III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2434)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Somozas Solar, de 181,35 MW, y Maragato Solar 1, de 181,35 MW, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de León".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13149

presentará ante el organismo de cuenca la documentación preceptiva del proyecto, en su
diseño final, que, en todo caso, deberá ajustarse a las conclusiones de los estudios
hidrológicos y de inundaciones y contar con la conformidad del organismo de cuenca
previamente a la autorización del proyecto.
Flora, vegetación y hábitats.

1. Se realizará una prospección de campo con la finalidad de identificar y cuantificar
con precisión las comunidades de vegetación de interés y HIC coincidentes con los
elementos de las plantas y con el trazado final de la línea de evacuación. En caso de
confirmarse la presencia de cualquiera de las anteriores el promotor incorporará al
proyecto las medidas adecuadas para evitar su afección y, si no fuera posible, procederá
a su restauración en caso de degradación temporal. En último extremo, compensará las
superficies que resulten afectadas permanentemente en una magnitud equivalente con el
mismo tipo de hábitat.
Las restauraciones se realizarán mediante la preparación o acondicionamiento del
suelo e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción
de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia el hábitat preexistente.
El mismo criterio se aplicará a las compensaciones de superficie de los diferentes tipos
de hábitats y comunidades vegetales de interés.
2. Conforme a lo informado por la DGPNyPF, se realizará una prospección para
detectar la presencia de taxones de flora protegida recogidas en el LESRPE, como
Festuca elegans y Narcissus triandrus, o en el Catálogo Regional, como Gyrocaryum
oppositifolium, Pholiurus pannonicus, Sedum aetnense, Senecio doria y Paradisea
lusitánica. En caso de detectar la presencia de ejemplares, se procederá a señalizar la
zona y se comunicará con anterioridad al inicio de las obras al Servicio Territorial de
León que propondrá las medidas a aplicar, entre ellas pequeñas modificaciones o
traslocación de ejemplares.
3. De acuerdo con lo informado por la DGPNyPF deberá ajustarse el trazado del
tramo finalmente soterrado de la línea de evacuación entre la SET Valderrey y el punto
de conexión con la línea compartida (apoyo 34 del trazado aéreo) para evitar las
vaguadas, arroyos y cauces, así como zonas húmedas y encharcadas que puedan
albergar taxones de flora protegida y HIC relevantes. Es recomendable que el trazado
aproveche al máximo los márgenes de caminos existentes.
4. El Plan de Restauración propuesto por el promotor concretará y cuantificará las
superficies de vegetación natural de interés y de HIC finalmente afectadas temporal y
permanentemente por el proyecto. El plan incluirá las acciones de restauración y
compensación de las anteriores, así como la creación de praderas entre módulos,
actuaciones sobre zonas húmedas, creación de hábitats para aves esteparias,
tratamientos selvícolas, apantallamientos y actuaciones dirigidas a la protección de las
especies de flora protegida. Especificará los métodos de preparación del suelo, especies
vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas,
así como el presupuesto, cronograma y cartografía de todas las actuaciones a escala de
proyecto ejecutivo. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia durante la vida útil
del proyecto de las formaciones vegetales implantadas, contemplando la reposición
de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso. El plan deberá disponer de
la conformidad de la Administración regional competente previamente al inicio de la
ejecución del proyecto.
1.3.3

Fauna.

1. La prospección propuesta por el promotor para identificar la posible presencia de
especies de fauna amenazadas, así como nidos y/o refugios, tomará en especial
consideración a las especies sisón, aguilucho cenizo, milano real y cernícalo primilla, así
como a las aves rapaces potencialmente reproductoras en el área de estudio y se
realizará previamente y durante la ejecución de las obras. En caso de detectarse alguno

cve: BOE-A-2023-2434
Verificable en https://www.boe.es

1.3.2