III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2421)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación fotovoltaica Luminora Solar Tres de 89,9 MW, en Murcia y Torre Pacheco (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12848

fundamentalmente) con una superficie equivalente a la ocupada por el área de
implantación del parque solar. Se contará para ello con superficies que se incluyan
dentro del área de campeo de estas rapaces y que contengan hábitat adecuado para
custodiarlo como tal durante toda la vida útil de la PFV o, en su defecto, revertir parcelas
de hábitat no adecuado en hábitat adecuado. Para ello el promotor deberá acreditar, con
la aportación de los contratos que correspondan, que dispone de dicha superficie
(compra, arrendamiento o acuerdo de custodia). Esta medida compensatoria, a su vez,
serviría igualmente como medida compensatoria de hábitat de otras aves asociadas a
los cultivos de secano.
– Se colocarán rampas en zanjas abiertas para permitir escapar a animales que
accidentalmente caigan en ellas, u otros sistemas que eviten la caída de animales terrestres
y/o faciliten su salida. En caso de detectar algún ejemplar, se seguirá el protocolo de
depositarlo en una caja temporal y avisar a un agente medioambiental para su reubicación en
un lugar alejado de la zona de trabajo con características ambientales adecuadas.
– Asimismo, se establecerán medidas que reduzcan o eliminen los atropellos de
animales o caídas en el interior de las balsas o antiguos aljibes presentes en la zona.
– El control de la vegetación en la fase de explotación, se realizará posteriormente a
la prospección de nidos, excluyendo de dicho control aquellas áreas donde se constate
la presencia de los mismos o incluso sea probable, o haya individuos con
comportamiento reproductor, debiendo balizarse la zona a excluir.
– El vallado de las instalaciones será de tipo cinegético, conforme a la Ley 7/2003,
de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia. Carecerá de
elementos cortantes o punzantes y dispondrá de placas visibles de señalización para
evitar la colisión de la avifauna. Las placas serán metálicas o plásticas de un color que
contraste con el entorno como blancas, de forma cuadrada o rectangular (20-30 cm de
lado), colocadas con distribución a tresbolillo. Se colocará al menos una placa por vano,
salvo que la distancia entre postes sea muy reducida, colocándose en ese caso una
placa cada dos postes y a diferentes alturas.
(16) Respecto a la línea eléctrica de evacuación, se establecerán los dispositivos
indicados en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión. Se dispondrán dispositivos del tipo que indique el órgano
competente de la Región de Murcia. Además, se deberá cumplir con lo dispuesto en el
Decreto 89/2012, de 28 de junio, por el que se establecen normas adicionales aplicables
a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión con objeto de proteger la avifauna y
atenuar los impactos ambientales.
(17) A propuesta del promotor, se colocarán 5 cajas refugio para quirópteros para
favorecer la cría y reproducción en zonas cercanas a puntos de agua y edificaciones
próximas a las infraestructuras del proyecto. Se informará para su coordinación, a la
Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia
de las características de los refugios, su número, en qué estructura o soporte se
colocarán y la ubicación, previamente a su instalación. Se realizará un estudio y
seguimiento de los mismos, con la finalidad de detectar posibles molestias y colisiones
originadas por la ejecución del proyecto.
(18) Se colocarán 10 cajas nido especialmente para aves de la familia falconidae,
como pueden ser halcón peregrino, cernícalo vulgar, cernícalo primilla, etc. para
favorecer su cría, reproducción en el entorno de las infraestructuras proyectadas. Para
su coordinación, se informará a la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio
Climático de la Región de Murcia previamente de las características, número, en qué
estructura o soporte se colocarán y la ubicación antes de su instalación.
(19) A propuesta del promotor, dentro de los trabajos que se están desarrollando en el
ámbito de la cátedra «STEPPE FORWARD en la Universidad Autónoma de Madrid y el
Centro de Ciencia y Tecnología Forestal de Cataluña (CTFC)», de la que el promotor es
patrocinador, se analizarán con detalle previa a la construcción, la fauna esteparia en los
terrenos definitivos en los que se instalará la planta solar. Durante la construcción y

cve: BOE-A-2023-2421
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Núm. 25