III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-2145)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fertiberia, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 26 de enero de 2023
Artículo 10.

Sec. III. Pág. 11165

Ingreso de personal y cobertura de vacantes.

La admisión de personal en la Empresa se efectuará con sujeción a las disposiciones
legales generales sobre contratación y empleo, vigentes en cada momento.
La Dirección de la Empresa determinará las pruebas de acceso y la documentación
requerida para el ingreso, informando a la RLPT y a la RS sobre el puesto o los puestos
a cubrir, las condiciones que deben reunir las personas aspirantes y las características
de las pruebas de selección. Tanto la Dirección de la Empresa como la RLPT y la RS
velarán por su aplicación objetiva y por el exacto cumplimiento de la legalidad en el
ingreso de personal, incluida la contratación, pudiendo estar presentes dos miembros de
la RLPT y RS del Centro durante la realización de las pruebas teórico/prácticas de índole
profesional a que puedan ser sometidas las personas candidatas.
Se exceptúan de estos regímenes los ingresos para puestos incluidos en el Sistema
DT.
En todo caso, se mantendrá una especial atención por la no discriminación en
general y en particular de la mujer en el ingreso en la plantilla, todo ello en relación con
lo establecido en el art. 17 de este Convenio y el Plan de Igualdad de la Empresa.
1.

Cobertura de vacantes definitivas:

a)

Período de prueba:

El ingreso del personal con carácter indefinido se entenderá a título de prueba, si así
consta por escrito en el contrato. Dicho período será variable, según el grupo profesional
contratado, que en ningún caso podrá exceder del tiempo fijado en la siguiente escala:
– Grupos Profesionales de Personal Técnico Superior y de Técnico Medio, seis
meses.
– Grupos Profesionales que engloben al siguiente Personal: Técnico no Titulado,
Administrativo, Obrero y Subalterno, un mes.
No se fijará periodo de prueba cuando se contrate indefinidamente a personal
procedente de la bolsa de trabajo o contratado eventualmente por Fertiberia, que en uno
o varios contratos, haya acumulado un tiempo superior al establecido como periodo de
prueba.
b) Vacantes internas y ascensos:

A) Convocatoria: En ella se fijarán las condiciones exigidas para tener acceso al
concurso, las bases del mismo, el ámbito de reclutamiento y el temario de conocimientos
sobre el que se realizarán las pruebas.

cve: BOE-A-2023-2145
Verificable en https://www.boe.es

Las coberturas de vacantes o ascensos a puestos de trabajo de las categorías
comprendidas en los niveles 9 al 12 de la Parrilla de Niveles, excepto los de Ayudante
Técnico/a y Delineante Proyectista, serán de libre designación por parte de la Empresa.
Para las coberturas de vacantes o ascensos a puestos de trabajo de las categorías
comprendidas en los niveles 1 al 8 de la Parrilla de Niveles, y los de Ayudante Técnico/a
y Delineante Proyectista, regirá el Sistema de Concurso conforme al procedimiento que
más adelante se regula.
Cuando a un concurso se presente una sola candidatura, no se realizarán las
pruebas si esta, a juicio de todas las partes, Dirección y RS, reúne el grado de idoneidad
requerido.
Procedimiento para el Sistema de Concurso: