III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2432)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos 'Sanabria Solar', de 100 MWp / 95 MWn, 'Gallocanta Solar', de 96,3 MWp / 91,2 MWn y 'Varadero Solar', de 55,50 MWp / 47,71 MWn, y su infraestructura de evacuación en Loeches (Madrid)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13093
basadas en el marco legislativo de la gestión de residuos (piedras y tierras sin sustancias
peligrosas, residuos de construcción y demolición, residuos peligrosos, etc.). Indica que
el promotor debe incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.
En su respuesta, el promotor ratifica el cumplimiento de la legislación y la inclusión de
medidas que disminuyen la cantidad de residuos generados, como evitar el trabajo sobre
pendientes mayores al 15%. En el EsIA ya se contempla la futura elaboración del estudio
solicitado.
El Ayuntamiento de Loeches indica que se afectará al suelo por la realización de
movimientos de tierras (por la creación de explanaciones, pistas, etc.) en zonas de valor
ambiental, lo cual no puede solucionarse con medidas correctoras, conllevando un alto
riesgo de erosión. El promotor indica que los movimientos de tierra serán limitados
gracias al hincado, y que la erosión será puntual ya que el suelo albergará una cubierta
vegetal, informando haber analizado ya en el EsIA su impacto proponiendo medidas
correctoras; además, en la adenda presentada se disminuye la superficie de suelo
ocupado y, por tanto, su afección.
Agua.
El proyecto se sitúa en la demarcación hidrográfica del Tajo, apareciendo en el
ámbito de actuación diversos cauces y arroyos: Vertiente del Rollo, Barranco de
Valdeaparicio, el Arroyo Támbara y el cauce principal, Arroyo de Valdegatos, ubicado en
una vaguada que atraviesa las plantas Gallocanta y Sanabria Solar de NE a O, si bien,
por los terrenos de la implantación de las plantas fotovoltaicas (en adelante –PSFs–) y
las líneas de evacuación hasta la SET Nimbo, no discurre ningún cauce permanente. La
zona de estudio se encuentra sobre las masas de agua subterránea, de La Alcarria y
Aluviales Jarama-Tajuña. El promotor asegura que no existe afección al Dominio Público
Hidráulico (DPH) ni a la zona de servidumbre de los cauces identificados, respetándose
una distancia de 5 m para la implantación del vallado. Varios viales internos y la línea de
evacuación soterrada atraviesan los cauces, y se solicitarán los permisos
correspondientes.
Tras el análisis del riesgo de erosión sobre la zona del emplazamiento, propone
aplicar mulch de paja y revegetar las zonas identificadas con mayor erosión. Los
movimientos de tierra, tránsito de maquinaria y restos de trabajos a realizar durante la
fase de construcción pueden afectar a los cauces por deposición de polvo, arrastre de
tierra y/o contaminantes por escorrentía o daños por tránsito de la maquinaria de obra. El
EsIA incluye medidas como la realización de las zanjas para cables en los cruces de los
barrancos y cauces fuera de periodo lluvioso o la instalación de barreras de retención de
sedimentos para evitar arrastres de material.
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfica incluye una serie de prescripciones generales, y
propone actuaciones para la protección de las masas de agua como la construcción de
un foso de aceite bajo los transformadores, o en caso de que el vallado del cerramiento
discurra por encima de cualquier cauce, dejarlo expedito de manera que se permita la
libre circulación de las aguas.
En su respuesta, el promotor adjunta la metodología a llevar a cabo para el
cumplimiento de las prescripciones recogidas, indicando que el vallado se diseñará de
forma que el cerramiento quede sobreelevado sobre el cauce en al menos un metro.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid considera necesario mantener toda la red de arroyos estacionales o permanentes
con una zona de reserva naturalizada, mayor de 20 m a cada lado, para recibir y
encauzar las escorrentías y evacuar eventuales inundaciones.
El promotor indica que el desarrollo del proyecto se efectuará cumpliendo con los
requerimientos del Reglamento del DPH. Como ya se indicó, por la zona de implantación
del proyecto no discurre ningún cauce permanente. El vallado intentará dejar libres los
cauces.
cve: BOE-A-2023-2432
Verificable en https://www.boe.es
3.2.3
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13093
basadas en el marco legislativo de la gestión de residuos (piedras y tierras sin sustancias
peligrosas, residuos de construcción y demolición, residuos peligrosos, etc.). Indica que
el promotor debe incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.
En su respuesta, el promotor ratifica el cumplimiento de la legislación y la inclusión de
medidas que disminuyen la cantidad de residuos generados, como evitar el trabajo sobre
pendientes mayores al 15%. En el EsIA ya se contempla la futura elaboración del estudio
solicitado.
El Ayuntamiento de Loeches indica que se afectará al suelo por la realización de
movimientos de tierras (por la creación de explanaciones, pistas, etc.) en zonas de valor
ambiental, lo cual no puede solucionarse con medidas correctoras, conllevando un alto
riesgo de erosión. El promotor indica que los movimientos de tierra serán limitados
gracias al hincado, y que la erosión será puntual ya que el suelo albergará una cubierta
vegetal, informando haber analizado ya en el EsIA su impacto proponiendo medidas
correctoras; además, en la adenda presentada se disminuye la superficie de suelo
ocupado y, por tanto, su afección.
Agua.
El proyecto se sitúa en la demarcación hidrográfica del Tajo, apareciendo en el
ámbito de actuación diversos cauces y arroyos: Vertiente del Rollo, Barranco de
Valdeaparicio, el Arroyo Támbara y el cauce principal, Arroyo de Valdegatos, ubicado en
una vaguada que atraviesa las plantas Gallocanta y Sanabria Solar de NE a O, si bien,
por los terrenos de la implantación de las plantas fotovoltaicas (en adelante –PSFs–) y
las líneas de evacuación hasta la SET Nimbo, no discurre ningún cauce permanente. La
zona de estudio se encuentra sobre las masas de agua subterránea, de La Alcarria y
Aluviales Jarama-Tajuña. El promotor asegura que no existe afección al Dominio Público
Hidráulico (DPH) ni a la zona de servidumbre de los cauces identificados, respetándose
una distancia de 5 m para la implantación del vallado. Varios viales internos y la línea de
evacuación soterrada atraviesan los cauces, y se solicitarán los permisos
correspondientes.
Tras el análisis del riesgo de erosión sobre la zona del emplazamiento, propone
aplicar mulch de paja y revegetar las zonas identificadas con mayor erosión. Los
movimientos de tierra, tránsito de maquinaria y restos de trabajos a realizar durante la
fase de construcción pueden afectar a los cauces por deposición de polvo, arrastre de
tierra y/o contaminantes por escorrentía o daños por tránsito de la maquinaria de obra. El
EsIA incluye medidas como la realización de las zanjas para cables en los cruces de los
barrancos y cauces fuera de periodo lluvioso o la instalación de barreras de retención de
sedimentos para evitar arrastres de material.
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfica incluye una serie de prescripciones generales, y
propone actuaciones para la protección de las masas de agua como la construcción de
un foso de aceite bajo los transformadores, o en caso de que el vallado del cerramiento
discurra por encima de cualquier cauce, dejarlo expedito de manera que se permita la
libre circulación de las aguas.
En su respuesta, el promotor adjunta la metodología a llevar a cabo para el
cumplimiento de las prescripciones recogidas, indicando que el vallado se diseñará de
forma que el cerramiento quede sobreelevado sobre el cauce en al menos un metro.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid considera necesario mantener toda la red de arroyos estacionales o permanentes
con una zona de reserva naturalizada, mayor de 20 m a cada lado, para recibir y
encauzar las escorrentías y evacuar eventuales inundaciones.
El promotor indica que el desarrollo del proyecto se efectuará cumpliendo con los
requerimientos del Reglamento del DPH. Como ya se indicó, por la zona de implantación
del proyecto no discurre ningún cauce permanente. El vallado intentará dejar libres los
cauces.
cve: BOE-A-2023-2432
Verificable en https://www.boe.es
3.2.3