III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2574)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos San Cristóbal, Pedrecha y Cabezuelas, de 49,5 MW cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Soria y Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13675

informará al personal implicado de la obligatoriedad de la retirada adecuada de las bajas
de animales que se produzcan de acuerdo con el protocolo definido.
– Estudio ornitológico de uso del espacio y siniestralidad, para determinar la posible
afectación asociada a la explotación de la línea eléctrica y tomar medidas para su
mitigación, siendo definida su periodicidad a partir de la fenología de las especies objeto
de seguimiento, realizándose inicialmente una inspección mensual intensificando la
frecuencia a quincenal en las épocas de mayor actividad faunística (periodo reproductor
y pasos migratorios).
– En el radio de acción de la cuenca visual de la línea de evacuación objeto de
estudio (unos 3 km) se instalarán salvapájaros en las líneas aéreas de media tensión
existentes que no cumplan con la normativa de protección de la avifauna contra la
colisión y la electrocución en líneas eléctricas de media tensión, asumiendo por parte del
promotor el suministro y la instalación y por parte de la Administración competente la
gestión y tramitación de los permisos necesarios.
– Con el objetivo de mejorar el hábitat del águila perdicera, se instalarán dos vivares
y un bebedero cada 3 km a lo largo del trazado de la línea eléctrica en un radio de acción
de 10 km en torno a las áreas críticas de esta especie, con el fin de mejorar el hábitat de
conejo presente en la zona (especie objetivo del águila perdicera) e intentar de este
modo aumentar la población.
A la vista de estas modificaciones planteadas por el promotor, se solicitó informe a
la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León y a la
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón, de
conformidad con el artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental.
El 5 de enero de 2023 se ha recibido contestación de la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León, que valora positivamente las
reubicaciones planteadas de los aerogeneradores CA-09, CA-10, SC-04, SC-06, SC-07 y
PE-04 fuera de los corredores ecológicos propuestos por WWF, así como la eliminación
del aerogenerador PE-05. No obstante, indica que la parte de la línea aérea de alta
tensión proyectada en su territorio no cumple íntegramente los criterios de la Instrucción
Técnica 14/03/2022, por lo que requiere que en este tramo se diseñe soterrada,
considerando únicamente admisibles tramos en aéreo si en ellos se hace un diseño
compartido sobre otras líneas eléctricas aéreas ya existentes. El trazado de la línea
soterrada deberá aprovechar los caminos y otras vías ya existentes, y no podrá afectar a
vaguadas, arroyos ni zonas húmedas o encharcadizas por albergar normalmente estos
biotopos comunidades de flora protegida y hábitats de interés comunitario. Por estos
motivos, requiere que el proyecto de soterramiento debe ser sometido a consulta ante el
Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria previamente a su aprobación.
En consecuencia, el tramo del tendido eléctrico de evacuación que discurre por
territorio de Castilla y León se diseñará y ejecutará en las condiciones indicadas por la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León en su
último informe, de manera soterrada y siguiendo preferentemente el trazado de caminos
u otras vías de comunicación preexistentes.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

Con la excepción de la ZEC ES2430104 Riberas del Jalón (Bubierca-Ateca) en
Aragón, afectada por los apoyos 105 y 106 del tendido eléctrico de evacuación, no hay
más solapes de elementos del proyecto con espacios de la Red Natura 2000 donde se
produzcan afecciones directas.

cve: BOE-A-2023-2574
Verificable en https://www.boe.es

4.2.6