III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2572)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Parques Solares Fotovoltaicos "Azor Solar" de 162,5 MWp y "Avutarda Solar" de 162,5 MWp, en Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su infraestructura de evacuación asociada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13633

el criterio de un experto en fauna para definir los tratamientos a realizar sobre la
superficie revegetada, tal y como indica en su informe la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
c) El cerramiento deberá ser completamente permeable en su parte inferior a los
vertebrados terrestres hasta el tamaño de un zorro, y deberá contar con pasos tipo
gatera para mamíferos terrestres de mayor tamaño como mínimo cada 50 m y en todas
todos los ángulos e intersecciones con roquedos. Incluirá señalización mediante placas
metálicas de color blanco situadas al menos cada 10 m a tresbolillo para evitar colisión
de aves en vuelo rasante. La altura del vallado se limitará a un máximo de 2 metros. En
ningún caso se utilizarán mallas de simple torsión o tipo gallinero, ni alambres de espino
ni otros elementos cortantes o punzantes. No irá anclado ni enterrado en el suelo.
d) Las obras se realizarán exclusivamente en horario diurno. Al menos en la parte
de la planta proyectada al noreste de la M-50 y en una banda de 200 m de la ZEC
ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» y del Humedal Catalogado
«Laguna del Belvís», no se realizarán obras ni otras actuaciones ruidosas entre el 1 de
marzo y el 30 de junio.
e) Los módulos fotovoltaicos incluirán un tratamiento químico anti-reflectante que
minimice o evite el reflejo de la luz y la influencia que este reflejo pueda tener sobre los
insectos y la avifauna.
f) En la apertura de zanjas, éstas deberán taparse antes de la noche y dotarse de
rampas que faciliten la salida de fauna por caída accidental. Cada día, antes del inicio de
los trabajos diarios, se revisará la zanja abierta para en su caso detectar individuos que
hayan podido caer y quedar atrapados, liberándolos. También se dotarán de rampas de
escape las obras de drenaje longitudinales y transversales de viales y caminos de
acceso.
g) Los impactos residuales producidos sobre las especies de aves esteparias por la
ocupación de terrenos llanos de cultivos herbáceos de secano que constituyen su hábitat
potencial, serán compensados durante toda la vida útil de la planta mediante la ejecución
de un programa agroambiental de mejora del hábitat de aves esteparias sobre una
superficie equivalente a la de hábitat potencial finalmente ocupada, en el área y con las
características que conforme la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
de la Comunidad de Madrid, procurando localizar las medidas preferentemente en la
misma IBA «Talamanca-Camarma» afectada por el proyecto y en la próxima ZEPA
ES0000139 «Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares». Les medidas serán, en
su caso, adicionales y diferentes de las que sean financiadas por fondos comunitarios o
nacionales, y la superficie de aplicación no podrá coincidir con la requerida con este
mismo fin para otros proyectos o parques fotovoltaicos. La disponibilidad de los terrenos
deberá acreditarse mediante contratos de gestión, arrendamiento, adquisición u otra
figura que garantice su disponibilidad para las compensaciones. Estas medidas deberán
estar desarrolladas y puestas en práctica como condición para la autorización de
explotación de la planta, y tendrán un seguimiento de su efectividad durante toda la fase
de funcionamiento, de carácter adaptativo. Entre las medidas del programa
agroambiental se incluirán los siguientes compromisos indicados en el informe de
medidas compensatorias de 27 de abril de 2022 de la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales para parques fotovoltaicos que se instalen en la
Comunidad de Madrid:
– Compromiso 1 (aplicado al menos en un 25% de la superficie): Barbecho semillado
con leguminosas. Mediante este compromiso se adquieren las siguientes obligaciones:
sembrar leguminosas (veza, yeros, etc.) en otoño, con una preparación previa del
terreno, dosis mínima de semilla de 120 kg/ha y no más del 20 por 100 de semilla de
cereal junto con la semilla de leguminosa; no se podrán utilizar semillas tratadas o
blindadas para la sementera, la recogida de la cosecha no podrá ser realizada antes
del 31 de julio y no se utilizarán fertilizantes ni productos fitosanitarios.

cve: BOE-A-2023-2572
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Núm. 26