III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2572)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Parques Solares Fotovoltaicos "Azor Solar" de 162,5 MWp y "Avutarda Solar" de 162,5 MWp, en Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su infraestructura de evacuación asociada.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13634
– Compromiso 2 (mínimo en un 10% de la superficie): Mejora y mantenimiento del
barbecho tradicional: mantener los rastrojos sin alzar desde la cosecha de cereal del año
precedente hasta el 31 de enero; a partir del 31 de enero se podrán labrar los rastrojos,
sin aplicar productos fitosanitarios ni ninguna otra sustancia química, hasta el 31 de
marzo; entre el 1 de abril y el 31 de julio, ambos inclusive, no se podrá realizar ninguna
labor agrícola (ni mecánica, ni química, ni pastoreo) sobre las parcelas acogidas a este
compromiso; podrán hacerse un máximo de dos tratamientos mecánicos al año: uno a
finales de invierno-principios de primavera y otro en otoño.
– Compromiso 3 (mínimo en un 15% de la superficie): Barbecho de larga duración.
Las parcelas adheridas a este compromiso deberán mantenerse retiradas de la
producción al menos 5 años de compromiso, durante los cuales se deberán cumplir las
siguientes obligaciones:
● Mantener las mismas parcelas agrícolas comprometidas en barbecho durante los
cinco años de compromiso.
● No realizar labores agrícolas mecánicas en las parcelas comprometidas y
admitidas, salvo un tratamiento mecánico a finales de invierno-principios de primavera
(antes del 1 de abril).
● No aplicar productos fitosanitarios, ni abonos de síntesis química, en las parcelas
comprometidas.
Además, se restaurarán las construcciones tradicionales (cabañas, parideras, etc.)
que puedan ser de utilidad como hábitat de cría y se instalarán cajas nido para especies
en declive como la carraca europea, mochuelo, lechuza, cernícalo vulgar, cernícalo
primilla y quirópteros; se instalarán hoteles de insectos para polinizadores que
favorezcan la biodiversidad de la zona, uno por cada 5 ha ocupadas por las plantas; y se
crearán y mantendrán puntos de agua como bebederos para la fauna, a razón de 1 por
cada 5 km de vallado instalado.
h) La reducción de superficie del hábitat de alimentación y campeo de las dos
parejas de águila imperial nidificantes en el entorno de la planta y del conjunto de aves
rapaces derivada de su ocupación superficial será compensada dentro de sus
respectivos territorios mediante la creación y mantenimiento de núcleos de alta densidad
de presas, en particular de conejo de monte y de liebre, combinados con posaderos y
con otras medidas para aumentar la disponibilidad de presas y su éxito reproductivo.
Las compensaciones por la pérdida de hábitat provocada a las aves esteparias y al
águila imperial se programarán por periodos no superiores a cinco años, y su diseño
será inicialmente orientado y finalmente aprobado por la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, en función del
seguimiento adaptativo de la efectividad de estas medidas y de la evolución de sus
especies objetivo en el ámbito del proyecto.
1.2.5
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
a) Además de las medidas ya indicadas para prevenir impactos sobre la vegetación
y la fauna, el cruce de la línea de evacuación soterrada con la ZEC ES3110001
cve: BOE-A-2023-2572
Verificable en https://www.boe.es
– Compromiso 4: Cultivo de cereal con mejora medioambiental; no utilizar semillas
tratadas o blindadas; retrasar el cosechado a después del 31 de julio. Este compromiso
podrá llevarse a cabo mediante una de las dos siguientes opciones: retrasar la cosecha
en toda la superficie comprometida hasta que el órgano competente determine,
anualmente, en función de la fenología reproductiva de las especies esteparias
presentes, la fecha de recogida más adecuada, o bien dejar un 40% de la superficie
comprometida sin cosechar de tal forma que esta superficie se reserve alrededor de los
nidos que se detecten en las parcelas o, en caso de no detectarse nidos, podrá ubicarse
en las zonas seleccionadas por el agricultor o gestor de la medida. No aplicar productos
fitosanitarios, ni abonos de síntesis química, en las parcelas comprometidas.
– Conservación de los linderos, setos y ribazos de todas las parcelas.
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13634
– Compromiso 2 (mínimo en un 10% de la superficie): Mejora y mantenimiento del
barbecho tradicional: mantener los rastrojos sin alzar desde la cosecha de cereal del año
precedente hasta el 31 de enero; a partir del 31 de enero se podrán labrar los rastrojos,
sin aplicar productos fitosanitarios ni ninguna otra sustancia química, hasta el 31 de
marzo; entre el 1 de abril y el 31 de julio, ambos inclusive, no se podrá realizar ninguna
labor agrícola (ni mecánica, ni química, ni pastoreo) sobre las parcelas acogidas a este
compromiso; podrán hacerse un máximo de dos tratamientos mecánicos al año: uno a
finales de invierno-principios de primavera y otro en otoño.
– Compromiso 3 (mínimo en un 15% de la superficie): Barbecho de larga duración.
Las parcelas adheridas a este compromiso deberán mantenerse retiradas de la
producción al menos 5 años de compromiso, durante los cuales se deberán cumplir las
siguientes obligaciones:
● Mantener las mismas parcelas agrícolas comprometidas en barbecho durante los
cinco años de compromiso.
● No realizar labores agrícolas mecánicas en las parcelas comprometidas y
admitidas, salvo un tratamiento mecánico a finales de invierno-principios de primavera
(antes del 1 de abril).
● No aplicar productos fitosanitarios, ni abonos de síntesis química, en las parcelas
comprometidas.
Además, se restaurarán las construcciones tradicionales (cabañas, parideras, etc.)
que puedan ser de utilidad como hábitat de cría y se instalarán cajas nido para especies
en declive como la carraca europea, mochuelo, lechuza, cernícalo vulgar, cernícalo
primilla y quirópteros; se instalarán hoteles de insectos para polinizadores que
favorezcan la biodiversidad de la zona, uno por cada 5 ha ocupadas por las plantas; y se
crearán y mantendrán puntos de agua como bebederos para la fauna, a razón de 1 por
cada 5 km de vallado instalado.
h) La reducción de superficie del hábitat de alimentación y campeo de las dos
parejas de águila imperial nidificantes en el entorno de la planta y del conjunto de aves
rapaces derivada de su ocupación superficial será compensada dentro de sus
respectivos territorios mediante la creación y mantenimiento de núcleos de alta densidad
de presas, en particular de conejo de monte y de liebre, combinados con posaderos y
con otras medidas para aumentar la disponibilidad de presas y su éxito reproductivo.
Las compensaciones por la pérdida de hábitat provocada a las aves esteparias y al
águila imperial se programarán por periodos no superiores a cinco años, y su diseño
será inicialmente orientado y finalmente aprobado por la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, en función del
seguimiento adaptativo de la efectividad de estas medidas y de la evolución de sus
especies objetivo en el ámbito del proyecto.
1.2.5
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
a) Además de las medidas ya indicadas para prevenir impactos sobre la vegetación
y la fauna, el cruce de la línea de evacuación soterrada con la ZEC ES3110001
cve: BOE-A-2023-2572
Verificable en https://www.boe.es
– Compromiso 4: Cultivo de cereal con mejora medioambiental; no utilizar semillas
tratadas o blindadas; retrasar el cosechado a después del 31 de julio. Este compromiso
podrá llevarse a cabo mediante una de las dos siguientes opciones: retrasar la cosecha
en toda la superficie comprometida hasta que el órgano competente determine,
anualmente, en función de la fenología reproductiva de las especies esteparias
presentes, la fecha de recogida más adecuada, o bien dejar un 40% de la superficie
comprometida sin cosechar de tal forma que esta superficie se reserve alrededor de los
nidos que se detecten en las parcelas o, en caso de no detectarse nidos, podrá ubicarse
en las zonas seleccionadas por el agricultor o gestor de la medida. No aplicar productos
fitosanitarios, ni abonos de síntesis química, en las parcelas comprometidas.
– Conservación de los linderos, setos y ribazos de todas las parcelas.