III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2441)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Collarada Solar de 200 MWp, Popa Solar de 100 MWp, Maladeta Solar de 200 MWp y Boliche Solar de 75 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13269
con el fin de evitar molestias a la población, las obras se realizarán en el menor tiempo
posible, evitando la generación de ruidos en el entorno cercano a los municipios.
Patrimonio cultural: Respecto a las PSFVs, se han identificado numerosos bienes
inventariados en las proximidades, pero que con las modificaciones realizadas quedan
sin afección. La LAAT «SET Valdepozuelo - SET Henares» tiene afección directa a los
yacimientos Alto de Valdesancho 1 y 2 (CM//012/0025) y el Yacimiento arqueológico de
Los Corrales (CM/012/0019). Además, cerca de la SET Henares, y las líneas de
evacuación de alta tensión asociadas, están cerca del yacimiento arqueológico de La
Piojosa (CM/012/0002).
Respecto de las vías pecuarias, la «Colada del Camino de Píoz» limita al norte con el
vallado perimetral de Popa Solar. La LSMT cruzará la «Colada de Corpa a Santorcaz», y
la LAAT «SET Valdepozuelo - SET Henares» sobrevolará la «Colada de San Pedro» y la
«Colada del Abrevadero».
Durante la etapa de construcción, los movimientos de tierra pueden provocar daños a
dichos bienes.
Sinergias: El proyecto está integrado en un conjunto de proyectos denominado
«Nudo San Fernando-Loeches-Anchuelo-Ardoz», de 1.315,78 km2 de ocupación total y
ubicado en las provincias de Madrid y Guadalajara. Requerirá la transformación de 7.700
ha de terreno para la instalación de cuarenta y una plantas solares y de varias
infraestructuras de evacuación, por lo que el estudio de efectos acumulativos y
sinérgicos se ha realizado valorando todas las infraestructuras existentes en dicho
macroproyecto. Según el modelo de capacidad de acogida realizado por los promotores,
para las PSFVs es de moderada a alta y para las infraestructuras de evacuación desde
muy baja a muy alta, especialmente a lo largo del recorrido de la LAAT.
El estudio de efectos sinérgicos y acumulativos a escala de macroproyecto se ha
centrado en el paisaje y en la fauna. En cuanto al paisaje, el estudio de sinergias
concluye que, debido a la escasa calidad paisajística de la mayor parte del ámbito de
actuación, el impacto resulte favorable. Respecto a la fauna el grado de impacto por
sinergias es elevado en las zonas coincidentes con figuras de protección o por la gran
densidad de infraestructuras como es el caso del proyecto de evacuación, en Santorcaz
y Anchuelo. La presencia de las PSFV y las infraestructuras ejercerán de efecto barrera
a la red de corredores ecológicos de la Comunidad de Madrid, por lo que el efecto
potencial se considera moderado a severo. Se realizarán una serie de medidas
generales de diseño, preventivas y correctoras para paliar dichos efectos.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Los principales riesgos son la generación de fenómenos meteorológicos adversos
(lluvias torrenciales, fuertes rachas de viento, tormentas eléctricas) o sucesos naturales
extraordinarios (terremotos, incendios, inundaciones, etc.), además de los riesgos
mencionados en los distintos apartados como la contaminación potencial del suelo y del
agua por vertidos contaminantes. Además, la presencia de zonas con arcillas
expansivas, potencialmente inestables es muy alto, pero las medidas de mejora prevén
un bajo riesgo del escenario frente a este factor. En resumen, el análisis establece que la
vulnerabilidad es muy baja a excepción de los incendios forestales durante la etapa
operacional de la planta.
Los promotores indican que recogerán dichas medidas preventivas y que
considerarán un plan de autoprotección para las instalaciones de acuerdo al Real
Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de
Autoprotección de centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades
que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
cve: BOE-A-2023-2441
Verificable en https://www.boe.es
c.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13269
con el fin de evitar molestias a la población, las obras se realizarán en el menor tiempo
posible, evitando la generación de ruidos en el entorno cercano a los municipios.
Patrimonio cultural: Respecto a las PSFVs, se han identificado numerosos bienes
inventariados en las proximidades, pero que con las modificaciones realizadas quedan
sin afección. La LAAT «SET Valdepozuelo - SET Henares» tiene afección directa a los
yacimientos Alto de Valdesancho 1 y 2 (CM//012/0025) y el Yacimiento arqueológico de
Los Corrales (CM/012/0019). Además, cerca de la SET Henares, y las líneas de
evacuación de alta tensión asociadas, están cerca del yacimiento arqueológico de La
Piojosa (CM/012/0002).
Respecto de las vías pecuarias, la «Colada del Camino de Píoz» limita al norte con el
vallado perimetral de Popa Solar. La LSMT cruzará la «Colada de Corpa a Santorcaz», y
la LAAT «SET Valdepozuelo - SET Henares» sobrevolará la «Colada de San Pedro» y la
«Colada del Abrevadero».
Durante la etapa de construcción, los movimientos de tierra pueden provocar daños a
dichos bienes.
Sinergias: El proyecto está integrado en un conjunto de proyectos denominado
«Nudo San Fernando-Loeches-Anchuelo-Ardoz», de 1.315,78 km2 de ocupación total y
ubicado en las provincias de Madrid y Guadalajara. Requerirá la transformación de 7.700
ha de terreno para la instalación de cuarenta y una plantas solares y de varias
infraestructuras de evacuación, por lo que el estudio de efectos acumulativos y
sinérgicos se ha realizado valorando todas las infraestructuras existentes en dicho
macroproyecto. Según el modelo de capacidad de acogida realizado por los promotores,
para las PSFVs es de moderada a alta y para las infraestructuras de evacuación desde
muy baja a muy alta, especialmente a lo largo del recorrido de la LAAT.
El estudio de efectos sinérgicos y acumulativos a escala de macroproyecto se ha
centrado en el paisaje y en la fauna. En cuanto al paisaje, el estudio de sinergias
concluye que, debido a la escasa calidad paisajística de la mayor parte del ámbito de
actuación, el impacto resulte favorable. Respecto a la fauna el grado de impacto por
sinergias es elevado en las zonas coincidentes con figuras de protección o por la gran
densidad de infraestructuras como es el caso del proyecto de evacuación, en Santorcaz
y Anchuelo. La presencia de las PSFV y las infraestructuras ejercerán de efecto barrera
a la red de corredores ecológicos de la Comunidad de Madrid, por lo que el efecto
potencial se considera moderado a severo. Se realizarán una serie de medidas
generales de diseño, preventivas y correctoras para paliar dichos efectos.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Los principales riesgos son la generación de fenómenos meteorológicos adversos
(lluvias torrenciales, fuertes rachas de viento, tormentas eléctricas) o sucesos naturales
extraordinarios (terremotos, incendios, inundaciones, etc.), además de los riesgos
mencionados en los distintos apartados como la contaminación potencial del suelo y del
agua por vertidos contaminantes. Además, la presencia de zonas con arcillas
expansivas, potencialmente inestables es muy alto, pero las medidas de mejora prevén
un bajo riesgo del escenario frente a este factor. En resumen, el análisis establece que la
vulnerabilidad es muy baja a excepción de los incendios forestales durante la etapa
operacional de la planta.
Los promotores indican que recogerán dichas medidas preventivas y que
considerarán un plan de autoprotección para las instalaciones de acuerdo al Real
Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de
Autoprotección de centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades
que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
cve: BOE-A-2023-2441
Verificable en https://www.boe.es
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