III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2422)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Hinojosa, de 63,08 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Málaga y Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12856
2. Proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica FV Faballones Solar promovido por
Faballones Solar, SL, que incluye la SET «Álora» 400/132/30 kV y la línea aérea de alta
tensión a 400 kV SET «Álora» – SET «Cártama», de 16,96 km de longitud.
El punto de conexión con la red eléctrica de transporte es la SET «Cártama» 400 kV,
de Red Eléctrica de España, a 59,98 km del PE Hinojosa.
Tramitación del procedimiento
Con carácter previo, esta unidad emitió resolución por la que se formulaba el alcance
del estudio de impacto ambiental de fecha 15 de octubre de 2019, que fue remitido al
promotor junto con las contestaciones recibidas en el trámite de consultas.
El promotor presentó ante la Dirección General de Política Energética y Minas, con
fecha 13 de noviembre de 2020, solicitud de autorización administrativa previa y evaluación
del impacto ambiental del proyecto, como órgano sustantivo en el procedimiento.
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, el órgano sustantivo realizó el anuncio para la información pública
del proyecto en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de 7 de abril de 2021. El
anuncio también fue publicado en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»
número 72, de 19 de abril de 2021. Asimismo, el proyecto estuvo accesible durante más
de noventa días a través de la página web de la Delegación del Gobierno en Andalucía.
El órgano sustantivo realiza el trámite de consulta a las Administraciones públicas
afectadas y personas interesadas, en virtud del artículo 37 de la Ley 21/2013, recogiendo el
anexo I de esta resolución el listado de entidades consultadas y de las contestaciones emitidas.
Con fecha 27 de septiembre de 2021, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Tras el análisis formal del expediente, se constató que no estaba completo conforme
a los artículos 40.1 y 40.2 de la Ley 21/2013, por lo que se realizaron sendos
requerimientos de subsanación al órgano sustantivo de todos los informes preceptivos
previstos en el artículo 37.2 de la citada norma.
Recibidos los informes, se remitió requerimiento al promotor, con fecha 16 de
diciembre de 2021, de información complementaria relativa al estudio de impacto
ambiental, tras lo que aporta estudios de avifauna y quirópteros el 8 de febrero de 2022.
Realizado el análisis técnico del expediente, el 21 de junio de 2022, este órgano
ambiental requirió a los organismos competentes en materia de medio ambiente,
conforme al artículo 40.5, informe sobre la documentación adicional aportada. Asimismo,
se requirió a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de
Andalucía, como órgano jerárquicamente superior de las Delegaciones Territoriales de
Cultura y Patrimonio Histórico de Málaga y Cádiz, que ordenara la emisión de los
informes preceptivos en materia de patrimonio cultural.
El 30 de septiembre de 2022, se requiere a la Dirección General de Sostenibilidad
Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía que, como órgano
jerárquicamente superior de los organismos autonómicos y provinciales competentes en
medio ambiente, recabe los informes solicitados el 21 de junio de 2022, que son
aportados con fecha 2 de noviembre de 2022.
De acuerdo con lo informado por esta Dirección General, se solicita al promotor
documentación complementaria, en concreto, un estudio del soterramiento parcial de la
línea de evacuación, el cual aporta el 24 de noviembre de 2021.
A fecha de formulación de la presente resolución, no consta la remisión de
contestación de los organismos autonómicos y provinciales competentes en materia de
patrimonio cultural.
cve: BOE-A-2023-2422
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12856
2. Proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica FV Faballones Solar promovido por
Faballones Solar, SL, que incluye la SET «Álora» 400/132/30 kV y la línea aérea de alta
tensión a 400 kV SET «Álora» – SET «Cártama», de 16,96 km de longitud.
El punto de conexión con la red eléctrica de transporte es la SET «Cártama» 400 kV,
de Red Eléctrica de España, a 59,98 km del PE Hinojosa.
Tramitación del procedimiento
Con carácter previo, esta unidad emitió resolución por la que se formulaba el alcance
del estudio de impacto ambiental de fecha 15 de octubre de 2019, que fue remitido al
promotor junto con las contestaciones recibidas en el trámite de consultas.
El promotor presentó ante la Dirección General de Política Energética y Minas, con
fecha 13 de noviembre de 2020, solicitud de autorización administrativa previa y evaluación
del impacto ambiental del proyecto, como órgano sustantivo en el procedimiento.
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, el órgano sustantivo realizó el anuncio para la información pública
del proyecto en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de 7 de abril de 2021. El
anuncio también fue publicado en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»
número 72, de 19 de abril de 2021. Asimismo, el proyecto estuvo accesible durante más
de noventa días a través de la página web de la Delegación del Gobierno en Andalucía.
El órgano sustantivo realiza el trámite de consulta a las Administraciones públicas
afectadas y personas interesadas, en virtud del artículo 37 de la Ley 21/2013, recogiendo el
anexo I de esta resolución el listado de entidades consultadas y de las contestaciones emitidas.
Con fecha 27 de septiembre de 2021, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Tras el análisis formal del expediente, se constató que no estaba completo conforme
a los artículos 40.1 y 40.2 de la Ley 21/2013, por lo que se realizaron sendos
requerimientos de subsanación al órgano sustantivo de todos los informes preceptivos
previstos en el artículo 37.2 de la citada norma.
Recibidos los informes, se remitió requerimiento al promotor, con fecha 16 de
diciembre de 2021, de información complementaria relativa al estudio de impacto
ambiental, tras lo que aporta estudios de avifauna y quirópteros el 8 de febrero de 2022.
Realizado el análisis técnico del expediente, el 21 de junio de 2022, este órgano
ambiental requirió a los organismos competentes en materia de medio ambiente,
conforme al artículo 40.5, informe sobre la documentación adicional aportada. Asimismo,
se requirió a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de
Andalucía, como órgano jerárquicamente superior de las Delegaciones Territoriales de
Cultura y Patrimonio Histórico de Málaga y Cádiz, que ordenara la emisión de los
informes preceptivos en materia de patrimonio cultural.
El 30 de septiembre de 2022, se requiere a la Dirección General de Sostenibilidad
Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía que, como órgano
jerárquicamente superior de los organismos autonómicos y provinciales competentes en
medio ambiente, recabe los informes solicitados el 21 de junio de 2022, que son
aportados con fecha 2 de noviembre de 2022.
De acuerdo con lo informado por esta Dirección General, se solicita al promotor
documentación complementaria, en concreto, un estudio del soterramiento parcial de la
línea de evacuación, el cual aporta el 24 de noviembre de 2021.
A fecha de formulación de la presente resolución, no consta la remisión de
contestación de los organismos autonómicos y provinciales competentes en materia de
patrimonio cultural.
cve: BOE-A-2023-2422
Verificable en https://www.boe.es
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