III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2422)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Hinojosa, de 63,08 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Málaga y Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12866

Respecto de los impactos detectados, se proponen una serie de medidas preventivas
y correctoras de buenas prácticas y de cumplimiento normativo.
4.2.6

Atmósfera y cambio climático.

Respecto a la contaminación acústica, se aporta un Estudio Acústico en el anexo V
del EIA, que analiza dicho impacto en todas las fases del proyecto. Tras la construcción
del PE, no se prevé un incremento de la población expuesta a niveles de ruido por
encima de los objetivos de calidad acústica (OCA) establecidos en la legislación vigente,
y se prevé un cumplimiento de los OCA en todos los espacios protegidos próximos.
Respecto a la calidad del aire, se realizarán emisiones gaseosas y generación de
partículas procedentes de la maquinaria en las fases de construcción y desmontaje, y
ocasionalmente de los vehículos de mantenimiento en la fase de funcionamiento. El
Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental de la Diputación de Málaga propone la
utilización de vehículos eléctricos, en la medida de lo posible.
Se aporta un Estudio de Huella de Carbono, que estima que la huella de carbono
producida por el parque eólico será del orden de 4 gCO2e por KWh, lo que
representa 100 veces menos que una central de gas natural.
Agua.

El parque eólico y la SET se encuentran entre la Demarcación Hidrográfica
Guadalete y Barbate (DH Cuenca Atlántica Andaluza) y la Demarcación Hidrográfica del
Guadalquivir (DHG). La línea de evacuación, salvo el tramo inicial que afecta a las
anteriores Demarcaciones, se encuentra dentro de la Demarcación Hidrográfica de las
Cuencas Mediterráneas Andaluzas (DHCMA). Dentro de dichas Demarcaciones, el
proyecto en su conjunto se sitúa de oeste a este entre las subcuencas del Guadalete, del
Corbones y del Guadalhorce.
La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Cádiz y el Servicio de Gestión
del Dominio Público Hidráulico de la Cuenca Atlántica Andaluza de la Dirección General
de Planificación y Recursos Hídricos, ambas de la Junta de Andalucía, indican que la
ubicación original del aerogenerador HI-09 se dispone sobre Dominio Público Hidráulico
(DPH), en un cauce innominado de pequeña entidad tributario del Arroyo de las
Coguzuelas. También, próximo al campamento de obra y zona de acopio, discurre otro
cauce. En las modificaciones presentadas por el promotor, el HI-09 se reubica unos
metros (renombrándose como HI-07) ocupando entonces dicho DPH el acceso al
aerogenerador, y manteniéndose la ubicación del campamento de obra y la zona de
acopio. Ambos organismos, así como el Servicio de Gestión del DPH de la Cuenca
Atlántica Andaluza de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, indican
una serie de consideraciones sobre cumplimiento normativo que se trasladan al
condicionado de esta resolución.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico informa que deberá tenerse en cuenta el Reglamento
del DPH, así como una serie de consideraciones y requisitos para obtener las
autorizaciones previas de dicho organismo, lo cual es aceptado expresamente por el
promotor el 8 de febrero de 2022.
Sobre la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, la
configuración inicial del proyecto presenta una afección significativa a los ríos
Guadalteba y su tributario Arroyo del Alforzón y el río Turón y su tributario Arroyo de la
Laja, al ubicarse algunos apoyos en zona de policía de los mismos. En todo caso,
deberá respetarse la legislación sectorial en materia de Aguas, como informa el Servicio
de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Subdirección General de la Cuenca
Mediterránea Andaluza de la Junta de Andalucía, a lo cual el promotor mostró
conformidad el 10 de septiembre de 2021.
Identifica el promotor potenciales impactos sobre la calidad del agua, debidos a los
movimientos de tierras y/o el uso de maquinaria, aceites y carburantes, la modificación

cve: BOE-A-2023-2422
Verificable en https://www.boe.es

4.2.7