III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2438)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Rueda Solar de 292 MWp/260 MWn, en Pedrola, Plasencia de Jalón y Rueda de Jalón (Zaragoza) y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13220

eólicos conlleva un importante cambio en los usos del suelo repercutiendo sobre la
disponibilidad de recursos tróficos para las rapaces y una alteración de sus hábitos de
campeo, con riesgo de colisión con la LAAT.
La Sociedad Española de Ornitología (SEO), señala que el proyecto se ubica en un
área con una elevada importancia ornítica y existe un elevado riesgo de muerte para la
avifauna, así como un elevado efecto barrera con consecuencias para la reproducción y
supervivencia.
El vallado de la planta solar, con 41.700 m de longitud supone un impacto añadido al
reducir de una forma importante la permeabilidad del hábitat, lo que supondrá un efecto
barrera notable. También podría actuar negativamente sobre algunas especies de
mamíferos, a causa del aislamiento reproductor y los problemas de endogamia y riesgo
de desaparición de pequeñas poblaciones.
De acuerdo, con el INAGA, el vallado cinegético propuesto, sin pasos de fauna,
podría no dar cumplimiento con lo indicado en el artículo 65.3.f) de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, de Patrimonio Natural y la Biodiversidad que señala que los vallados
deberán construirse de forma tal que, en la totalidad de su perímetro no impidan la
circulación de la fauna silvestre.
El promotor propone estar dispuesto a la apertura de más espacios modificando el
vallado proyectado, aunque conllevaría una mayor longitud de este. Sin embargo, no
especifica nada en relación a los pasos de fauna.
De la información que obra en el expediente, se concluye que la construcción del
parque supone una importante pérdida de hábitat para el campeo, reposo, alimentación y
reproducción, para un importante número de especies incluidas en los en los catálogos,
listas de especies y directivas de aves con un estatus de conservación importante (varias
en peligro de extinción), afecta en su en su totalidad a áreas críticas para la
conservación del hábitat del cernícalo primilla en una de las zonas de Aragón con mayor
presencia de esta especie, este impacto es particularmente grave y a áreas que están
contempladas en el proyecto de plan de recuperación conjunto de sisón, ganga ibérica y
ganga ortega preparado por la Comunidad de Aragón. Ocupa también varias cuadrículas
consideradas como zonas altamente sensibles para la conservación de aves esteparias,
de acuerdo con la «Guía metodológica para la valoración de repercusiones de las
instalaciones solares sobre especies de avifauna esteparia» del MITECO. El efecto
sobre estas mismas especies se ve agravado por la afección del resto de los parques
fotovoltaicos en tramitación.
Este órgano ambiental considera que teniendo en cuenta el alcance de los impactos
del proyecto sobre la avifauna, las alternativas seleccionadas para la ubicación del
proyecto no evitan los impactos sobre las áreas críticas del cernícalo primilla, ni sobre las
áreas preseleccionadas para las aves esteparias en Aragón, ni opta por medidas que
eviten o eliminen los efectos que sobre la especie o su hábitat etc. Asimismo, considera
que la documentación adicional adolece de respuesta sobre la afección a determinadas
especies que pudieran verse afectadas por el proyecto como la alondra ricotí, el
aguilucho cenizo, alimoche, buitre o la culebra europea.
b.4) Espacios Red Natura 2000 y otras zonas protegidas.
Las instalaciones proyectadas no afectan de manera directa a ningún espacio de la
Red Natura 2000, siendo los más cercanos los siguientes:
– ZEC y ZEPA ES2430090 «Dehesa de Rueda y Montolar», a 2,3 Km al sureste de
la LAAT de evacuación a 400 kV.
– ZEC ES2430090 «Dehesa de Rueda-Montolar», situado a unos 3,2 km al este de
la LAAT.
– ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos» situado a unos 5,5 km al noroeste
del recinto solar.

cve: BOE-A-2023-2438
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 25