III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2422)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Hinojosa, de 63,08 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Málaga y Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12859

● 6310 Dehesas perennifolias de Quercus spp.
● 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba.
● 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y
Securinegion tinctoriae).
● 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis.
● 9340 Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia.
– A lo largo del trazado de la línea eléctrica:
● 4090 Matorrales calcícolas meso-supramediterráneos rondeños.
● 5210 Matorrales arborescentes de Juniperus spp.
● 5330 Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos.
● 6220*Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea.
● 6310 Dehesas perennifolias de Quercus spp.
● 91B0 Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.
● 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba.
● 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y
Securinegion tinctoriae).
● 9340 Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia.
Además, el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Málaga,
indica que podrían verse amenazadas directamente por la línea de evacuación, las
infraestructuras y el tráfico de acceso, poblaciones de Digitalis obscura subsp. laciniata,
Potamogeton natans y un rodal de Abies pinsapo (se identifican algunas parcelas que
forman parte del ámbito de aplicación del Plan de Conservación del Pinsapo). Además,
la línea sobrevuela diferentes masas de encinares y vegetación de ribera, principalmente
en el tramo inicial; y en el tramo final. Por todo ello, se extremarán las precauciones en la
fase de obras, conforme al condicionado de esta resolución.
El EIA identifica dos posibles afecciones del proyecto: eliminación de la cubierta
vegetal y afección a especies y comunidades vegetales protegidas. Ambas se
producirán, principalmente, por el desbroce, movimientos de tierra, paso de maquinaria,
obra civil, etc., en la fase de obra; el control de vegetación por necesidades del
funcionamiento de las instalaciones, y limitación de su altura bajo el pasillo eléctrico, en
la fase de funcionamiento; y la eliminación y afección a comunidades vegetales, debidas
a la fase de desmantelamiento. Aunque el promotor considera inicialmente el impacto no
significativo por la escasa ocupación de suelos y que estos serán mayoritariamente
agrícolas, los impactos de la alternativa finalmente seleccionada de la línea aéreosoterrada (en adelante, «alternativa soterrada») sobre la vegetación podrían ser mayores
que los que produciría el trazado en aéreo. Por ello el promotor realiza una comparativa
de afecciones a los HICs de las alternativas aérea y soterrada, mostrando una menor
afección longitudinal y en superficie afectada permanente por parte de la alternativa
soterrada, pero una afección temporal, durante la fase de obras, significativamente
superior. Además, la alternativa soterrada tendrá menores afecciones a vegetación
forestal que la aérea, por discurrir la primera la mayor parte de su trazado por caminos
rurales, carreteras y fajas cortafuegos.
La documentación complementaria de noviembre y diciembre de 2022 aporta
cartografía digital y la longitud y superficie de ocupación de los viales de acceso
correspondientes a los apoyos de la línea, si bien no identifica ni describe los accesos
que requerirá el tramo soterrado, las posibles afecciones a HICs y/o pies arbóreos que
provocará la instalación de la línea de evacuación, principalmente lo referido a los viales
de nueva creación, ni la técnica de montaje de los apoyos.
El promotor propone medidas de minimización de zonas afectadas, como la
prospección previa al inicio de las obras por técnico especializado, el aprovechamiento
de la red de viales existentes, balizamientos, prevención de incendios, restauración
vegetal, etc, y la reposición de árboles eliminados; y la recuperación de la cubierta
vegetal con especies autóctonas, tras las fases de funcionamiento y desmantelamiento.

cve: BOE-A-2023-2422
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Núm. 25