III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-2146)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de las empresas y personas trabajadoras de perfumería y afines.
81 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 26 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11264

Experiencia práctica: La habilidad sistemática que se requiere se puede obtener en
un período superior a 5 años.
Competencia directiva: Si se da en el puesto, es el primer grado de mando en una
Organización, a nivel de integración, coordinación y supervisión de tareas o actividades
homogéneas o heterogéneas.
Competencia en relaciones humanas: Exigencia a un primer nivel de capacidad en
las relaciones humanas para motivar a los colaboradores.
II. Cometido-iniciativa:
Suficiencia en actividades profesionales especializadas que lleva consigo la
comprensión de sus principios y prácticas.
Funciones que consisten en integrar, coordinar y supervisar la ejecución de tareas
heterogéneas con la responsabilidad de ordenar el trabajo de un conjunto de
colaboradores. Se incluye además la realización de tareas complejas, pero homogéneas
que, aun sin implicar mando, exige un alto contenido intelectual, así como aquéllas que
consisten en establecer o desarrollar programas o aplicar técnicas siguiendo
instrucciones generales.
III. Responsabilidad: La ejecución del trabajo está sujeta total o parcialmente a
planes y programas establecidos, prácticas y procedimientos basados en precedentes o
políticas claramente definidas.
Actividades tipo o principales:
Realización de funciones técnicas a nivel académico correspondiente, que consisten
en colaborar en trabajos de investigación, control de calidad, estudios, vigilancia o
control en procesos industriales, o en servicios profesionales o científicos de
asesoramiento.
Tareas de análisis en el campo informático.
Responsabilidad de ordenar y supervisar la ejecución de tareas de producción,
mantenimiento, servicios o administración, o del conjunto de todas ellas en una empresa
de dimensiones reducidas.
Responsabilidad sobre una unidad homogénea de carácter administrativo.
Supervisión de ventas de un grupo de vendedores/as o una zona geográfica.
Responsabilidad en auditoría interna, pudiendo coordinar las tareas de otros
trabajadores/as.
Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación
atribuidos a este grupo profesional.
Ejemplos/referencias: (Nota aclaratoria 4).
Analista informático, Jefe/a de Sección de algún Área de la empresa, Jefe/a Regional
de Ventas, Jefe/a de Producto, Responsable de Auditoría, Coordinador/a (VentasMarketing, entre otras actividades).
Grupo profesional 7: Nivel Técnicos-Jefaturas Departamentales

Competencia técnica:
Formación: Equivalente a titulación universitaria de grado, completada por un master,
y con una dilatada experiencia profesional.
Especialización: Altos conocimientos de un campo técnico, área o división funcional.
Experiencia práctica: La habilidad sistemática que se requiere se puede obtener en un
período superior a 6 años.

cve: BOE-A-2023-2146
Verificable en https://www.boe.es

I. Competencia: