III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2574)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos San Cristóbal, Pedrecha y Cabezuelas, de 49,5 MW cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Soria y Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13674
entorno de afección de la línea eléctrica, como por la frecuencia de muestreo y etapas
biológicas elegidas.
– Destaca la abundancia de observaciones de aves necrófagas, lo que denota la
influencia y proximidad de los muladares y el vertedero de Terrer.
– Destaca la medida contemplada de ejecutar un programa de seguimiento de fauna
adaptativo, según el cual el promotor se obliga a incorporar medidas adicionales de
protección en caso de detectarse afección sobre cualquier especie amenazada. Este
punto deberá ser de aplicación sobre todas las especies de fauna del Listado de
Especies en Régimen de Protección Especial y Catálogos nacional y regional.
– Las áreas críticas de águila perdicera se localizan a más de 3 km de distancia de
la línea, superando el umbral de seguridad establecido en el Plan de recuperación
de esta especie. Sin perjuicio de lo anterior, el INAGA informa de la necesidad de
adoptar modificaciones de la línea consistentes en el soterramiento de tramos en los que
existan evidencias de colisiones o electrocuciones de ejemplares de águila perdicera
durante el programa de seguimiento de fauna.
– A pesar de que el estudio de fauna no registre observaciones destacables de aves
esteparias, a excepción de la avutarda, el INAGA considera imprescindible adoptar
medidas preventivas para reducir la probabilidad de colisión de ejemplares con el tendido
eléctrico, adicionalmente a las medidas técnicas de protección de avifauna exigidas en el
Decreto 34/2005 y el Real Decreto 1432/2008.
Respecto a las exigencias de Castilla y León que condicionan la viabilidad ambiental
al soterramiento o compactación con otros tendidos eléctricos existentes, el promotor
ha presentado un informe justificativo de cumplimiento de la instrucción técnica
de 14/03/2022 que establece criterios para la tramitación de la instalación de líneas
eléctricas de alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía
renovable.
Asimismo, en relación con el tratamiento de los impactos generados por el nuevo
tendido eléctrico de evacuación propuesto, el estudio de impacto ambiental complementario
incorpora un conjunto de medidas preventivas, correctoras y compensatorias, entre las
que destacan las siguientes:
– La línea eléctrica de evacuación estará provista de salvapájaros cada 10 m,
utilizando las mejores técnicas disponibles en dispositivos anticolisión y electrocución.
Estos dispositivos contarán con baliza giratoria reflectante y láminas reflectantes que al
estar unidas a un elemento giratorio libre reflectan con una intensidad de luz mínima o
muy baja.
– Se realizará un seguimiento ambiental del funcionamiento de la línea eléctrica con
una duración mínima de cinco años, tras la que se entregará un informe final que recoja
las principales conclusiones de los seguimientos efectuados y, en el que se valore, la
necesidad de prolongar o modificar los controles establecidos. Este informe deberá ser
presentado a los órganos competentes de biodiversidad de Aragón y Castilla y León para
su consideración.
– En caso de producirse cualquier incidente de las aves del entorno con el proyecto
(colisión, intento de nidificación, etc.), el promotor lo pondrá en conocimiento del órgano
competente en materia de biodiversidad de forma inmediata, a fin de poder determinar
las medidas complementarias necesarias.
– Para evitar la concentración sobre la zona de aves carroñeras y, en consecuencia,
su colisión con la línea aérea de evacuación, se retirarán las reses muertas detectadas
en las proximidades de los apoyos. Se retirarán los cadáveres de animales domésticos y
silvestres que se localicen en los alrededores de la línea aérea, para evitar la atracción
de aves carroñeras y reducir el riesgo de colisión o electrocución. Se establecerá un
protocolo de comunicación con los órganos competentes de biodiversidad de Aragón y
Castilla y León para que procedan a su retirada y gestión. En el supuesto de que la zona
de ubicación de la línea aérea sea utilizada como lugar de pastoreo de ganado se
cve: BOE-A-2023-2574
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13674
entorno de afección de la línea eléctrica, como por la frecuencia de muestreo y etapas
biológicas elegidas.
– Destaca la abundancia de observaciones de aves necrófagas, lo que denota la
influencia y proximidad de los muladares y el vertedero de Terrer.
– Destaca la medida contemplada de ejecutar un programa de seguimiento de fauna
adaptativo, según el cual el promotor se obliga a incorporar medidas adicionales de
protección en caso de detectarse afección sobre cualquier especie amenazada. Este
punto deberá ser de aplicación sobre todas las especies de fauna del Listado de
Especies en Régimen de Protección Especial y Catálogos nacional y regional.
– Las áreas críticas de águila perdicera se localizan a más de 3 km de distancia de
la línea, superando el umbral de seguridad establecido en el Plan de recuperación
de esta especie. Sin perjuicio de lo anterior, el INAGA informa de la necesidad de
adoptar modificaciones de la línea consistentes en el soterramiento de tramos en los que
existan evidencias de colisiones o electrocuciones de ejemplares de águila perdicera
durante el programa de seguimiento de fauna.
– A pesar de que el estudio de fauna no registre observaciones destacables de aves
esteparias, a excepción de la avutarda, el INAGA considera imprescindible adoptar
medidas preventivas para reducir la probabilidad de colisión de ejemplares con el tendido
eléctrico, adicionalmente a las medidas técnicas de protección de avifauna exigidas en el
Decreto 34/2005 y el Real Decreto 1432/2008.
Respecto a las exigencias de Castilla y León que condicionan la viabilidad ambiental
al soterramiento o compactación con otros tendidos eléctricos existentes, el promotor
ha presentado un informe justificativo de cumplimiento de la instrucción técnica
de 14/03/2022 que establece criterios para la tramitación de la instalación de líneas
eléctricas de alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía
renovable.
Asimismo, en relación con el tratamiento de los impactos generados por el nuevo
tendido eléctrico de evacuación propuesto, el estudio de impacto ambiental complementario
incorpora un conjunto de medidas preventivas, correctoras y compensatorias, entre las
que destacan las siguientes:
– La línea eléctrica de evacuación estará provista de salvapájaros cada 10 m,
utilizando las mejores técnicas disponibles en dispositivos anticolisión y electrocución.
Estos dispositivos contarán con baliza giratoria reflectante y láminas reflectantes que al
estar unidas a un elemento giratorio libre reflectan con una intensidad de luz mínima o
muy baja.
– Se realizará un seguimiento ambiental del funcionamiento de la línea eléctrica con
una duración mínima de cinco años, tras la que se entregará un informe final que recoja
las principales conclusiones de los seguimientos efectuados y, en el que se valore, la
necesidad de prolongar o modificar los controles establecidos. Este informe deberá ser
presentado a los órganos competentes de biodiversidad de Aragón y Castilla y León para
su consideración.
– En caso de producirse cualquier incidente de las aves del entorno con el proyecto
(colisión, intento de nidificación, etc.), el promotor lo pondrá en conocimiento del órgano
competente en materia de biodiversidad de forma inmediata, a fin de poder determinar
las medidas complementarias necesarias.
– Para evitar la concentración sobre la zona de aves carroñeras y, en consecuencia,
su colisión con la línea aérea de evacuación, se retirarán las reses muertas detectadas
en las proximidades de los apoyos. Se retirarán los cadáveres de animales domésticos y
silvestres que se localicen en los alrededores de la línea aérea, para evitar la atracción
de aves carroñeras y reducir el riesgo de colisión o electrocución. Se establecerá un
protocolo de comunicación con los órganos competentes de biodiversidad de Aragón y
Castilla y León para que procedan a su retirada y gestión. En el supuesto de que la zona
de ubicación de la línea aérea sea utilizada como lugar de pastoreo de ganado se
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