III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-2146)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de las empresas y personas trabajadoras de perfumería y afines.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 26 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11259

Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación
atribuidos a este grupo profesional.
Ejemplos/referencias: (Nota aclaratoria 4).
Auxiliar en tareas básicas, Limpiador/a, Mozo, Peón, Reponedor/a, Promotor/a de
Ventas.
Grupo profesional 2: Nivel básico
I. Competencia:
Competencia técnica:
Formación: La formación básica exigible es la de haber superado la Educación
Secundaria Obligatoria o estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad
equivalente.
Especialización: Ninguna.
Experiencia práctica: La destreza y habilidad necesaria se alcanzan entre 2 y 6
meses.
Competencia directiva: No se necesita.
Competencia en Relaciones Humanas: No se necesita. Convivencia y trato normal
con los demás.
II. Cometido-iniciativa: Funciones que consisten en operaciones realizadas
siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, que normalmente exigen
conocimientos de carácter elemental, pudiendo implicar el uso de herramientas,
máquinas u otros medios sencillos generalizados y no complejos, así como de sistemas
de información siempre que el trabajador/a haya sido formado para su uso.
III. Responsabilidad: La ejecución del trabajo está sujeta a supervisión y
dependencia próxima y a rutinas e instrucciones estables y conocidas. Las
consecuencias de los errores no intencionados tienen poca influencia en los procesos y
son fácilmente detectables y subsanables.

Trabajos sencillos y rutinarios en tareas y servicios generales administrativos (v. gr.
correspondencia de entrada-salida e interior; clasificación, distribución y franqueo).
Trabajos de reprografía.
Funciones de recepción sin exigencia de cualificación especial o conocimiento de
idiomas.
Vigilancia de edificios y locales sin requisitos especiales ni armas.
Actividades de ayuda en procesos de elaboración de productos.
Tareas de ayuda a nivel de iniciación en los oficios clásicos (albañilería, pintura,
mecánica, electricidad, carpintería, etc.).
Tareas auxiliares de verificación y control de calidad.
Actividades que consistan en la correcta preparación de material de análisis y de las
muestras a analizar, conservación de medios analíticos y ayudas a tareas de análisis,
bajo control directo.
Actividades operatorias en acondicionamiento y/o envasado, con regulación, puesta
a punto, limpieza, etc., de máquinas tales como: Envolvedoras, empaquetadoras,
llenadoras, encajadoras, y otras máquinas auxiliares de la industria.
Preparado, mezclado, dosificado, filtrado, etc., en el proceso productivo, bajo
instrucciones detalladas y concretas.
Preparación de pedidos, entendiendo como tal, la función de retirada de productos
de estanterías, agrupándolos para, asimismo, embalarlos y colocar etiquetas,
previamente cumplimentadas, para envíos internos o a clientes.

cve: BOE-A-2023-2146
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Actividades tipo o principales: