II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-2179)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11692
establece: dos temas de «Derecho Civil», un tema de «Derecho Procesal», un tema de
los que corresponden al temario de «Derecho Registral» y «Derecho Mercantil», y otro
que corresponda al temario de «Derecho Penal» y «Derecho Financiero y Tributario» del
programa que figura como anexo II a esta convocatoria.
El opositor, para poder ser valorado por el Tribunal, deberá exponer cada uno de los
temas al menos durante cinco minutos.
Segundo ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de cuatro
horas, un dictamen sobre un tema o supuesto propuesto por el Tribunal.
Tercer ejercicio: consistirá en realizar por escrito una traducción directa del idioma
elegido por el aspirante al castellano, sin diccionario, durante el tiempo máximo de una
hora, de un texto, principalmente con lenguaje técnico-jurídico, determinado por el
Tribunal; a continuación, cada opositor leerá el texto que ha sido objeto de traducción.
Los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba el inglés o el francés.
Cuarto ejercicio: consistirá en exponer oralmente, durante el tiempo máximo de una
hora, cinco temas sacados al azar, en el orden siguiente: dos de «Seguridad Social»,
uno de «Derecho Procesal Laboral», uno de «Derecho Constitucional y Administrativo» y
uno de «Derecho del Trabajo».
El opositor, para poder ser valorado por el Tribunal, deberá exponer cada uno de los
temas al menos durante cinco minutos.
Quinto ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de cuatro
horas, la cuestión contenciosa que proponga el Tribunal.
Para la realización del primer y cuarto ejercicios, los opositores dispondrán de un
período de quince minutos para su preparación, sin consulta alguna de textos y apuntes.
Durante la exposición oral de ambos ejercicios podrán utilizar el guion que, en su caso,
hayan realizado.
Las pruebas correspondientes al segundo y quinto ejercicio serán leídas
públicamente por los opositores ante el Tribunal, en llamamiento único. Asimismo,
durante el desarrollo de ambas pruebas, los opositores podrán consultar los textos
legales y jurisprudenciales que consideren pertinentes.
Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios primero, segundo, cuarto y quinto de la fase de oposición se calificarán
de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como mínimo, cinco puntos para
superar cada ejercicio.
El opositor que alcance el 70 por ciento de la puntuación máxima del primer ejercicio
y no apruebe la fase de oposición conservará dicha puntuación y estará exento de
realizar tal ejercicio durante el proceso selectivo inmediatamente siguiente.
Dicho opositor asimismo estará exento de realizar el segundo ejercicio en el proceso
selectivo inmediatamente siguiente si, además de lo señalado en el párrafo anterior,
alcanzase el 60 por ciento de la puntuación máxima de este ejercicio.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente
siempre y cuando fuese análoga en contenido y puntuación y el aspirante se presente
por el mismo sistema de acceso.
El tercer ejercicio se calificará de cero a cinco puntos siendo necesario para aprobar
obtener, como mínimo, dos puntos y medio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios.
A las personas que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad que superen algún ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la
calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha
nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del
temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota
sean idénticos.
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11692
establece: dos temas de «Derecho Civil», un tema de «Derecho Procesal», un tema de
los que corresponden al temario de «Derecho Registral» y «Derecho Mercantil», y otro
que corresponda al temario de «Derecho Penal» y «Derecho Financiero y Tributario» del
programa que figura como anexo II a esta convocatoria.
El opositor, para poder ser valorado por el Tribunal, deberá exponer cada uno de los
temas al menos durante cinco minutos.
Segundo ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de cuatro
horas, un dictamen sobre un tema o supuesto propuesto por el Tribunal.
Tercer ejercicio: consistirá en realizar por escrito una traducción directa del idioma
elegido por el aspirante al castellano, sin diccionario, durante el tiempo máximo de una
hora, de un texto, principalmente con lenguaje técnico-jurídico, determinado por el
Tribunal; a continuación, cada opositor leerá el texto que ha sido objeto de traducción.
Los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba el inglés o el francés.
Cuarto ejercicio: consistirá en exponer oralmente, durante el tiempo máximo de una
hora, cinco temas sacados al azar, en el orden siguiente: dos de «Seguridad Social»,
uno de «Derecho Procesal Laboral», uno de «Derecho Constitucional y Administrativo» y
uno de «Derecho del Trabajo».
El opositor, para poder ser valorado por el Tribunal, deberá exponer cada uno de los
temas al menos durante cinco minutos.
Quinto ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de cuatro
horas, la cuestión contenciosa que proponga el Tribunal.
Para la realización del primer y cuarto ejercicios, los opositores dispondrán de un
período de quince minutos para su preparación, sin consulta alguna de textos y apuntes.
Durante la exposición oral de ambos ejercicios podrán utilizar el guion que, en su caso,
hayan realizado.
Las pruebas correspondientes al segundo y quinto ejercicio serán leídas
públicamente por los opositores ante el Tribunal, en llamamiento único. Asimismo,
durante el desarrollo de ambas pruebas, los opositores podrán consultar los textos
legales y jurisprudenciales que consideren pertinentes.
Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios primero, segundo, cuarto y quinto de la fase de oposición se calificarán
de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como mínimo, cinco puntos para
superar cada ejercicio.
El opositor que alcance el 70 por ciento de la puntuación máxima del primer ejercicio
y no apruebe la fase de oposición conservará dicha puntuación y estará exento de
realizar tal ejercicio durante el proceso selectivo inmediatamente siguiente.
Dicho opositor asimismo estará exento de realizar el segundo ejercicio en el proceso
selectivo inmediatamente siguiente si, además de lo señalado en el párrafo anterior,
alcanzase el 60 por ciento de la puntuación máxima de este ejercicio.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente
siempre y cuando fuese análoga en contenido y puntuación y el aspirante se presente
por el mismo sistema de acceso.
El tercer ejercicio se calificará de cero a cinco puntos siendo necesario para aprobar
obtener, como mínimo, dos puntos y medio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios.
A las personas que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad que superen algún ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la
calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha
nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del
temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota
sean idénticos.
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23