III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2430)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Fausita Solar de 250 MWp y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Murcia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13054
y posibilitar la expansión de las poblaciones de la especie en peligro de extinción Biarum
dispar, también se excluirá de la planta y se dedicará y gestionará para estos fines
durante todo el ciclo de vida de la planta. El proyecto constructivo incluirá un análisis por
botánico especializado de la capacidad de las vaguadas de las parcelas utilizadas para
el proyecto para este fin, que concluirá con la identificación y protección de las zonas
más apropiadas.
e) Se respetarán los taludes y lindes entre parcelas de cultivo preexistentes,
balizándolos para protegerlos en fase de construcción.
f) Para la aprobación del proyecto constructivo de la línea de evacuación el
promotor deberá acreditar disponer de expresa conformidad de la Dirección General del
Medio Natural de la Región de Murcia con las acciones de dicho proyecto,
documentadas en un anexo que incluya cartografía detallada de los caminos de acceso
a los apoyos, cuantificación y representación cartográfica detallada tanto la superficie
afectada por las ocupaciones temporales con posibilidad de restauración como de las
superficies con ocupación permanente, las labores de restablecimiento de hábitats
temporalmente alterados por la construcción de dicho tendido, detalle de las medidas
compensatorias por las pérdidas ocasionadas a los hábitats de interés comunitario, la
representación cartográfica detallada de las medidas de protección individual de
especies protegidas en el entorno del trazado del tendido eléctrico, y detalle del
tratamiento a aplicar durante la fase de funcionamiento de la línea, en lo relativo a las
labores de mantenimiento y conservación y eventuales actuaciones en caso de
emergencia que puedan afectar a dichos hábitats. En caso de que alguna actuación de
mantenimiento, conservación o emergencia pueda suponer una pérdida adicional de
superficie de hábitats de interés comunitario, se cuantificarán y cartografiarán en detalle
dichas pérdidas adicionales, que deberán ser compensados en una superficie
equivalente y en terrenos próximos susceptibles de mejora.
g) Los proyectos constructivos deben evitar cualquier ocupación o afección sobre
los HIC 5220* Matorrales arborescentes de Ziziphus lotus, y 9570* Bosques de
Tetraclinis articulata.
h) La palmera datilera inventariada deberá respetarse en su actual ubicación.
i) El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y apantallamiento, tanto contempladas por el promotor en el proyecto y
estudio de impacto como las indicadas en la presente resolución, concretando y
cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies
vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas,
así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser
remitido al órgano ambiental de la Región de Murcia para su validación. Durante toda la
vida del proyecto se mantendrán todas las pantallas vegetales y demás plantaciones o
siembras realizadas, contemplando si fuera preciso la reposición de marras y riegos de
apoyo.
j) Durante toda la fase de explotación del proyecto, dentro del vallado perimetral de
la planta se evitará dejar el suelo desnudo, manteniendo una cubierta vegetal herbácea
protectora. En caso de ser necesario, el control de la vegetación natural en el interior de
la planta se realizará mediante fomento de la comunidad de lagomorfos silvestres o por
pastoreo con ganado ovino con una carga ganadera máxima de 0,2 UGM/ha y
programación espacial y temporal por sectores. Estas labores de mantenimiento deben
ser objeto de seguimiento adaptativo para evitar afectar negativamente a ejemplares de
flora protegida como Biarum dispar y favorecer su conservación y recuperación El control
mecánico de la vegetación se limitará a circunstancias excepcionales que no hayan
podido preverse, y se realizará evitando el periodo crítico de reproducción de la mayoría
de las especies. En ningún caso se utilizarán herbicidas, ni se aplicarán fitosanitarios ni
fertilizantes.
k) Si durante la fase de explotación se observa la aparición en la planta de
ejemplares de especies de flora protegida, se garantizará su supervivencia actuando en
cve: BOE-A-2023-2430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13054
y posibilitar la expansión de las poblaciones de la especie en peligro de extinción Biarum
dispar, también se excluirá de la planta y se dedicará y gestionará para estos fines
durante todo el ciclo de vida de la planta. El proyecto constructivo incluirá un análisis por
botánico especializado de la capacidad de las vaguadas de las parcelas utilizadas para
el proyecto para este fin, que concluirá con la identificación y protección de las zonas
más apropiadas.
e) Se respetarán los taludes y lindes entre parcelas de cultivo preexistentes,
balizándolos para protegerlos en fase de construcción.
f) Para la aprobación del proyecto constructivo de la línea de evacuación el
promotor deberá acreditar disponer de expresa conformidad de la Dirección General del
Medio Natural de la Región de Murcia con las acciones de dicho proyecto,
documentadas en un anexo que incluya cartografía detallada de los caminos de acceso
a los apoyos, cuantificación y representación cartográfica detallada tanto la superficie
afectada por las ocupaciones temporales con posibilidad de restauración como de las
superficies con ocupación permanente, las labores de restablecimiento de hábitats
temporalmente alterados por la construcción de dicho tendido, detalle de las medidas
compensatorias por las pérdidas ocasionadas a los hábitats de interés comunitario, la
representación cartográfica detallada de las medidas de protección individual de
especies protegidas en el entorno del trazado del tendido eléctrico, y detalle del
tratamiento a aplicar durante la fase de funcionamiento de la línea, en lo relativo a las
labores de mantenimiento y conservación y eventuales actuaciones en caso de
emergencia que puedan afectar a dichos hábitats. En caso de que alguna actuación de
mantenimiento, conservación o emergencia pueda suponer una pérdida adicional de
superficie de hábitats de interés comunitario, se cuantificarán y cartografiarán en detalle
dichas pérdidas adicionales, que deberán ser compensados en una superficie
equivalente y en terrenos próximos susceptibles de mejora.
g) Los proyectos constructivos deben evitar cualquier ocupación o afección sobre
los HIC 5220* Matorrales arborescentes de Ziziphus lotus, y 9570* Bosques de
Tetraclinis articulata.
h) La palmera datilera inventariada deberá respetarse en su actual ubicación.
i) El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y apantallamiento, tanto contempladas por el promotor en el proyecto y
estudio de impacto como las indicadas en la presente resolución, concretando y
cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies
vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas,
así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser
remitido al órgano ambiental de la Región de Murcia para su validación. Durante toda la
vida del proyecto se mantendrán todas las pantallas vegetales y demás plantaciones o
siembras realizadas, contemplando si fuera preciso la reposición de marras y riegos de
apoyo.
j) Durante toda la fase de explotación del proyecto, dentro del vallado perimetral de
la planta se evitará dejar el suelo desnudo, manteniendo una cubierta vegetal herbácea
protectora. En caso de ser necesario, el control de la vegetación natural en el interior de
la planta se realizará mediante fomento de la comunidad de lagomorfos silvestres o por
pastoreo con ganado ovino con una carga ganadera máxima de 0,2 UGM/ha y
programación espacial y temporal por sectores. Estas labores de mantenimiento deben
ser objeto de seguimiento adaptativo para evitar afectar negativamente a ejemplares de
flora protegida como Biarum dispar y favorecer su conservación y recuperación El control
mecánico de la vegetación se limitará a circunstancias excepcionales que no hayan
podido preverse, y se realizará evitando el periodo crítico de reproducción de la mayoría
de las especies. En ningún caso se utilizarán herbicidas, ni se aplicarán fitosanitarios ni
fertilizantes.
k) Si durante la fase de explotación se observa la aparición en la planta de
ejemplares de especies de flora protegida, se garantizará su supervivencia actuando en
cve: BOE-A-2023-2430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25