III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2434)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Somozas Solar, de 181,35 MW, y Maragato Solar 1, de 181,35 MW, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de León".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13135
Las principales medidas son las siguientes: exclusión para la ubicación de paneles
de las zonas con vegetación de mayor valor (zonas húmedas, áreas forestales y áreas
de encinar denso); prospección previa al inicio de las obras de flora amenazada y/o
vegetación de interés; balizamiento de zonas que contengan valores naturales de
interés, en las que se evitarán las acciones que puedan afectarlos; minimización
de desbroces y eliminación de vegetación y aplicación de podas en lugar de apeos,
principalmente en las zonas limítrofes con las zonas excluidas de las plantas solares;
limitación de cortas a lo estrictamente necesario, que deberán contar con autorización;
implantación de 8 pantallas vegetales, compuestas por un mínimo de 4-5 especies,
formando bosquetes, en una superficie de 29,2 ha y un total de 8.776 ejemplares, así
como otros 108 ejemplares a lo largo del Camino Gallego, que discurre por el interior de
las plantas; control y gestión de la vegetación con medios mecánicos ligeros como
complemento al ganado ovino de carácter extensivo, evitando el empleo de fitosanitarios;
restitución ambiental a la finalización de las obras, así como tras el desmantelamiento.
Asimismo, incluye medidas específicas para la línea de evacuación aérea como el
empleo de maquinaria ligera en los accesos y evitar siempre que sea posible la ejecución
de explanaciones, minimización de daños a la vegetación, HIC y flora protegida, y otras
medidas en relación con los montes de utilidad pública (MUP) que se recogen
posteriormente.
El EsIA incorpora un Plan de Restauración con medidas de restauración que incluye
la revegetación de zonas afectadas y la creación de praderas entre módulos. También
incluye un apartado de medidas compensatorias, entre las cuales se recogen actuaciones
sobre zonas húmedas (mantenimiento y mejora de 4 charcas, y recuperación de
praderas y setos vivos asociados en zonas de ribera), creación de hábitats para aves
esteparias (se desarrolla posteriormente en el apartado de fauna), plantaciones
compensatorias (se prevé la tala de 373 ejemplares de encina y el promotor plantea una
plantación compensatoria de 9 ha aproximadamente, con un total de 2.797 ejemplares) y
tratamientos selvícolas en zonas forestales cercanas (en un total de 8,3 ha de masas
forestales de repoblación de coníferas). Tras la autorización, se ajustarán las medidas
del plan para las dos plantas, que deberá ser informado por el Servicio Territorial.
La DGPNyPF, en el informe al trámite de consultas, señala que una parte importante
de las plantas y amplios tramos de la línea ocupan superficies forestales arboladas de
elevado interés, con un impacto severo, por lo que informa desfavorablemente.
Asimismo, señala que las actuaciones previstas suponen una afección muy relevante a
varios HIC presentes. Informa de otros aspectos y concluye que considera imprescindible el
soterramiento de la línea aprovechando caminos y otras vías de comunicación
estableciendo como condición procurar no afectar a los HIC existentes.
El informe relaciona diversas especies de flora incluidos en el Catálogo Regional de
Flora Protegida, que se verían afectadas por las instalaciones. Asimismo, se recogen
determinadas condiciones, muchas de ellas incorporadas posteriormente en las adendas
por el promotor.
El Ayuntamiento de Valderrey señala que se deben disponer al menos 5 ejemplares
arbóreos por cada nueva edificación cuando la superficie sea inferior a 100 m2, y uno
más por cada 20 m2 más o fracción, además de acompañarse del arbolado de todos los
linderos de la parcela, con el fin de corregir el impacto visual y otras consideraciones.
El promotor responde que estos aspectos quedan ya especificados en las medidas
correctoras y compensatorias del EsIA.
3.2.5
Fauna.
Para caracterizar la comunidad faunística del ámbito de estudio, se ha consultado
información bibliográfica de diversas fuentes y se han cruzado los resultados con los
cve: BOE-A-2023-2434
Verificable en https://www.boe.es
– Dentro de la superficie ocupada por la SET se afectarán 1,88 ha de cultivos.
Dentro de la superficie ocupada por el CS se afectarán 0,42 ha de rebollar y 0,1 ha del
HIC 9230.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13135
Las principales medidas son las siguientes: exclusión para la ubicación de paneles
de las zonas con vegetación de mayor valor (zonas húmedas, áreas forestales y áreas
de encinar denso); prospección previa al inicio de las obras de flora amenazada y/o
vegetación de interés; balizamiento de zonas que contengan valores naturales de
interés, en las que se evitarán las acciones que puedan afectarlos; minimización
de desbroces y eliminación de vegetación y aplicación de podas en lugar de apeos,
principalmente en las zonas limítrofes con las zonas excluidas de las plantas solares;
limitación de cortas a lo estrictamente necesario, que deberán contar con autorización;
implantación de 8 pantallas vegetales, compuestas por un mínimo de 4-5 especies,
formando bosquetes, en una superficie de 29,2 ha y un total de 8.776 ejemplares, así
como otros 108 ejemplares a lo largo del Camino Gallego, que discurre por el interior de
las plantas; control y gestión de la vegetación con medios mecánicos ligeros como
complemento al ganado ovino de carácter extensivo, evitando el empleo de fitosanitarios;
restitución ambiental a la finalización de las obras, así como tras el desmantelamiento.
Asimismo, incluye medidas específicas para la línea de evacuación aérea como el
empleo de maquinaria ligera en los accesos y evitar siempre que sea posible la ejecución
de explanaciones, minimización de daños a la vegetación, HIC y flora protegida, y otras
medidas en relación con los montes de utilidad pública (MUP) que se recogen
posteriormente.
El EsIA incorpora un Plan de Restauración con medidas de restauración que incluye
la revegetación de zonas afectadas y la creación de praderas entre módulos. También
incluye un apartado de medidas compensatorias, entre las cuales se recogen actuaciones
sobre zonas húmedas (mantenimiento y mejora de 4 charcas, y recuperación de
praderas y setos vivos asociados en zonas de ribera), creación de hábitats para aves
esteparias (se desarrolla posteriormente en el apartado de fauna), plantaciones
compensatorias (se prevé la tala de 373 ejemplares de encina y el promotor plantea una
plantación compensatoria de 9 ha aproximadamente, con un total de 2.797 ejemplares) y
tratamientos selvícolas en zonas forestales cercanas (en un total de 8,3 ha de masas
forestales de repoblación de coníferas). Tras la autorización, se ajustarán las medidas
del plan para las dos plantas, que deberá ser informado por el Servicio Territorial.
La DGPNyPF, en el informe al trámite de consultas, señala que una parte importante
de las plantas y amplios tramos de la línea ocupan superficies forestales arboladas de
elevado interés, con un impacto severo, por lo que informa desfavorablemente.
Asimismo, señala que las actuaciones previstas suponen una afección muy relevante a
varios HIC presentes. Informa de otros aspectos y concluye que considera imprescindible el
soterramiento de la línea aprovechando caminos y otras vías de comunicación
estableciendo como condición procurar no afectar a los HIC existentes.
El informe relaciona diversas especies de flora incluidos en el Catálogo Regional de
Flora Protegida, que se verían afectadas por las instalaciones. Asimismo, se recogen
determinadas condiciones, muchas de ellas incorporadas posteriormente en las adendas
por el promotor.
El Ayuntamiento de Valderrey señala que se deben disponer al menos 5 ejemplares
arbóreos por cada nueva edificación cuando la superficie sea inferior a 100 m2, y uno
más por cada 20 m2 más o fracción, además de acompañarse del arbolado de todos los
linderos de la parcela, con el fin de corregir el impacto visual y otras consideraciones.
El promotor responde que estos aspectos quedan ya especificados en las medidas
correctoras y compensatorias del EsIA.
3.2.5
Fauna.
Para caracterizar la comunidad faunística del ámbito de estudio, se ha consultado
información bibliográfica de diversas fuentes y se han cruzado los resultados con los
cve: BOE-A-2023-2434
Verificable en https://www.boe.es
– Dentro de la superficie ocupada por la SET se afectarán 1,88 ha de cultivos.
Dentro de la superficie ocupada por el CS se afectarán 0,42 ha de rebollar y 0,1 ha del
HIC 9230.