Arbolado a mantener en la PSFV3. Fuente: EsIA y elaboración propia.
El EsIA incluye otras medidas preventivas adecuadas, como el jalonamiento de todas
las superficies vegetales susceptibles de afección (especialmente dentro del campo
solar) o la protección de ejemplares arbóreos en riesgo de daño por circulación de
maquinaria, así como la restauración y revegetación de áreas de afección temporal.
Respecto a las líneas de evacuación, los trazados subterráneos discurren en la
medida de lo posible por márgenes de caminos existentes y por zonas de cultivos
herbáceos en secano, aunque la excavación de las zanjas afectará a las teselas de
vegetación natural que atraviesen, sobre todo brezales, robledales y vegetación riparia.
La LSMT que conecta la PSFV 2 con la SET elevadora atraviesa los HIC 6420 y 92A0
asociados a las riberas del arroyo Riofrío, pero no son previsibles afecciones al realizar
cve: BOE-A-2023-2573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13645
En base a visitas efectuadas en el terreno, el promotor argumenta que dicho HIC no
aparece en la parcela, que la repoblación se encuentra abandonada y que no se
aprecian zonas de encharcamiento debido a la antropización y presencia de surcos. En
relación con la ocupación de superficie forestal, el promotor indica que no existen
terrenos alternativos que cumplan sus requerimientos técnicos y de rentabilidad
económica en los municipios cercanos. En su segundo informe, el Servicio Territorial de
Medio Ambiente de León de la Junta de Castilla y León se ratifica en el contenido del
informe anterior. Independientemente de la presencia o no del HIC prioritario 3170* en
las referidas parcelas, esta Dirección General coincide con el Servicio Territorial de
Medio Ambiente de León de la Junta de Castilla y León en el criterio de no afección a
masas forestales con presencia de vegetación natural, considerando su valor como
hábitat faunístico y sus servicios ecosistémicos como el sumidero de carbono, no
considerando justificada la eliminación de dicha vegetación en base a los argumentos
económicos y de disponibilidad de terreno esgrimidos por el promotor.
Por otro lado, la superficie de implantación de la PSFV 3 afectará a unas 44,4 ha de
cultivo de secano en las que se observan abundantes pies de arbolado (encina, melojo)
que serán eliminados, no habiéndose previsto como medida preventiva la adaptación de
módulos y seguidores para evitar su tala, a diferencia de las áreas de implantación de las
PSFV 1-2. Por ello, se considera apropiado mantener los pies de arbolado y bosquetes
de mayores dimensiones, adaptando la disposición de módulos y seguidores en la
parcela o eliminándolos, de forma que se mejore la integración paisajística de la
instalación y se mantengan las funciones de refugio y cría de fauna, de acuerdo con el
criterio indicado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León de la Junta de
Castilla y León en su informe. En la siguiente figura se muestra, al margen de los
recintos clasificados como pradera (PR) que deben excluirse, los pies y bosquetes que
deberán respetarse:
Figura 1. Arbolado a mantener en la PSFV3. Fuente: EsIA y elaboración propia.
El EsIA incluye otras medidas preventivas adecuadas, como el jalonamiento de todas
las superficies vegetales susceptibles de afección (especialmente dentro del campo
solar) o la protección de ejemplares arbóreos en riesgo de daño por circulación de
maquinaria, así como la restauración y revegetación de áreas de afección temporal.
Respecto a las líneas de evacuación, los trazados subterráneos discurren en la
medida de lo posible por márgenes de caminos existentes y por zonas de cultivos
herbáceos en secano, aunque la excavación de las zanjas afectará a las teselas de
vegetación natural que atraviesen, sobre todo brezales, robledales y vegetación riparia.
La LSMT que conecta la PSFV 2 con la SET elevadora atraviesa los HIC 6420 y 92A0
asociados a las riberas del arroyo Riofrío, pero no son previsibles afecciones al realizar
cve: BOE-A-2023-2573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26