III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2437)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Maya de 51,975 MW, y su infraestructura de evacuación, en Guriezo y Castro-Urdiales (Cantabria) y Sopuerta, Galdames, Muskiz y Abanto Zierbena (Bizkaia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13200
alimoche. En cuanto al buitre leonado, tiene una tendencia positiva en la región y sus
efectivos son abundantes, pero el parque podría suponer una tasa de mortalidad más
elevada de lo normal.
El estudio concluye que las posiciones MA-13, MA-14 y MA-15 tienen riesgo
potencial muy alto, por lo que el promotor las suprime del parque eólico tras el proceso
de información pública, las posiciones MA-07, MA-08, MA-09, MA-10, MA-11 y MA-12
tienen un riesgo potencial alto e impacto severo, mientras que para el resto (MA-02,
MA-03, MA-04, MA-05 y MA-06) el riesgo es medio e impacto moderado, tras el
desistimiento del aerogenerador MA-01 para evitar interferencias con las servidumbres
aeronáuticas. Para la LAAT, concluye que el riesgo es medio y el impacto moderado. Con
carácter general, la proximidad y densidad de nidos y colonias de rapaces carroñeras
implica la necesidad de poner en marcha un riguroso programa de seguimiento de la
mortalidad y medidas correctoras destinadas a evitar accidentes, mediante un sistema
continuo de vigilancia y paradas selectivas.
En la valoración de los impactos sobre los quirópteros, el promotor considera más
peligrosas las posiciones MA-01, descartada finalmente, las MA-03, MA-09, MA-10,
MA-11, MA-12, MA-13 y MA-15, asimismo descartadas por situarse en áreas
susceptibles de ser corredores forestales, tanto entre eucaliptos, como con robledales.
Las posiciones MA-02, MA-06, MA-07, MA-14, esta última descartada por el promotor, se
encuentran a menos de 50 m de algún borde forestal formado por eucaliptos, con lo que
el riesgo puede ser alto, con árboles desarrollados, y bajo, sin ellos. Las posiciones
MA-04, MA-05 y MA-08 se encuentran elevadas y a más de 100 m de borde forestal, por
lo que el riesgo es considerado menor. Como medidas, se propone la eliminación de
eucaliptos en un radio de 100 m alrededor de cada aerogenerador e impedir el arranque
de todos los aerogeneradores con velocidades de viento inferiores a 5-6 m/s durante los
periodos de mayor actividad. Además, se expone la puesta en marcha de un plan de
vigilancia ambiental específico para detectar mortalidades y cambios en el uso del
hábitat en el área afectada por el parque eólico mediante detectores de ultrasonidos,
mantener el parque sin fuentes de iluminación (más allá de las balizas de las barquetas)
que puedan atraer presas para los murciélagos (insectos voladores) y la revisión de
velocidades de arranque y paradas selectivas en aerogeneradores conflictivos.
El Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia no encuentra
justificación para la construcción la línea eléctrica de alta tensión ya que el trazado afecta
a lugares de nidificación de distintas especies de aves del catálogo vasco de especies
amenazadas, entre las que destaca el azor común (Accipiter gentilis) y el abejero
europeo (Pernis apivorus), emitiendo un informe negativo por afección a la biodiversidad.
Por otro lado, expone que los aerogeneradores MA-13, MA-14 y MA-15 se ubicarían
sobre el hábitat de interés comunitario 6230* «Formaciones herbosas con Nardus, con
numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas
submontañosas de la Europa continental», prioritario, y en las inmediaciones del área
crítica para el alimoche (Neophron percnopterus), siendo previsible que su
funcionamiento sea causa posible de mortalidad de ejemplares de dicha especie.
Además, de la afección directa a los ejemplares en vuelo, destaca la notabilísima
afección paisajística de estos tres aerogeneradores, afectando a la propia nidificación del
alimoche en el área crítica cercana, lo que pudiera suponer la desaparición de dicho
lugar de nidificación, solicitando la supresión, como mínimo, de los aerogeneradores
MA-13, MA-14 y MA-15 del proyecto de parque eólico y la ubicación de la SET del
parque eólico en un lugar más cercano a la futura SET de Vallegón.
El promotor desiste de los tres aerogeneradores (MA-13, MA-14 y MA-15) y expone
que, tras el estudio de las diferentes posibilidades de conexión en la red eléctrica de
transporte y distribución existente, en relación con la ubicación de la instalación de
generación, de las opciones de evacuación posibles, se optó por utilizar como punto de
conexión la SET Abanto 132 kV.
Como respuesta, el Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia,
emite, nuevo informe negativo, con fecha de 12 de noviembre de 2021 respecto a la
cve: BOE-A-2023-2437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13200
alimoche. En cuanto al buitre leonado, tiene una tendencia positiva en la región y sus
efectivos son abundantes, pero el parque podría suponer una tasa de mortalidad más
elevada de lo normal.
El estudio concluye que las posiciones MA-13, MA-14 y MA-15 tienen riesgo
potencial muy alto, por lo que el promotor las suprime del parque eólico tras el proceso
de información pública, las posiciones MA-07, MA-08, MA-09, MA-10, MA-11 y MA-12
tienen un riesgo potencial alto e impacto severo, mientras que para el resto (MA-02,
MA-03, MA-04, MA-05 y MA-06) el riesgo es medio e impacto moderado, tras el
desistimiento del aerogenerador MA-01 para evitar interferencias con las servidumbres
aeronáuticas. Para la LAAT, concluye que el riesgo es medio y el impacto moderado. Con
carácter general, la proximidad y densidad de nidos y colonias de rapaces carroñeras
implica la necesidad de poner en marcha un riguroso programa de seguimiento de la
mortalidad y medidas correctoras destinadas a evitar accidentes, mediante un sistema
continuo de vigilancia y paradas selectivas.
En la valoración de los impactos sobre los quirópteros, el promotor considera más
peligrosas las posiciones MA-01, descartada finalmente, las MA-03, MA-09, MA-10,
MA-11, MA-12, MA-13 y MA-15, asimismo descartadas por situarse en áreas
susceptibles de ser corredores forestales, tanto entre eucaliptos, como con robledales.
Las posiciones MA-02, MA-06, MA-07, MA-14, esta última descartada por el promotor, se
encuentran a menos de 50 m de algún borde forestal formado por eucaliptos, con lo que
el riesgo puede ser alto, con árboles desarrollados, y bajo, sin ellos. Las posiciones
MA-04, MA-05 y MA-08 se encuentran elevadas y a más de 100 m de borde forestal, por
lo que el riesgo es considerado menor. Como medidas, se propone la eliminación de
eucaliptos en un radio de 100 m alrededor de cada aerogenerador e impedir el arranque
de todos los aerogeneradores con velocidades de viento inferiores a 5-6 m/s durante los
periodos de mayor actividad. Además, se expone la puesta en marcha de un plan de
vigilancia ambiental específico para detectar mortalidades y cambios en el uso del
hábitat en el área afectada por el parque eólico mediante detectores de ultrasonidos,
mantener el parque sin fuentes de iluminación (más allá de las balizas de las barquetas)
que puedan atraer presas para los murciélagos (insectos voladores) y la revisión de
velocidades de arranque y paradas selectivas en aerogeneradores conflictivos.
El Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia no encuentra
justificación para la construcción la línea eléctrica de alta tensión ya que el trazado afecta
a lugares de nidificación de distintas especies de aves del catálogo vasco de especies
amenazadas, entre las que destaca el azor común (Accipiter gentilis) y el abejero
europeo (Pernis apivorus), emitiendo un informe negativo por afección a la biodiversidad.
Por otro lado, expone que los aerogeneradores MA-13, MA-14 y MA-15 se ubicarían
sobre el hábitat de interés comunitario 6230* «Formaciones herbosas con Nardus, con
numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas
submontañosas de la Europa continental», prioritario, y en las inmediaciones del área
crítica para el alimoche (Neophron percnopterus), siendo previsible que su
funcionamiento sea causa posible de mortalidad de ejemplares de dicha especie.
Además, de la afección directa a los ejemplares en vuelo, destaca la notabilísima
afección paisajística de estos tres aerogeneradores, afectando a la propia nidificación del
alimoche en el área crítica cercana, lo que pudiera suponer la desaparición de dicho
lugar de nidificación, solicitando la supresión, como mínimo, de los aerogeneradores
MA-13, MA-14 y MA-15 del proyecto de parque eólico y la ubicación de la SET del
parque eólico en un lugar más cercano a la futura SET de Vallegón.
El promotor desiste de los tres aerogeneradores (MA-13, MA-14 y MA-15) y expone
que, tras el estudio de las diferentes posibilidades de conexión en la red eléctrica de
transporte y distribución existente, en relación con la ubicación de la instalación de
generación, de las opciones de evacuación posibles, se optó por utilizar como punto de
conexión la SET Abanto 132 kV.
Como respuesta, el Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia,
emite, nuevo informe negativo, con fecha de 12 de noviembre de 2021 respecto a la
cve: BOE-A-2023-2437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25