III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-2140)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Bellota Herramientas, SLU, y Bellota Agrisolutions, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11101
6. Regularización de la bolsa de horas. Las horas de exceso o de defecto se
regularizarán en un plazo de doce meses desde la fecha de su realización o reducción.
Si las horas de defecto no se hubieran podido regularizar en los doce meses estipulados
estas serán abonadas en la siguiente nómina.
Las horas trabajadas o descansadas en la primera quincena del mes se
regularizarán antes del día 1 del duodécimo mes.
Las horas trabajadas o descansadas en la segunda quincena del mes se
regularizarán no más tarde del último día del doceavo mes.
La decisión sobre la modalidad de regularización a aplicar (horas o jornadas
completas) corresponde a la Dirección de la empresa y se comunicará personalmente a
las personas afectadas con 5 días naturales de antelación. Así mismo se informará
mensualmente a la Comisión de Seguimiento.
Cuando se pretenda disfrutar de forma consecutiva 40 horas o más, se tratará de
conciliar los intereses de las personas afectadas y los de la Dirección de la empresa.
Cuando las horas de exceso se hayan trabajado en jornadas completas, el disfrute
de las mismas se hará en jornadas no inferiores a 4 horas.
Las horas de exceso caducadas serán disfrutadas en un periodo máximo de seis
meses, a elección del/a trabajador/a. La empresa informará, a cada trabajador/a, de las
horas caducadas positivas.
7. Averías. En caso de producirse una avería que impida el normal desarrollo de las
actividades productivas en una máquina o instalación y cuya resolución se estime que
vaya a durar más de un turno, se dará ocupación al personal afectado, en otros puestos
de trabajo durante el tiempo que dure la reparación o hasta el final de su jornada laboral.
En caso de que se prevea que la avería va a persistir durante los turnos siguientes, se
podrá avisar a quienes componen dichos turnos con dos horas de antelación como
mínimo para que no se incorporen al trabajo. La recuperación de las horas no trabajadas
se realizará en los términos recogidos en el capítulo «Regularización de la bolsa de
horas»
Si no se les pudiera avisar en el plazo establecido y se les informará una vez que
estén en la empresa, la Dirección podrá darles ocupación hasta completar su jornada
laboral. Si esto no fuese posible se le abonará el equivalente a una hora sin prima.
8. Modalidad de pago. En el caso de la utilización de la bolsa de horas, el pago se
efectuará de la siguiente forma:
1. Las horas de defecto se abonarán como horas ordinarias.
2. Las horas de exceso se abonará la prima, y si son en sábado o fiesta
recuperable se abonará el plus definido en el artículo 21 del convenio de empresa.
9. Regularización de incapacidad transitoria. Con carácter general, las horas
correspondientes a cada día de I.T. serán las que correspondan al calendario en vigor.
A efectos de cómputo en la cuenta horaria individual se computarán el mismo
número de horas que el que se abone como I.T.
10. Licencias. Cuando alguien perteneciente a la plantilla tuviese que asistir a una
boda o bautizo o primera comunión de un hermano/a, hijo/a, nieto/a o sobrino/a o
también a una boda de padres y/o madres, y coincidiese dicha celebración con un día
que le correspondiese trabajar debido a la disponibilidad, disfrutará de un día de permiso
que será retribuido.
11. Comisión de Seguimiento de la bolsa de horas. Se constituye una Comisión de
Seguimiento de la bolsa de horas compuesta por una representación de cada una de las
partes firmantes del presente convenio.
Cuantas dudas y divergencias puedan surgir entre las partes respecto a
interpretación o aplicación de sus cláusulas, serán sometidas, prioritariamente, al
dictamen obligatorio de dicha Comisión antes de acudir a cualquier otro medio de que
puedan valerse las partes.
cve: BOE-A-2023-2140
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 22
Jueves 26 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11101
6. Regularización de la bolsa de horas. Las horas de exceso o de defecto se
regularizarán en un plazo de doce meses desde la fecha de su realización o reducción.
Si las horas de defecto no se hubieran podido regularizar en los doce meses estipulados
estas serán abonadas en la siguiente nómina.
Las horas trabajadas o descansadas en la primera quincena del mes se
regularizarán antes del día 1 del duodécimo mes.
Las horas trabajadas o descansadas en la segunda quincena del mes se
regularizarán no más tarde del último día del doceavo mes.
La decisión sobre la modalidad de regularización a aplicar (horas o jornadas
completas) corresponde a la Dirección de la empresa y se comunicará personalmente a
las personas afectadas con 5 días naturales de antelación. Así mismo se informará
mensualmente a la Comisión de Seguimiento.
Cuando se pretenda disfrutar de forma consecutiva 40 horas o más, se tratará de
conciliar los intereses de las personas afectadas y los de la Dirección de la empresa.
Cuando las horas de exceso se hayan trabajado en jornadas completas, el disfrute
de las mismas se hará en jornadas no inferiores a 4 horas.
Las horas de exceso caducadas serán disfrutadas en un periodo máximo de seis
meses, a elección del/a trabajador/a. La empresa informará, a cada trabajador/a, de las
horas caducadas positivas.
7. Averías. En caso de producirse una avería que impida el normal desarrollo de las
actividades productivas en una máquina o instalación y cuya resolución se estime que
vaya a durar más de un turno, se dará ocupación al personal afectado, en otros puestos
de trabajo durante el tiempo que dure la reparación o hasta el final de su jornada laboral.
En caso de que se prevea que la avería va a persistir durante los turnos siguientes, se
podrá avisar a quienes componen dichos turnos con dos horas de antelación como
mínimo para que no se incorporen al trabajo. La recuperación de las horas no trabajadas
se realizará en los términos recogidos en el capítulo «Regularización de la bolsa de
horas»
Si no se les pudiera avisar en el plazo establecido y se les informará una vez que
estén en la empresa, la Dirección podrá darles ocupación hasta completar su jornada
laboral. Si esto no fuese posible se le abonará el equivalente a una hora sin prima.
8. Modalidad de pago. En el caso de la utilización de la bolsa de horas, el pago se
efectuará de la siguiente forma:
1. Las horas de defecto se abonarán como horas ordinarias.
2. Las horas de exceso se abonará la prima, y si son en sábado o fiesta
recuperable se abonará el plus definido en el artículo 21 del convenio de empresa.
9. Regularización de incapacidad transitoria. Con carácter general, las horas
correspondientes a cada día de I.T. serán las que correspondan al calendario en vigor.
A efectos de cómputo en la cuenta horaria individual se computarán el mismo
número de horas que el que se abone como I.T.
10. Licencias. Cuando alguien perteneciente a la plantilla tuviese que asistir a una
boda o bautizo o primera comunión de un hermano/a, hijo/a, nieto/a o sobrino/a o
también a una boda de padres y/o madres, y coincidiese dicha celebración con un día
que le correspondiese trabajar debido a la disponibilidad, disfrutará de un día de permiso
que será retribuido.
11. Comisión de Seguimiento de la bolsa de horas. Se constituye una Comisión de
Seguimiento de la bolsa de horas compuesta por una representación de cada una de las
partes firmantes del presente convenio.
Cuantas dudas y divergencias puedan surgir entre las partes respecto a
interpretación o aplicación de sus cláusulas, serán sometidas, prioritariamente, al
dictamen obligatorio de dicha Comisión antes de acudir a cualquier otro medio de que
puedan valerse las partes.
cve: BOE-A-2023-2140
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 22