III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2226)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para la promoción y el desarrollo de actividades relacionadas con la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11939

– Desarrollar actividades de formación del profesorado de enseñanzas no universitarias
en materia de EDS y ECM, reconocidos oficialmente por el MEFP a través de la unidad
ministerial correspondiente, y promovidos tanto por el MEFP como por el CENEAM.
– Incentivar la información y el intercambio de experiencias educativas.
– Intercambiar, desarrollar y difundir información, documentación y recursos en
materia de EAS, EDS y ECM, a través de los canales de comunicación disponibles por
ambas partes e incluso habilitando nuevos canales si fuera preciso.
– Fomentar el asesoramiento técnico y pedagógico mutuo en el ámbito competencial
de cada parte, en la realización de las actividades conjuntas.
– Planificar, gestionar y desarrollar de forma conjunta actuaciones en el marco de los
proyectos específicos que, en su caso, se diseñen conjuntamente.
– Impulsar y apoyar redes de coordinación, colaboración y aprendizaje horizontal en
el ámbito de la EDS y ECM.
Tercera.

Convenios específicos.

Ambas partes podrán suscribir convenios específicos, que deberán cumplir las
prescripciones y trámites establecidos en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, para el desarrollo de actividades relacionadas en la cláusula segunda
del presente convenio marco. Si en los mismos se establecieran compromisos
económicos u obligaciones financieras entre las partes, se atenderá a la normativa de
aplicación en su caso.
Cuarta.

Publicidad de las actuaciones.

Tanto el OAPN, a través del CENEAM, como el MEFP, se comprometen a incluir sus
logos respectivos en informaciones, convocatorias, publicaciones impresas y digitales de
las actuaciones conjuntas recogidas en este convenio.
Quinta.

Comisión de seguimiento.

Para velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente convenio y resolver
los problemas de interpretación y las incidencias que puedan plantearse en relación con
el mismo, se creará una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos (2)
representantes de cada una de las instituciones firmantes. La adopción de acuerdos
requerirá el consenso de ambas partes.
Por parte del MEFP actuarán como representantes:
– Titular de la Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación
Educativa, o persona en quien delegue.
– Funcionario/a de la Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación
Educativa.
Por parte del OAPN actuarán como representantes:

La comisión de seguimiento elegirá entre sus miembros un presidente y un
secretario, que ejercerán las funciones de representación, convocatoria y orden de las
reuniones y de impulso, acta y asistencia, respectivamente.
La comisión de seguimiento podrá reunirse cuantas veces considere necesario para
la buena marcha de las actuaciones desarrolladas en el marco de este convenio y podrá
contar con el apoyo puntual de personas expertas externas a la misma, con voz, pero sin
voto, en relación a actuaciones concretas previstas para el desarrollo del presente

cve: BOE-A-2023-2226
Verificable en https://www.boe.es

– Titular de la dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales, o persona en
quien delegue.
– Titular de la Dirección del Centro Nacional de Educación Ambiental (CENEAM).