III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2421)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación fotovoltaica Luminora Solar Tres de 89,9 MW, en Murcia y Torre Pacheco (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12849

explotación de la PFV se evaluarán las afecciones para analizar la efectividad de las medidas
ejecutadas, proponiendo modificaciones o ampliación de dichas medidas de protección en
función de los resultados de esos trabajos de análisis y seguimiento de la fauna.
(20) Todas las actuaciones relativas a la avifauna se coordinarán con el órgano
ambiental competente y con el órgano competente en seguridad aérea, dado que la
mejora para el desarrollo de determinadas especies de fauna puede suponer un peligro
para las operaciones aéreas.
(21) Según indica la Dirección General de Política Agraria Común de la Región de
Murcia, se notificará a los organismos correspondientes el cambio de uso del suelo, de
acuerdo con lo indicado en el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se
regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas y el Decreto 154/2014,
de 30 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y se tendrán en cuenta las limitaciones
que establece la normativa de la Unión Europea, en cuanto a las modificaciones de los
usos del terreno agrícola, que estén asociados a la percepción de las ayudas.
Además, la realización de las obras no debe producir alteraciones en las
infraestructuras existentes en la zona tales como caminos, vías pecuarias, desagües o
tuberías de riego, en el caso de que existan, ni en el natural fluir de las aguas
superficiales, que puedan incidir en el resto de la zona, ni se dañen las explotaciones
agrarias colindantes. No ocasionarán molestia alguna a las zonas agrícolas limítrofes
con la actuación.
(22) Se cumplirá con las servidumbres de paso de la línea de evacuación tal como
establece el artículo 58 sobre limitaciones a la constitución de servidumbre de paso, de
la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, tal y como ha indicado Ecologistas en Acción de la
Región Murciana.
(23) Tal y como indica la Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca
Fluvial de la Dirección General del Medio Natural de la Región de Murcia, se tendrá en
cuenta lo siguiente:
– Se deberá retranquear el vallado proyectado para dejar libre de instalaciones una
anchura de 10,45 + 3 m desde el eje del camino existente, que coincide con el eje de la
Vereda de Torre-Pacheco en ese tramo.
– Se adoptarán las medidas de control hidrológico que aseguren que no existe un
incremento de la escorrentía como elemento activador de la erosión laminar y en
regueros. En particular, se deberá alterar lo mínimo posible el sistema de conservación
de suelos de terrazas existente en los terrenos agrícolas y se deben aportar medidas
para compensar la homogeneización del paisaje, como la implantación de setos
perimetrales e internos. Se debe prever un Plan de Desmantelamiento y Restauración,
para que, llegado el caso, definiera la reestructuración ecológica y funcional del terreno
afectado por las instalaciones.
– En cuanto a la LAT, se obtendrá expresamente la aprobación del órgano
competente relativo a la imposibilidad de situar la línea fuera del Dominio Público
Pecuario, en su afección por cruzamiento de la Vereda de los Villares.
– De acuerdo con la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en su caso
para las instalaciones de evacuación de energía que pudieran cruzar u ocupar las
mismas, se deberá solicitar el adecuado trámite administrativo adjuntando informe
técnico firmado por Ingeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal colegiado.
(24) Según indica la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Región de
Murcia, se deberán cumplir las condiciones recogidas en las resoluciones de fechas 14
de mayo de 2021 y 24 de septiembre de 2021. Se realizará una prospección previa a la
realización de los movimientos de tierra de los apoyos 23, 26, 27, 35, 37, 38, 45, 46 y 47
del tramo de LAT 220 kV desde el Apoyo 23 a la SET Promotores, en el T.M Torre
Pacheco. Si durante las obras apareciesen elementos arquitectónicos, arqueológicos o
paleontológicos en los que se presuma algún valor, se dará inmediata cuenta a la

cve: BOE-A-2023-2421
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Núm. 25