I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Calidad del aire. Garantías financieras. Residuos. (BOE-A-2023-2026)
Real Decreto 34/2023, de 24 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire; el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 10333

13. Hidrocarburos aromáticos policíclicos: compuestos orgánicos formados
por al menos dos anillos condensados aromáticos constituidos en su totalidad por
carbono e hidrógeno.
14. Indicador medio de exposición: nivel medio, determinado a partir de las
mediciones efectuadas en ubicaciones de fondo urbano de todo el territorio
nacional, que refleja la exposición de la población; se emplea para calcular el
objetivo nacional de reducción de la exposición y la obligación en materia de
concentración de la exposición.
15. Margen de tolerancia: porcentaje del valor límite o cantidad en que éste
puede sobrepasarse con arreglo a las condiciones establecidas.
16. Mediciones fijas: las mediciones de contaminantes realizadas en lugares
fijos, ya sea de forma continua o aleatoria, siendo el número de mediciones
suficiente para determinar los niveles observados de conformidad con los objetivos
de calidad de los datos.
17. Mediciones indicativas: mediciones cuyos objetivos de calidad de los
datos en cuanto a cobertura temporal mínima son menos estrictos que los exigidos
para las mediciones fijas.
18. Mejores técnicas disponibles: las descritas en el artículo 3.12 del texto
refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
19. Mercurio gaseoso total: el vapor de mercurio elemental, Hg0, y el
mercurio gaseoso reactivo o divalente, Hg2+, es decir, las especies de mercurio
solubles en agua con una presión de vapor suficientemente elevada para existir en
fase gaseosa.
20. Nivel: la concentración de un contaminante en el aire ambiente o su
depósito en superficies en un momento determinado.
21. Nivel crítico: nivel fijado con arreglo a conocimientos científicos por
encima del cual pueden producirse efectos nocivos para algunos receptores como
las plantas, árboles o ecosistemas naturales, pero no para las personas.
22. Objetivo a largo plazo: nivel de un contaminante que debe alcanzarse a
largo plazo, salvo cuando ello no sea posible con el uso de medidas
proporcionadas, con el objetivo de proteger eficazmente la salud humana, el
medio ambiente en su conjunto y demás bienes de cualquier naturaleza.
23. Objetivo de calidad del aire: nivel de cada contaminante, aisladamente o
asociado con otros, cuyo establecimiento conlleva obligaciones conforme las
condiciones que se determinen para cada uno de ellos.
24. Objetivo nacional de reducción de la exposición: porcentaje de reducción
del indicador medio de exposición de la población nacional establecido para el año
de referencia con el fin de reducir los efectos nocivos para la salud humana, que
debe alcanzarse, en la medida de lo posible, en un período determinado.
25. Obligación en materia de concentración de la exposición: nivel fijado
sobre la base del indicador medio de exposición, con el fin de reducir los efectos
nocivos para la salud humana que debe alcanzarse en un período determinado.
26. Óxidos de nitrógeno: la suma, en partes por mil millones en volumen de
monóxido de nitrógeno y dióxido de nitrógeno, expresada como concentración
másica de dióxido de nitrógeno en microgramos por metro cúbico, µg/m3.
27. Planes de calidad del aire: planes que contienen medidas para mejorar la
calidad del aire de forma que los niveles de los contaminantes estén por debajo de
los valores límite o de los valores objetivo.
28. PM10: partículas que pasan a través del cabezal de tamaño selectivo,
definido en el método de referencia para el muestreo y la medición de PM10 de la
norma UNE-EN 12341 (Aire ambiente. Método de medición gravimétrico
normalizado para la determinación de la concentración másica PM10 o PM2,5 de
la materia particulada en suspensión), para un diámetro aerodinámico de 10 µm
con una eficiencia de corte del 50 %.

cve: BOE-A-2023-2026
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Núm. 21