III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2439)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Los Arroyos I de 59,01 MWp y 50,2 MW de potencia instalada y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13234
el proyecto se asienta parcialmente sobre dos corredores ecológicos, uno terrestre,
correspondiente al tercio sur del proyecto, y otro fluvial, afectado por el último fragmento
de la línea de 132 kV. Si bien no se detectan restricciones en la zona del proyecto con
respecto al PORN ni los corredores ecológicos, se tendrán en cuenta las limitaciones y
condiciones establecidas en la legislación vigente.
Paisaje: El proyecto se sitúa sobre la unidad paisajística «Campos agrícolas de
regadío» donde el relieve del terreno disimula las instalaciones. El mayor impacto
previsible es el impacto visual por la incorporación de las nuevas infraestructuras al
ámbito. Se contemplan medidas de integración paisajística como la adaptación cromática
de las edificaciones con las construcciones rurales de la zona, la realización de un
estudio de integración paisajística de detalle, el mantenimiento de pies vegetales de
interés y la integración de la línea de evacuación. Además, se prevé la realización de
una pantalla vegetal alrededor del vallado perimetral del proyecto y la restauración
paisajística.
Salud y población: Los núcleos poblacionales más cercanos son los municipios de
Catadau, situado aproximadamente a 1,7 km al norte de las instalaciones de la PSFV,
Por su parte, los núcleos de Carlet, Benimodo y L’Alcudia se sitúan respectivamente a
unos 1,6, 1,2 y 2,4 km de la LAT 132 kV.
Los impactos previstos son principalmente las molestias a los vecinos durante la fase
de obras. Para ello se plantean medidas de limitar el plazo de la obra, la correcta gestión
del tráfico de obra, y, además, la contratación de mano de obra local, como correctora se
prevé la reposición de servidumbres y caminos.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana
informa del riesgo de contaminación de acuíferos destinados al abastecimiento de agua
de consumo humano, así como de la disminución de la calidad del aire y el aumento de
la contaminación acústica, que podría suponer un riesgo para la salud humana. Es por
ello que este organismo expone una serie de medidas preventivas, las cuales se
incluyen como parte del condicionado de esta resolución.
Patrimonio cultural: En la búsqueda bibliográfica en referencia al patrimonio, se
detecta el Bien de Relevancia Local (BRL) Villa Romana de la Font Roja, a unos 500 m,
además de dos zonas de dispersión cerámica y varios bienes patrimoniales,
principalmente de la época Contemporánea. En cuanto a los yacimientos arqueológicos,
podría sufrir un impacto el Área de dispersión cerámica de «Terra Sigillata Africana»
(TSA): Corral de Tarín. En cuanto a los bienes etnológicos, aquellos con cierto grado de
afección son el Pozo de Riego, Masía del Rincón/Casa Celestino, molino hidráulico y el
Sistema de Irrigación.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana informa
que en las proximidades de la instalación de la PSFV Los Arroyos I se ubican los restos
de un aeródromo de la guerra civil, por lo que podría ser de aplicación el Decretoley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de
instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia
climática y la necesidad de la urgente reactivación económica. Sin embargo, la cita
normativa es aplicable exclusivamente a aquellas instalaciones cuya autorización es
competencia la comunidad autónoma.
Por su parte, el promotor niega la existencia de dicho aeródromo tras las
prospecciones arqueológicas realizadas in situ e informa que esa zona está muy
antropizada, con infraestructuras eléctricas, y reconvertida a zona de cultivos frutales.
En cualquier caso, la planta proyecta no se ubica sobre el citado aeródromo de la
guerra civil.
De otra parte, la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat
Valenciana informa que en referencia al patrimonio etnológico se identifican 7 bienes,
que se ubican dentro de las parcelas o adyacentes a la instalación y pueden ser
afectadas de forma indirecta, informando favorablemente la memoria presentada por el
promotor respecto a las medidas a implementar durante la construcción.
cve: BOE-A-2023-2439
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13234
el proyecto se asienta parcialmente sobre dos corredores ecológicos, uno terrestre,
correspondiente al tercio sur del proyecto, y otro fluvial, afectado por el último fragmento
de la línea de 132 kV. Si bien no se detectan restricciones en la zona del proyecto con
respecto al PORN ni los corredores ecológicos, se tendrán en cuenta las limitaciones y
condiciones establecidas en la legislación vigente.
Paisaje: El proyecto se sitúa sobre la unidad paisajística «Campos agrícolas de
regadío» donde el relieve del terreno disimula las instalaciones. El mayor impacto
previsible es el impacto visual por la incorporación de las nuevas infraestructuras al
ámbito. Se contemplan medidas de integración paisajística como la adaptación cromática
de las edificaciones con las construcciones rurales de la zona, la realización de un
estudio de integración paisajística de detalle, el mantenimiento de pies vegetales de
interés y la integración de la línea de evacuación. Además, se prevé la realización de
una pantalla vegetal alrededor del vallado perimetral del proyecto y la restauración
paisajística.
Salud y población: Los núcleos poblacionales más cercanos son los municipios de
Catadau, situado aproximadamente a 1,7 km al norte de las instalaciones de la PSFV,
Por su parte, los núcleos de Carlet, Benimodo y L’Alcudia se sitúan respectivamente a
unos 1,6, 1,2 y 2,4 km de la LAT 132 kV.
Los impactos previstos son principalmente las molestias a los vecinos durante la fase
de obras. Para ello se plantean medidas de limitar el plazo de la obra, la correcta gestión
del tráfico de obra, y, además, la contratación de mano de obra local, como correctora se
prevé la reposición de servidumbres y caminos.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana
informa del riesgo de contaminación de acuíferos destinados al abastecimiento de agua
de consumo humano, así como de la disminución de la calidad del aire y el aumento de
la contaminación acústica, que podría suponer un riesgo para la salud humana. Es por
ello que este organismo expone una serie de medidas preventivas, las cuales se
incluyen como parte del condicionado de esta resolución.
Patrimonio cultural: En la búsqueda bibliográfica en referencia al patrimonio, se
detecta el Bien de Relevancia Local (BRL) Villa Romana de la Font Roja, a unos 500 m,
además de dos zonas de dispersión cerámica y varios bienes patrimoniales,
principalmente de la época Contemporánea. En cuanto a los yacimientos arqueológicos,
podría sufrir un impacto el Área de dispersión cerámica de «Terra Sigillata Africana»
(TSA): Corral de Tarín. En cuanto a los bienes etnológicos, aquellos con cierto grado de
afección son el Pozo de Riego, Masía del Rincón/Casa Celestino, molino hidráulico y el
Sistema de Irrigación.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana informa
que en las proximidades de la instalación de la PSFV Los Arroyos I se ubican los restos
de un aeródromo de la guerra civil, por lo que podría ser de aplicación el Decretoley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de
instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia
climática y la necesidad de la urgente reactivación económica. Sin embargo, la cita
normativa es aplicable exclusivamente a aquellas instalaciones cuya autorización es
competencia la comunidad autónoma.
Por su parte, el promotor niega la existencia de dicho aeródromo tras las
prospecciones arqueológicas realizadas in situ e informa que esa zona está muy
antropizada, con infraestructuras eléctricas, y reconvertida a zona de cultivos frutales.
En cualquier caso, la planta proyecta no se ubica sobre el citado aeródromo de la
guerra civil.
De otra parte, la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat
Valenciana informa que en referencia al patrimonio etnológico se identifican 7 bienes,
que se ubican dentro de las parcelas o adyacentes a la instalación y pueden ser
afectadas de forma indirecta, informando favorablemente la memoria presentada por el
promotor respecto a las medidas a implementar durante la construcción.
cve: BOE-A-2023-2439
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25