III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2229)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Fiscalía General del Estado, para la colaboración entre el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional y la Fiscalía General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023
Segunda.
1.

Sec. III. Pág. 11967

Aportación de las partes.

Por parte del MINISDEF, corresponde al CESEDEN:

a) Colaborar con la Fiscalía General del Estado en la organización y realización de
cursos y actividades destinadas a la formación compartida de los alumnos de las dos
instituciones.
b) En las actividades que se realicen en las instalaciones del CESEDEN, aportar
los espacios y medios necesarios para la realización de las mismas.
c) Aportar profesores colaboradores a solicitud de la Fiscalía General del Estado.
d) Colaborar con la Fiscalía General del Estado en la realización de trabajos de
investigación en el ámbito del liderazgo, la organización, la comunicación y los aspectos
legales de las operaciones y la Seguridad Nacional.
e) Colaborar con la Fiscalía General del Estado en la publicación y difusión de los
trabajos de investigación fruto de este convenio.
2.

Por parte de la Fiscalía General del Estado corresponde:

a) Colaborar con el CESEDEN en la organización y realización de cursos y
actividades destinadas a la formación compartida de los alumnos de las dos
instituciones.
b) En las actividades que se realicen en las instalaciones de la Fiscalía General del
Estado, aportar los espacios y medios necesarios para la realización de las mismas.
c) Aportar profesores colaboradores a solicitud del CESEDEN.
d) Colaborar con el CESEDEN en la realización de trabajos de investigación en el
ámbito del liderazgo, la organización, la comunicación y los aspectos legales de las
operaciones y la Seguridad Nacional.
e) Colaborar con el CESEDEN en la publicación y difusión de los trabajos de
investigación fruto de este convenio.
Tercera.

Financiación.

Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto
público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros
gastos de personal.
Medidas de control y seguimiento.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (Comisión Mixta), de carácter
paritario, como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y de los compromisos adquiridos por las partes. La Comisión Mixta estará
compuesta por dos representantes de la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas del
CESEDEN, y dos representantes de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del
Estado.
Esta Comisión Mixta determinará los detalles sobre colaboraciones docentes,
potenciará y evaluará las acciones derivadas del convenio y resolverá los problemas de
interpretación y cumplimiento que pudieran presentarse. Las decisiones se tomarán por
unanimidad.
La Comisión Mixta se reunirá al menos una vez al año y, con carácter extraordinario,
cuando se considere necesario a propuesta de las partes, a fin de asegurar el normal
desarrollo de las actividades de cooperación derivadas del convenio.
Se nombrará un secretario, que deberá levantar acta del desarrollo de las reuniones.
Las actas se firmarán por duplicado, recibiendo cada una de las partes uno de los dos
ejemplares que deberá quedar debidamente archivado y custodiado.

cve: BOE-A-2023-2229
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Cuarta.