II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-2179)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 11693
Curso selectivo
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación definitiva de aprobados y
tendrá una duración máxima de nueve meses.
El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y el
lugar de realización, e impartiéndose conforme a un programa previo cuya organización
y dirección corresponderá a un único director, designado a propuesta de la Dirección del
Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
En el curso se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y
práctica forense propias del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la
Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género
en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, el curso selectivo
incluirá un módulo sobre igualdad y otro sobre violencia de género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el director del curso
selectivo y de acuerdo con las puntuaciones asignadas por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso y demás circunstancias concurrentes en el
desarrollo del mismo que sean objeto de valoración.
El curso será calificado de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como
mínimo, cinco puntos para superarlo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
3.
Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso
selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor
puntuación en el cuarto ejercicio. Si continúa existiendo el empate se acudirá a la
puntuación del primer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en
cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio, quinto ejercicio y tercer
ejercicio sucesivamente.
ANEXO II
Temario
Derecho Civil
Tema 1. El concepto de Derecho. Derecho Natural y Derecho Positivo. Derecho
objetivo y Derecho subjetivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil:
concepto e instituciones que comprende. Los Derechos especiales.
Tema 2. Derecho Civil en España. Proceso Codificador. Código Civil: elaboración,
elementos que lo informan, estructura, contenido y crítica. Eficacia del Código Civil:
eficacia derogatoria y eficacia general supletoria. Principales modificaciones del texto del
Código Civil. Legislación Civil especial. Los Derechos Forales. Referencia histórica: las
Compilaciones.
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 11693
Curso selectivo
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación definitiva de aprobados y
tendrá una duración máxima de nueve meses.
El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y el
lugar de realización, e impartiéndose conforme a un programa previo cuya organización
y dirección corresponderá a un único director, designado a propuesta de la Dirección del
Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
En el curso se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y
práctica forense propias del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la
Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género
en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, el curso selectivo
incluirá un módulo sobre igualdad y otro sobre violencia de género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el director del curso
selectivo y de acuerdo con las puntuaciones asignadas por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso y demás circunstancias concurrentes en el
desarrollo del mismo que sean objeto de valoración.
El curso será calificado de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como
mínimo, cinco puntos para superarlo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
3.
Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso
selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor
puntuación en el cuarto ejercicio. Si continúa existiendo el empate se acudirá a la
puntuación del primer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en
cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio, quinto ejercicio y tercer
ejercicio sucesivamente.
ANEXO II
Temario
Derecho Civil
Tema 1. El concepto de Derecho. Derecho Natural y Derecho Positivo. Derecho
objetivo y Derecho subjetivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil:
concepto e instituciones que comprende. Los Derechos especiales.
Tema 2. Derecho Civil en España. Proceso Codificador. Código Civil: elaboración,
elementos que lo informan, estructura, contenido y crítica. Eficacia del Código Civil:
eficacia derogatoria y eficacia general supletoria. Principales modificaciones del texto del
Código Civil. Legislación Civil especial. Los Derechos Forales. Referencia histórica: las
Compilaciones.
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23