III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2284)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Recova Solar de 85 MWp, Regata Solar de 57,12 MWp y Rabiza Solar de 85,29 MWp y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 28 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12329

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
1.
Condiciones generales.

1. El proyecto de construcción desarrollará la solución propuesta por el promotor en
noviembre de 2022, cumpliendo las condiciones que se detallan en la presente
resolución.
2. Las líneas 132 kV «Recova-Morata Renovables» y 220 kV «VillarrubiaElevación-Medida Morata» compartirán un tramo de línea de evacuación, o bien el tramo
comprendido entre los apoyos 36 y 112 de la línea 132 kV «Recova-Morata
Renovables», o bien el tramo entre los apoyos 73 y 154 de la línea 220 kV «VillarrubiaElevación-Medida Morata». Solo se construirá una de las dos líneas.
3. Se soterrará la línea eléctrica 132 kV «Recova-Morata Renovables», como
mínimo, en los tramos expresamente aceptados por el promotor en la documentación
noviembre de 2022: los tres primeros kilómetros y entre los apoyos 44.1 y 47.1, 55 y 66
y 92 y 93.1. Estos soterramientos se podrían ampliar si fuera necesario para evitar
afecciones a vegetación, fauna, hidrogeología, patrimonio o elementos con algún tipo de
protección.
4. Se evitará el paso y la instalación de apoyos de la línea eléctrica en los montes
de utilidad pública y preservados. En el caso de no ser posible se soterrarán dichos
tramos, de acuerdo con el informe específico de la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid de 27 de abril de 2022.
5. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias contempladas en los EsIA y las aceptadas tras la información pública, o
contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en
la presente resolución.
6. Se deberá solicitar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) autorización
en materia de servidumbres aeronáuticas, de forma directa o a través de la
administración con competencias urbanísticas (en caso de requerir licencia o
autorización municipal), previamente a su ejecución.
7. Antes de comenzar los trabajos se establecerá contacto con el coordinador de
los Agentes Medioambientales de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta
realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al
Agente Medioambiental de la zona, con el fin comprobar que los trabajos se han
realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
8. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.
9. Antes del inicio de las obras, en coordinación con los Ayuntamientos afectados,
se llevará a cabo un estudio detallado de los accesos a las distintas partes de la obra y
su programación en el tiempo, con el objeto de minimizar las afecciones y molestias a los
propietarios de las fincas y viviendas cercanas. Preferentemente se acondicionarán los
caminos existentes, evitando, siempre que sea posible, la apertura de otros nuevos. En
caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura
posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el órgano
ambiental autonómico correspondiente. En los accesos campo a través se evitarán los
movimientos de tierras y la dotación de firme, y se adaptará la maquinaria a emplear
priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual donde sea posible. Se
respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo
momento en condiciones de uso similares a las originales.

cve: BOE-A-2023-2284
Verificable en https://www.boe.es

i)

Condiciones al proyecto