III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2430)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Fausita Solar de 250 MWp y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Murcia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13053

se elija la opción de instalar paneles para autoconsumo, esta se hará sobre edificios de
administraciones o servicios públicos, organizaciones no gubernamentales de carácter
social y humanitario, o familias en situación pobreza energética, preferentemente en el
municipio del proyecto. La ubicación definitiva de estos paneles será acordada con el
Servicio de Fomento de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Región de Murcia,
que será el encargado de verificar, de forma anual, que estos paneles están cumpliendo
con la función social con la que se propone su instalación y se sitúan en lugares
adecuados. En caso de que estos paneles de instalen sobre viviendas de familias en
régimen de pobreza energética, se desarrollarán mecanismos de control y se realizará
una revisión, al menos de forma anual, para verificar que la medida está siendo utilizada
por beneficiarios que efectivamente cumplen los requisitos por los que se establece el
régimen de pobreza energética. Los paneles se instalarán y mantendrán durante toda la
vida del proyecto (construcción, explotación y desmantelamiento).
Flora, vegetación y hábitat de interés comunitario.

a) El proyecto constructivo de la planta excluirá de actuaciones toda la superficie de
la microrreserva «herbazal de zamacucas de los Martinez» extendida con una banda
perimetral de amortiguación, y la dotará de un sistema perimetral de protección que
garantice ausencia de efectos negativos en todas las fases del proyecto. También se
excluirán del proyecto de la planta y se dotarán de protección todas las superficies
realmente ocupadas por hábitats de interés comunitario, en particular por el HIC 1430
que además puede ser recolonizado por Biarum dispar, y todos los polígonos
considerados como «monte» en el informe del Servicio de Gestión y Protección Forestal
de la Región de Murcia, excepto el denominado «monte 15» que en realidad es terreno
agrícola. En estas superficies excluidas de la planta, en fase de construcción se
adoptarán medidas de señalización y protección frente al paso de maquinaria u otras
perturbaciones para evitar causar daños a su vegetación, y en fase de explotación se
dedicarán a la protección y recuperación de las especies de flora amenazada y la
vegetación del ámbito de la planta, con particular atención sobre la especie en peligro de
extinción Biarum dispar.
b) La destrucción de ejemplares de especies de flora protegida se encuentra
prohibida. Con el objeto de confirmar la no afección a individuos de flora silvestre
protegida que pudieran no haber sido detectados en los trabajos de inventario del
estudio de impacto ambiental o de aquellos de los que no se ha aportado suficiente
información, el promotor deberá realizar una nueva prospección botánica por profesional
con experiencia en identificación y conservación de flora amenazada y hábitats de
interés comunitario. En caso de detectar la presencia de cualquiera de estos elementos,
en el proyecto constructivo se realizarán las modificaciones pertinentes (supresión o
desplazamiento del elemento) para evitar afecciones no previstas en el estudio de
impacto ambiental. Para la aprobación del proyecto constructivo, el promotor deberá
acreditar ante el órgano sustantivo el cumplimiento expresa de esta condición. Solo en el
caso de no existir posibilidad de evitar el daño suprimiendo el elemento o desplazándolo,
se podrá solicitar autorización excepcional a la administración de biodiversidad de la
Comunidad Autónoma, que en su caso podrá imponer nuevas condiciones o
modificaciones del proyecto para minimizar o compensar las afecciones.
c) Durante toda la duración del proyecto se desarrollará un programa de
seguimiento, protección estricta y apoyo a la recuperación de la especie en peligro de
extinción Biarum dispar (Zamacuca) en las zonas y con las acciones que determine
periódicamente el órgano competente en biodiversidad de la Comunidad Autónoma,
priorizando su conservación in situ y la recuperación de las superficies que constituyan
su hábitat potencial, ya sea en las superficies excluidas del proyecto, en la propia planta
o en sus inmediaciones, para favorecer su recolonización.
d) Además de las zonas ocupadas por hábitats de interés comunitario o monte, una
parte de las vaguadas originalmente cultivadas, con hidromorfía estacional y
potencialmente utilizable como superficie para restablecer hábitats de interés comunitario

cve: BOE-A-2023-2430
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5.2.4