II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-2179)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11691
deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s
permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el
tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internaciones presentarán los certificados y documentos previstos en la base
decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
6. Lista de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en
relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y
con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y
para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de
candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición,
ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios
aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo
Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social se pueda realizar con
esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles. Para poder iniciar el
procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la
Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público
en la página web de la Seguridad Social.
7.
Norma final
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del
día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 17 de enero de 2023.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
Fase de oposición
La fase de oposición constará de cinco ejercicios, dos orales de carácter teórico, dos
escritos de carácter práctico y una prueba de idioma, todos ellos de carácter eliminatorio.
En los ejercicios orales, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones
relacionadas con el contenido de la prueba realizada durante un período máximo de
quince minutos.
Primer ejercicio: consistirá en desarrollar oralmente, en el tiempo máximo de una
hora, cinco temas sacados al azar de las siguientes materias y en el orden que se
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11691
deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s
permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el
tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internaciones presentarán los certificados y documentos previstos en la base
decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
6. Lista de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en
relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y
con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y
para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de
candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición,
ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios
aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo
Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social se pueda realizar con
esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles. Para poder iniciar el
procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la
Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público
en la página web de la Seguridad Social.
7.
Norma final
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del
día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 17 de enero de 2023.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
Fase de oposición
La fase de oposición constará de cinco ejercicios, dos orales de carácter teórico, dos
escritos de carácter práctico y una prueba de idioma, todos ellos de carácter eliminatorio.
En los ejercicios orales, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones
relacionadas con el contenido de la prueba realizada durante un período máximo de
quince minutos.
Primer ejercicio: consistirá en desarrollar oralmente, en el tiempo máximo de una
hora, cinco temas sacados al azar de las siguientes materias y en el orden que se
cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23