III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Autopistas de peaje. (BOE-A-2023-2208)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, la aplicación de bonificación temporal en determinados trayectos de la autopista de peaje AP-41 (Madrid-Toledo) y R-5 (Madrid-Navalcarnero).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11783

Por esta razón, el citado municipio ha demandado medidas que permitan aprovechar
la capacidad sobrante en la AP-41 y la R-5, mediante la bonificación del peaje de la
autopista que pueda incentivar su uso por actuales usuarios de la A-42, descargando así
esta infraestructura de parte del tráfico que hoy en día soporta y que produce
importantes externalidades como la pérdida de productividad, las emisiones
contaminantes derivadas del tráfico congestionado, y la siniestralidad.
6. Es obligación de los gestores públicos la búsqueda de la eficiencia en la
utilización de los recursos públicos y la rentabilidad social de las inversiones realizadas.
Es por ello que el Ministerio de transportes, Movilidad y Agenda Urbana considera como
uno de sus objetivos incentivar el uso de las autopistas gestionadas por SEITTSA,
especialmente en los casos en los que estas se encuentran en entornos donde su uso
pueda mejorar la congestión o las condiciones de seguridad vial de las carreteras
alternativas libres de peaje del mismo corredor, buscando a su vez la sostenibilidad
ambiental de las inversiones.
Es por ello, que se está planteado la posible aplicación de medidas de esta
naturaleza en determinados entornos viarios, como experiencias piloto y con carácter
temporal, que permitan contrastar la efectividad de las mismas y disponer de
herramientas e indicadores objetivos para valorar la idoneidad de su extensión a otros
entornos de la red viaria.
Ante los antecedentes descritos, se puede considerar que se encuentra dentro de
esta casuística el caso concreto de la AP-41 entre las poblaciones de Carranque (P.K.
16), Numancia de la Sagra (P.K.28) e Illescas (P.K.25), y su conexión con la R-5, y de la
R-5 desde este punto a las vías de circunvalación M-50 y M-40, al constituir ésta una
ruta alternativa a la conformada por la A-42.
Es por ello, que, en aras de promover la eficiencia del sistema viario, antes de
acometer inversiones de gran envergadura se considere conveniente aplicar medidas
que persigan una mayor eficiencia del sistema de transporte, en este caso mediante el
incentivo del uso de la AP-41 y la R-5 en las franjas horarias en las que se ayude a
aliviar la congestión.
7. Con el objetivo de incrementar el uso de la AP-41 y la R-5, contribuir a la
descongestión de la A-42 y a la reducción de emisiones contaminantes, así como al
aprovechamiento y eficacia de las infraestructuras existentes, se proponen una serie de
bonificaciones a los trayectos entre Illescas o Numancia de la Sagra y M-50 o M-40 que
comprenden a las dos autopistas citadas. Las bonificaciones son las siguientes y de
aplicación exclusiva a usuarios de Telepeaje:
I. Bonificación del 100 % en el viaje de vuelta de lunes a viernes para todos los
vehículos excepto autocares y microbuses.
– En el recorrido de ida sentido Madrid tiene que producirse la entrada en los peajes
de Carranque, Illescas o Numancia de la Sagra en el horario entre 6:00:00 horas
y 11:00:00 horas.
– Se aplicará solamente si se hace la vuelta por el mismo recorrido que se realizó la
ida y dentro del mismo día en el horario comprendido entre las 11:00:00 horas y
las 23:59:59 horas.
II. Bonificación del 100 % a partir del décimo viaje del mes para todos los vehículos
excepto autocares y microbuses.
– En los trayectos mencionados, ya sea ida (sentido Madrid) o vuelta (sentido
Toledo), será gratuito cualquier tránsito a partir del décimo viaje, del mismo trayecto,
pagado en el mes.

cve: BOE-A-2023-2208
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Núm. 23