III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2431)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Envatios XX, de 180 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Soria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13065
ambiental solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria del proyecto.
Con fecha de 16 de febrero de 2022 este órgano ambiental requiere subsanación del
expediente en cumplimiento del artículo 40.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, cuya respuesta se recibe el 21 de marzo de 2022 en esta
Dirección General. Posteriormente, con fecha de 23 de mayo de 2022 tiene entrada
documentación complementaria remitida por el promotor, que ampliaba y completaba
información del EsIA en base a las respuestas y alegaciones recibidas en el trámite de
información pública.
Derivado de los informes recibidos desde la Dirección General de Patrimonio Natural
y Política Forestal y de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,
ambas de la Junta de Castilla y León, este órgano ambiental, en aplicación del
artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, requiere información complementaria al
promotor relativa a las diferentes alternativas de la línea de evacuación, entre ellas
soluciones de trazado aéreo y subterráneo, donde se analice desde el punto de vista
ambiental los efectos provocados por cada una de ellas, que se recibe con la
denominación Actualización de Adenda al Estudio de Impacto Ambiental con fecha 18 de
octubre de 2022.
Finalmente, en base a las modificaciones realizadas por el promotor en el proyecto y
a la nueva información aportada, este órgano ambiental, en virtud del artículo 40.5 de la
Ley de evaluación ambiental, requirió informe a las administraciones competentes en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios protegidos de la Junta de Castilla y
León, recibido con fecha 21 de diciembre de 2022.
3.
Análisis de alternativas.
El estudio de impacto ambiental, en adelante EsIA, expone las alternativas
analizadas para la ubicación de la planta fotovoltaica, así como para los dos tramos de la
línea de evacuación, el primero en simple circuito y el segundo en doble circuito. El
promotor señala que, para el análisis y posterior elección de las alternativas, se tuvieron
en cuenta aspectos técnicos como la orografía o el grado de insolación, junto con
factores como la accesibilidad, la normativa urbanística de la zona, la menor afección a
elementos como la fauna, el paisaje o el patrimonio cultural, además del menor coste
económico.
El EsIA plantea tres alternativas para cada uno de los elementos del proyecto arriba
señalados describiendo brevemente su tamaño/ocupación y los valores y elementos del
medio afectados, y seguidamente cuantifica los efectos sobre los diversos factores.
Posteriormente describe los impactos sobre cada factor para cada alternativa planteada.
Para la ubicación de la planta, selecciona la alternativa 1, ya que presenta menor
afección sobre la vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC), ocupa menos
territorio y se sitúa en zonas con relieve más suave y genera menor impacto sobre la
fauna y el paisaje. Respecto del trazado del primer tramo de línea, el promotor
selecciona la alternativa 1 al generar menor impacto sobre la vegetación y los espacios
protegidos de la zona y discurrir por una zona con una menor concentración de
observadores. Finalmente, el promotor considera que la alternativa más favorable para el
trazado del segundo tramo es también la alternativa 1 al tratarse de la de menor trazado,
generar menos afección sobre la vegetación y los HIC, afectar en menor medida la Zona
de Especial Conservación (ZEC) «Oncala-Valtajeros» y al paisaje.
En el documento Adenda se recogen las modificaciones realizadas tanto en la planta
como en la línea de evacuación, además de completar el análisis de alternativas del
EsIA que concluye que, respecto de la planta, «… la alternativa elegida es en su
conjunto la más respetuosa para el entorno y que mejor protege los valores visuales de
la zona, pues deja inalteradas grandes espacios rurales y naturales, que de otra forma
se verían fuertemente afectados». En cuanto a la línea de evacuación, señala que
cve: BOE-A-2023-2431
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13065
ambiental solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria del proyecto.
Con fecha de 16 de febrero de 2022 este órgano ambiental requiere subsanación del
expediente en cumplimiento del artículo 40.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, cuya respuesta se recibe el 21 de marzo de 2022 en esta
Dirección General. Posteriormente, con fecha de 23 de mayo de 2022 tiene entrada
documentación complementaria remitida por el promotor, que ampliaba y completaba
información del EsIA en base a las respuestas y alegaciones recibidas en el trámite de
información pública.
Derivado de los informes recibidos desde la Dirección General de Patrimonio Natural
y Política Forestal y de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,
ambas de la Junta de Castilla y León, este órgano ambiental, en aplicación del
artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, requiere información complementaria al
promotor relativa a las diferentes alternativas de la línea de evacuación, entre ellas
soluciones de trazado aéreo y subterráneo, donde se analice desde el punto de vista
ambiental los efectos provocados por cada una de ellas, que se recibe con la
denominación Actualización de Adenda al Estudio de Impacto Ambiental con fecha 18 de
octubre de 2022.
Finalmente, en base a las modificaciones realizadas por el promotor en el proyecto y
a la nueva información aportada, este órgano ambiental, en virtud del artículo 40.5 de la
Ley de evaluación ambiental, requirió informe a las administraciones competentes en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios protegidos de la Junta de Castilla y
León, recibido con fecha 21 de diciembre de 2022.
3.
Análisis de alternativas.
El estudio de impacto ambiental, en adelante EsIA, expone las alternativas
analizadas para la ubicación de la planta fotovoltaica, así como para los dos tramos de la
línea de evacuación, el primero en simple circuito y el segundo en doble circuito. El
promotor señala que, para el análisis y posterior elección de las alternativas, se tuvieron
en cuenta aspectos técnicos como la orografía o el grado de insolación, junto con
factores como la accesibilidad, la normativa urbanística de la zona, la menor afección a
elementos como la fauna, el paisaje o el patrimonio cultural, además del menor coste
económico.
El EsIA plantea tres alternativas para cada uno de los elementos del proyecto arriba
señalados describiendo brevemente su tamaño/ocupación y los valores y elementos del
medio afectados, y seguidamente cuantifica los efectos sobre los diversos factores.
Posteriormente describe los impactos sobre cada factor para cada alternativa planteada.
Para la ubicación de la planta, selecciona la alternativa 1, ya que presenta menor
afección sobre la vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC), ocupa menos
territorio y se sitúa en zonas con relieve más suave y genera menor impacto sobre la
fauna y el paisaje. Respecto del trazado del primer tramo de línea, el promotor
selecciona la alternativa 1 al generar menor impacto sobre la vegetación y los espacios
protegidos de la zona y discurrir por una zona con una menor concentración de
observadores. Finalmente, el promotor considera que la alternativa más favorable para el
trazado del segundo tramo es también la alternativa 1 al tratarse de la de menor trazado,
generar menos afección sobre la vegetación y los HIC, afectar en menor medida la Zona
de Especial Conservación (ZEC) «Oncala-Valtajeros» y al paisaje.
En el documento Adenda se recogen las modificaciones realizadas tanto en la planta
como en la línea de evacuación, además de completar el análisis de alternativas del
EsIA que concluye que, respecto de la planta, «… la alternativa elegida es en su
conjunto la más respetuosa para el entorno y que mejor protege los valores visuales de
la zona, pues deja inalteradas grandes espacios rurales y naturales, que de otra forma
se verían fuertemente afectados». En cuanto a la línea de evacuación, señala que
cve: BOE-A-2023-2431
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente