III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2574)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos San Cristóbal, Pedrecha y Cabezuelas, de 49,5 MW cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Soria y Zaragoza".
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13677

– Impacto sobre especies de flora y fauna por perturbaciones, pérdida de hábitat y
daño directo a ejemplares, madrigueras, nidos, etc. El promotor lo considera no
significativo, en base a la ausencia de impactos directos sobre la ribera del río Jalón, y
las distancias respecto a zonas de nidificación estimadas.
– Colisión de aves contra los cables de la línea eléctrica en la fase de
funcionamiento. Calificado como moderado, ya que existe un riesgo significativo,
especialmente importante en aves de vuelo rasante o con escasa maniobrabilidad.
– Impacto sobre la conectividad ecológica y coherencia de la Red Natura 2000.
Calificado como moderado por la influencia negativa sobre corredores ecológicos
afectados.
Ni el estudio de repercusiones sobre Red Natura 2000 del promotor ni los informes
de las administraciones competentes en la gestión de los espacios Red Natura 2000 del
entorno del proyecto en Castilla y León y Aragón ponen de manifiesto que el proyecto
pueda provocar perjuicio a la integridad de algún espacio de la Red, lo que se refuerza
con las medidas incluidas en esta resolución para la protección de las aves y quirópteros
frente a impactos indirectos que pueda causarles el proyecto en sus movimientos entre
espacios Red Natura 2000, así como las medidas establecidas en la resolución para
mantener la conectividad ecológica.
Paisaje.

Se aprecian impactos durante la fase de construcción por la pérdida de naturalidad
del paisaje y disminución de su calidad visual debida en gran parte al uso de maquinaria
pesada, circulación de vehículos, desbroces y movimientos de tierras. En la fase de
explotación, el impacto visual se deriva de la presencia de las nuevas infraestructuras en
el entorno, de elevada altura y dimensiones, constituyendo elementos de elevada
visibilidad ajenos al medio natural.
El anexo IX del estudio incluye un estudio de impacto paisajístico en el que se realiza
un análisis de cuencas visuales de los elementos de los parques eólicos y la línea
eléctrica de evacuación. Por otra parte, la adenda de modificación del trazado de la línea
incluye también un nuevo estudio paisajístico de dicho trazado. Para analizar la
visibilidad de los parques eólicos, el promotor ha efectuado un análisis de cuencas
visuales que abarca la envolvente de 25 km alrededor de los aerogeneradores,
obteniéndose a partir de la orografía que resultarán visibles los mismos desde
aproximadamente un 54 % del territorio analizado. Sobre la línea eléctrica de evacuación
el promotor ha efectuado un análisis de visibilidad en una franja de territorio de 3 km a
cada lado del trazado, obteniendo una elevada visibilidad de los elementos del tendido
eléctrico en más de un 80% del territorio analizado. A pesar de esta elevada visibilidad,
los estudios realizados por el promotor concluyen que los efectos del proyecto no serán
significativos, basándose en la baja concentración de observadores estimados en los
puntos de mayor visibilidad obtenidos del estudio de cuencas visuales. En fase de
construcción estos impactos tendrán un carácter transitorio, mientras que en fase
de explotación algunos de dichos efectos serán mitigados con medidas de integración
paisajística.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, el Ayuntamiento de Cañamaque y el INAGA (este último respecto al impacto
paisajístico del tendido eléctrico) coinciden en manifestar que el promotor infravalora los
impactos ocasionados por la visibilidad de determinados elementos por su elevada altura
sobre el terreno, aerogeneradores y apoyos de la línea principalmente. Estos efectos se
suman además a los generados por la visibilidad de aerogeneradores y líneas eléctricas
de otros proyectos en torno al proyecto. Sobre los efectos adversos acumulados sobre el
paisaje como consecuencia de la proliferación de tendidos eléctricos se ha vuelto a
pronunciar la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de
Castilla y León en su último informe sobre la Adenda del tendido eléctrico presentada por

cve: BOE-A-2023-2574
Verificable en https://www.boe.es

4.2.7