III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2425)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Solar Fotovoltaico Rivera de 419,95 MWP y 340,496 MWN, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12934

fuente la publicación Manual para la diversificación del paisaje agrario editado por la
Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (noviembre, 2003).
(5) La pantalla vegetal o plantación de setos o rodales en el perímetro de la zona
de actuación, junto al vallado deberá contemplarse como primera actuación, de manera
que pueda ir desarrollándose y cumplir su objetivo de la manera más eficaz.
(6) Con el fin de restaurar la vegetación riparia en los cursos de agua y pantanos o
charcas presentes en el interior o colindantes con las zonas ocupadas por la PSFV, se
realizarán plantaciones si es necesario, empleando especies riparias autóctonas, en una
franja de anchura suficiente para favorecer la formación y/o estabilización de un bosque
de ribera. Se considerarán estas actuaciones como mejora del hábitat en general,
incluyendo la ictiofauna.
(7) La siembra de herbáceas se efectuará entre las calles de colocación de los paneles
fotovoltáicos de manera alterna, esto es calles de siembra y calles inalteradas que permitan el
desarrollo de la vegetación espontánea, tratando aproximadamente el 25 % de la superficie.
Se realizará mediante «siembre directa» para evitar remoción del terreno. Para la redacción
de este programa se tendrán en cuenta las recomendaciones establecidas en el Manual de
Buenas Prácticas Agrícolas para la conservación de las Aves Esteparias en Andalucía, el
Informe Regional de reproducción 2020 para el aguilucho cenizo y las directrices de los
Planes de recuperación y conservación de aves esteparias.
iii)

Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

– Seguimiento y evolución de las especies de fauna, con especial mención a las
especies actualmente presentes según el inventario ambiental y con referencia expresa
a las especies cinegéticas, por tratarse de terrenos cinegéticos que quedarán vedados
durante la vida del proyecto, a la vez que son especies «presa».
– Mortandad de aves y quirópteros en la planta solar, incluyendo estudio de
detectabilidad y predación.
– Mortandad de aves en el cerramiento y seguimiento de su permeabilidad.
– Seguimiento del estado de conservación del suelo y sobre las especies de flora:
Comportamiento ante la transformación producida. Indicadores de evolución de las
plantaciones y siembras, así como de la vegetación espontánea, tanto en las zonas ocupadas
por las placas solares como en el resto del ámbito de actuación de la PSFV y en su caso, de
las zonas alteradas como consecuencia de las líneas eléctricas proyectadas.
– Estudio de polinizadores.
– Seguimiento de la efectividad de las medidas compensatorias adoptadas,
especialmente valorando la calidad del hábitat objeto de dichas medidas.
– Los informes de seguimiento del estado de conservación del suelo y del estado de
las plantaciones efectuadas junto al cerramiento: Uno inicial en el año de puesta en
marcha, periódicos cada 5 años y uno último al final de la vida útil de la instalación tras
efectuar el desmantelamiento y clausura.

cve: BOE-A-2023-2425
Verificable en https://www.boe.es

Se considera necesaria la ejecución de un Plan de seguimiento durante toda la vida
útil del proyecto, con objeto de completar la información sobre la vegetación, fauna
residente y para verificar el adecuado funcionamiento de las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias ejecutadas, así como para detectar impactos no tenidos en
cuenta durante la evaluación ambiental del proyecto.
El desarrollo de dicho plan deberá ser ejecutado por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Se aportarán metodologías a llevar a cabo, calendario previsto
de los trabajos de campo y periodicidad, debiéndose efectuar con la misma que la
utilizada en el EsIA y se presentará a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Huelva para su aprobación previa.
En virtud del análisis técnico realizado por la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Huelva, se incorporarán los siguientes preceptos al programa de vigilancia
ambiental presentado por el promotor: