III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2285)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas FV Cerro Gordo 1 de 41 MW, FV Cerro Gordo 2 de 41 MW, FV Cerro Gordo 3 de 41 MW, FV Llano Palero 2 de 35 MW, y su infraestructura de evacuación, en Almansa (Albacete) y Ayora (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12346
desaparición de las comunidades vegetales presentes en las bases de los apoyos y en
lugares destinados a los caminos de acceso. El pasillo correspondiente a su zona de
servidumbre cruza cultivos, pinares, matorral y pastizal-matorral; los principales daños
sobre la vegetación se localizan, principalmente, en las zonas forestales (pinares) con
especies de porte elevado y zonas de matorral que deberán ser aclaradas.
Considerando una calle de 15 m de anchura, en el EsIA se informa que se talará y
desbrozará en una superficie de 13,9 ha de terreno forestal.
Para el tratamiento de la vegetación en la zona de protección de las líneas eléctricas
aéreas de alta tensión con conductores desnudos a su paso por terrenos forestales, es
de aplicación el Decreto 150/2010, de 24 de septiembre, por el que se modifica el
Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal de la Comunitat Valenciana, y se aprueba la
Instrucción Técnica ITMVLAT. Para paliar este impacto aplicará el plan de recuperación
ambiental, los replanteos previos, la vigilancia por parte de la Dirección de Obra
Ambiental y la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, y el Plan de
Revegetación, que determinará todo lo referente a las plantaciones, tanto en el interior
como perimetral, de la instalación durante la fase de explotación.
El Ayuntamiento de Almansa considera insuficiente la plantación perimetral que
recoge el Plan de Restauración planteando una estructura y densidades mínimas a
realizar. El promotor no considera factible su aplicación dado el rápido crecimiento y la
altura que alcanzan los de pinos carrascos podría suponer el sombreado de los paneles
y la pérdida de producción.
El EsIA expone que la zona donde se tiene prevista la ejecución del proyecto es
susceptible de albergar los siguientes HIC: 5210 «Matorrales arborescentes de
Juniperus spp», 6220* (Prioritario) «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del
Thero-Brachypodietea», 6420 «Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del
Molinion-Holoschoenion» y 9340 «Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia».
Durante la construcción del proyecto, y en menor medida el mantenimiento de la
línea eléctrica, según el promotor, no será necesario realizar desbroces o talas, de modo
que la afección quedaría restringida a los lugares de emplazamiento de los apoyos y
apertura de caminos de acceso. El vuelo sobre los HIC se produce a lo largo de 8.970 m
lineales. En aplicación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad
Valenciana, y del art.153 del Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano,
(según el cual «Los titulares de líneas aéreas de conducción eléctrica habrán de
mantener limpias de vegetación las zonas de proyección de los conductores, de acuerdo
con lo que establece la normativa vigente sobre esta materia. En el caso de tendidos
eléctricos de probada seguridad, la Consellería de Medio Ambiente podrá establecer
otras medidas preventivas alternativas»), se obliga al titular de la explotación a realizar
desbroces, podas y talas selectivas en la calle o zona de protección de la línea para
reducir la Fracción de Cabida Cubierta al 30 %, en el caso del matorral (hábitat 5210), y
al 50 %, en el caso del carrascal (hábitat 9340). Según el EsIA, las líneas del proyecto
son compatibles con la presencia del hábitat prioritario 6220*, que no se verá afectado
de manera directa por la servidumbre de vuelo de la línea, ni afectará al hábitat 6420. La
superficie de HIC total afectada será de 13,45 ha.
Según el EsIA, se tomarán medidas preventivas, como son, minimizar la apertura de
accesos, balizar aquellos caminos que se encuentren en las inmediaciones de hábitats
prioritarios, tener en cuenta la vegetación natural para la distribución de los apoyos, el
dimensionado de la línea para volar los hábitats, etc.
La zona de emplazamiento de las PSFV y la subestación SE-6 GR Cerro Pelado se
localizan en terreno agrícola de secano (cereal), la subestación SE-7 Preconcentradora
se sitúa en una parcela cultivada con almendros, por lo que se descarta la afección
directa a ninguna especie de la flora citada en el Catalogo Regional de Especies
Amenazadas de Castilla-La Mancha. En lo que respecta a las LAAT, el pasillo
correspondiente a su zona de servidumbre cruza, principalmente, terrenos ocupados por
pinares de pino carrasco. En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo del
sistema de evacuación se ha confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis
cve: BOE-A-2023-2285
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12346
desaparición de las comunidades vegetales presentes en las bases de los apoyos y en
lugares destinados a los caminos de acceso. El pasillo correspondiente a su zona de
servidumbre cruza cultivos, pinares, matorral y pastizal-matorral; los principales daños
sobre la vegetación se localizan, principalmente, en las zonas forestales (pinares) con
especies de porte elevado y zonas de matorral que deberán ser aclaradas.
Considerando una calle de 15 m de anchura, en el EsIA se informa que se talará y
desbrozará en una superficie de 13,9 ha de terreno forestal.
Para el tratamiento de la vegetación en la zona de protección de las líneas eléctricas
aéreas de alta tensión con conductores desnudos a su paso por terrenos forestales, es
de aplicación el Decreto 150/2010, de 24 de septiembre, por el que se modifica el
Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal de la Comunitat Valenciana, y se aprueba la
Instrucción Técnica ITMVLAT. Para paliar este impacto aplicará el plan de recuperación
ambiental, los replanteos previos, la vigilancia por parte de la Dirección de Obra
Ambiental y la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, y el Plan de
Revegetación, que determinará todo lo referente a las plantaciones, tanto en el interior
como perimetral, de la instalación durante la fase de explotación.
El Ayuntamiento de Almansa considera insuficiente la plantación perimetral que
recoge el Plan de Restauración planteando una estructura y densidades mínimas a
realizar. El promotor no considera factible su aplicación dado el rápido crecimiento y la
altura que alcanzan los de pinos carrascos podría suponer el sombreado de los paneles
y la pérdida de producción.
El EsIA expone que la zona donde se tiene prevista la ejecución del proyecto es
susceptible de albergar los siguientes HIC: 5210 «Matorrales arborescentes de
Juniperus spp», 6220* (Prioritario) «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del
Thero-Brachypodietea», 6420 «Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del
Molinion-Holoschoenion» y 9340 «Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia».
Durante la construcción del proyecto, y en menor medida el mantenimiento de la
línea eléctrica, según el promotor, no será necesario realizar desbroces o talas, de modo
que la afección quedaría restringida a los lugares de emplazamiento de los apoyos y
apertura de caminos de acceso. El vuelo sobre los HIC se produce a lo largo de 8.970 m
lineales. En aplicación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad
Valenciana, y del art.153 del Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano,
(según el cual «Los titulares de líneas aéreas de conducción eléctrica habrán de
mantener limpias de vegetación las zonas de proyección de los conductores, de acuerdo
con lo que establece la normativa vigente sobre esta materia. En el caso de tendidos
eléctricos de probada seguridad, la Consellería de Medio Ambiente podrá establecer
otras medidas preventivas alternativas»), se obliga al titular de la explotación a realizar
desbroces, podas y talas selectivas en la calle o zona de protección de la línea para
reducir la Fracción de Cabida Cubierta al 30 %, en el caso del matorral (hábitat 5210), y
al 50 %, en el caso del carrascal (hábitat 9340). Según el EsIA, las líneas del proyecto
son compatibles con la presencia del hábitat prioritario 6220*, que no se verá afectado
de manera directa por la servidumbre de vuelo de la línea, ni afectará al hábitat 6420. La
superficie de HIC total afectada será de 13,45 ha.
Según el EsIA, se tomarán medidas preventivas, como son, minimizar la apertura de
accesos, balizar aquellos caminos que se encuentren en las inmediaciones de hábitats
prioritarios, tener en cuenta la vegetación natural para la distribución de los apoyos, el
dimensionado de la línea para volar los hábitats, etc.
La zona de emplazamiento de las PSFV y la subestación SE-6 GR Cerro Pelado se
localizan en terreno agrícola de secano (cereal), la subestación SE-7 Preconcentradora
se sitúa en una parcela cultivada con almendros, por lo que se descarta la afección
directa a ninguna especie de la flora citada en el Catalogo Regional de Especies
Amenazadas de Castilla-La Mancha. En lo que respecta a las LAAT, el pasillo
correspondiente a su zona de servidumbre cruza, principalmente, terrenos ocupados por
pinares de pino carrasco. En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo del
sistema de evacuación se ha confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis
cve: BOE-A-2023-2285
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Núm. 24