III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2234)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la prestación del servicio compartido de gestión de notificaciones y comunicaciones a través del centro de impresión y ensobrado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante la plataforma electrónica Notific@.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12007

Sexto.
Que, fruto de las reuniones que se llevan a cabo por los responsables de ambas
partes de forma periódica para realizar el seguimiento del Convenio, se considera
necesario continuar con la colaboración, y se acuerda por ello prorrogar el Convenio, sin
perjuicio de las modificaciones que se contemplan en esta Adenda.
Por todo lo expuesto, las partes,
ACUERDAN
Primero. Prórroga del Convenio.
Las partes firmantes acuerdan la primera prórroga por cuatro años del Convenio
suscrito el 20 de noviembre de 2019 entre la Secretaría General de Administración
Digital (en adelante, SGAD) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en
adelante, Agencia Tributaria) para la producción de notificaciones y comunicaciones
postales a través del centro de impresión y ensobrado de la Agencia Tributaria.
Esta prórroga entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y su periodo de vigencia se
extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. La presente Adenda se perfeccionará con
el consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal. Asimismo, con
posterioridad a dicha inscripción será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.

Modificación de la cláusula tercera.

Se modifica la cláusula tercera del Convenio, que queda redactada como sigue:
Régimen de la adhesión al Convenio.

1. Los organismos emisores a los que se refiere la cláusula segunda podrán
adherirse a este Convenio asumiendo en su propio ámbito, los derechos y
obligaciones que se deriven del mismo mediante la firma del formulario que se
recoge como anexo III, el cual deberá contar con la conformidad de la Agencia
Tributaria, previo análisis de la capacidad de su CIE para atender las peticiones
formuladas, así como con la conformidad de la Secretaría General de
Administración Digital (en adelante, SGAD), previa planificación de la capacidad
de la plataforma Notific@ para atender las solicitudes formuladas.
2. En el caso de los ministerios, la solicitud será presentada por la
Subsecretaría respectiva, que a efectos de este convenio tendrá la consideración
de organismo emisor. Se presentará una única solicitud de adhesión que
englobará a todas las unidades emisoras (órganos superiores y directivos)
pertenecientes al mismo departamento ministerial. Estas unidades se
denominarán unidades emisoras autorizadas.
3. Cada organismo público a que se refiere la cláusula segunda, presentará,
como organismo emisor, su propia solicitud de adhesión a este Convenio.
Excepcionalmente, en aplicación de la disposición adicional vigésimo segunda de
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, determinados
organismos públicos podrán acogerse a las previsiones de dicha disposición
cuando sea necesario para incrementar la gestión pública por medio de la
prestación centralizada del servicio y en consecuencia quedar englobados en la
solicitud de adhesión que presente su ministerio de vinculación o dependencia.
4. Junto con la presentación del anexo III, el organismo emisor que pretenda
adherirse al Convenio deberá presentar una estimación del alcance del uso del
servicio durante la primera anualidad, que se reflejará en el documento previsto en
el anexo IV de este Convenio. La Agencia Tributaria y la SGAD dispondrán del
plazo de un mes para estudiar la viabilidad de asumir la estimación de uso

cve: BOE-A-2023-2234
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«Tercera.