III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2285)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas FV Cerro Gordo 1 de 41 MW, FV Cerro Gordo 2 de 41 MW, FV Cerro Gordo 3 de 41 MW, FV Llano Palero 2 de 35 MW, y su infraestructura de evacuación, en Almansa (Albacete) y Ayora (Valencia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12360
– La gestión de las aguas residuales y del resto de los residuos generados por la
actividad cumplirán en todo caso la normativa sectorial vigente, garantizando en todo
momento que no se produzcan afecciones negativas sobre la calidad del agua de ningún
curso fluvial ni acuífero cercano, así como de los suelos
– Las obras a realizar no modificarán la pendiente natural del terreno ni alterarán el
régimen general de escorrentía de la zona, no podrán modificar el drenaje natural de los
terrenos, respetando la integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado
diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos de agua, planteando medidas para
evitar la erosión por cárcavas.
– Previamente al inicio de cada fase, se elaborará y comunicará al órgano sustantivo
un plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de
actuación urgente en caso de ocurrencia.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
– Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizarán prospecciones del
terreno por un técnico especializado con objeto de identificar la presencia de especies de
flora amenaza y/o vegetación de interés. Si se produjese esta circunstancia, se
comunicará al organismo responsable de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha y de la Comunidad Valenciana, de forma que se establezcan las medidas de
protección adecuadas. Durante los trabajos que conlleven la eliminación de cubierta
vegetal se delimitarán aquellas áreas en las que aparezcan especies protegidas de flora.
Esta delimitación deberá mantenerse durante todo el período de ejecución de las obras.
En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo de la LAAT de 132 kV se ha
confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis lagascana, ambas catalogadas
en categoría de Interés Especial en Castilla-La Mancha, en ese caso, se llevará a cabo
la señalización, mediante balizamiento previo al inicio de las obras, estando prohibido en
el interior de estos espacios cualquier actividad relacionada con la construcción, además,
serán tenidas en cuenta en la fase de diseño de la LAAT para evitar situar en ellas los
apoyos, etc.
– Durante la fase de construcción se minimizará, en lo posible, la destrucción y/o
degradación de la vegetación natural del terreno, evitando el movimiento de tierras y el
decapado del suelo en aquellas zonas que no estén directamente ocupadas por las
infraestructuras proyectadas. Asimismo, no se instalarán ni acopios ni instalaciones o
superficies auxiliares sobre áreas con hábitats de interés comunitario y/o con vegetación
arbórea o arbustiva de interés.
– En caso de que se precise la corta de arbolado presente en la zona de actuación,
se requerirá autorización del órgano forestal, que incluirá las condiciones para su
ejecución, y para el tratamiento de los restos generados, así como la compensación de
la pérdida mediante plantación de ejemplares, su reposición de marras y conservación.
La ratio de compensación será establecida por el órgano forestal en función de las
características y papel ecológico y como sumidero de carbono del ejemplar eliminado.
Asimismo, en caso de que la línea eléctrica sobrevuele zonas forestales arboladas y se
debiese proceder a la corta de arbolado, se deberá contar con la autorización del órgano
competente.
– En la gestión de la vegetación en el interior de las PSFV, se mantendrá una
cobertura vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un biotopo lo más
parecido posible al hábitat del entorno. Se evitará el decapado del suelo y la corta o
destrucción de especies de matorral estepario que puedan colonizar los terrenos del
interior de la planta. Además, se favorecerá la revegetación natural en las zonas donde
no se vaya a instalar ningún elemento de la planta y que quede dentro del perímetro
vallado.
– En fase de explotación, el control de la vegetación será posterior a prospecciones
de nidos, excluyendo de dicho control áreas donde se constate la presencia de nidos. Se
deberá balizar dicha zona de exclusión. Estará estrictamente prohibida la utilización de
herbicidas para el control de la vegetación en el interior de la PFV y resto de estructuras
cve: BOE-A-2023-2285
Verificable en https://www.boe.es
1.2.3
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12360
– La gestión de las aguas residuales y del resto de los residuos generados por la
actividad cumplirán en todo caso la normativa sectorial vigente, garantizando en todo
momento que no se produzcan afecciones negativas sobre la calidad del agua de ningún
curso fluvial ni acuífero cercano, así como de los suelos
– Las obras a realizar no modificarán la pendiente natural del terreno ni alterarán el
régimen general de escorrentía de la zona, no podrán modificar el drenaje natural de los
terrenos, respetando la integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado
diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos de agua, planteando medidas para
evitar la erosión por cárcavas.
– Previamente al inicio de cada fase, se elaborará y comunicará al órgano sustantivo
un plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de
actuación urgente en caso de ocurrencia.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
– Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizarán prospecciones del
terreno por un técnico especializado con objeto de identificar la presencia de especies de
flora amenaza y/o vegetación de interés. Si se produjese esta circunstancia, se
comunicará al organismo responsable de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha y de la Comunidad Valenciana, de forma que se establezcan las medidas de
protección adecuadas. Durante los trabajos que conlleven la eliminación de cubierta
vegetal se delimitarán aquellas áreas en las que aparezcan especies protegidas de flora.
Esta delimitación deberá mantenerse durante todo el período de ejecución de las obras.
En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo de la LAAT de 132 kV se ha
confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis lagascana, ambas catalogadas
en categoría de Interés Especial en Castilla-La Mancha, en ese caso, se llevará a cabo
la señalización, mediante balizamiento previo al inicio de las obras, estando prohibido en
el interior de estos espacios cualquier actividad relacionada con la construcción, además,
serán tenidas en cuenta en la fase de diseño de la LAAT para evitar situar en ellas los
apoyos, etc.
– Durante la fase de construcción se minimizará, en lo posible, la destrucción y/o
degradación de la vegetación natural del terreno, evitando el movimiento de tierras y el
decapado del suelo en aquellas zonas que no estén directamente ocupadas por las
infraestructuras proyectadas. Asimismo, no se instalarán ni acopios ni instalaciones o
superficies auxiliares sobre áreas con hábitats de interés comunitario y/o con vegetación
arbórea o arbustiva de interés.
– En caso de que se precise la corta de arbolado presente en la zona de actuación,
se requerirá autorización del órgano forestal, que incluirá las condiciones para su
ejecución, y para el tratamiento de los restos generados, así como la compensación de
la pérdida mediante plantación de ejemplares, su reposición de marras y conservación.
La ratio de compensación será establecida por el órgano forestal en función de las
características y papel ecológico y como sumidero de carbono del ejemplar eliminado.
Asimismo, en caso de que la línea eléctrica sobrevuele zonas forestales arboladas y se
debiese proceder a la corta de arbolado, se deberá contar con la autorización del órgano
competente.
– En la gestión de la vegetación en el interior de las PSFV, se mantendrá una
cobertura vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un biotopo lo más
parecido posible al hábitat del entorno. Se evitará el decapado del suelo y la corta o
destrucción de especies de matorral estepario que puedan colonizar los terrenos del
interior de la planta. Además, se favorecerá la revegetación natural en las zonas donde
no se vaya a instalar ningún elemento de la planta y que quede dentro del perímetro
vallado.
– En fase de explotación, el control de la vegetación será posterior a prospecciones
de nidos, excluyendo de dicho control áreas donde se constate la presencia de nidos. Se
deberá balizar dicha zona de exclusión. Estará estrictamente prohibida la utilización de
herbicidas para el control de la vegetación en el interior de la PFV y resto de estructuras
cve: BOE-A-2023-2285
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